Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 1999 (09/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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Cuadro N° 4 Costo Total Anual Ano 1999
Concepto Limpieza Publica Parques y Jardines Publicos Serenazgo Costo Total Monto 2,670,605.52 707,685.28 727,804.44 4,106,095.24

Que, mediante la presente ordenanza se sistematiza y uniforma el regimen tributario aplicable a los Arbitrios de Limpieza Publica, MORDAZA, y Jardines Publicos y Serenazgo; a fin de facilitar su administracion, garantizando su equitativa distribucion entre los contribuyentes; Estando a lo dispuesto por el Articulo 109º y numeral 4) del Articulo 134º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades se ha dado la siguiente: ORDENANZA: REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES AMBITO DE APLICACION Articulo 1º.- En uso de la potestad tributaria municipal prevista en la Constitucion Politica del Peru y leyes complementarias, por la presente ordenanza se regulan en el distrito de Chorrillos los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo. RENDIMIENTO DE LOS ARBITRIOS Articulo 2º.- El importe recaudado por concepto de los arbitrios regulados en la presente ordenanza constituye renta de la Municipalidad Distrital de Chorrillos. El rendimiento de los mencionados arbitrios sera destinado unica y exclusivamente a financiar el costo de los servicios. PERIODICIDAD Y DETERMINACION Articulo 3º.- Los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo son de periodicidad mensual. La Municipalidad Distrital de Chorrillos determinara y recaudara dichos arbitrios por periodos trimestrales. VENCIMIENTO DE LA OBLIGACION Articulo 4º.- La obligacion de pago de las cuotas trimestrales vence el ultimo dia habil de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre. Podra optarse por la cancelacion de todas las cuotas dentro del plazo de vencimiento de la primera, en cuyo caso la Municipalidad de Chorrillos concedera un descuento equivalente al 15% del monto total a pagar por todo el ano. CONTRIBUYENTES Articulo 5º.- Son contribuyentes de los arbitrios regulados por la presente ordenanza los propietarios de los predios cuando lo habitan, desarrollan actividades en ellos, se encuentren desocupados o cuando un tercero use el predio bajo cualquier titulo. Excepcionalmente cuando no sea posible identificar al propietario, adquirira la calidad de contribuyente el poseedor del predio. DEFINICION DEL PREDIO Articulo 6º.- Entiendase por predio, para efectos de la amplicacion de la presente ordenanza, a toda vivienda o unidad habitacional, local, oficina o terreno. INAFECTACIONES Articulo 7º.- Se encuentra inafectos a los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, los predios de propiedad:

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MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo
ORDENANZA Nº 09-99-MDCH Chorrillos, 29 de marzo de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chorrillos, en sesion ordinaria de fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en los Gobiernos Locales el Concejo Municipal cumple con la funcion normativa, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion; Que, de conformidad con el Articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776 Ley de Tributacion Municipal modificado y MORDAZA por la Ley de Nº 26725, las tasas por servicios publicos se calculan dentro del primer trimestre de cada ejercicio y se aprueban con ordenanza en un plazo MORDAZA al 30 de abril. El calculo del monto a pagar se efectuara en funcion al costo efectivo del servicio segun el numero de contribuyentes beneficiados asi como a los criterios que justifiquen incrementos de ser el caso; Que, el costo de los servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, asi como Serenazgo, asciende a los montos que se determina a continuacion: SERVICIO Limpieza Publica Parques y Jardines Serenazgo COSTO S/. MENSUAL ANUAL 265,755.48 124,354.90 148.384.04 3.189,065.78 1.492,258.80 1.780,608.48

Que, los valores indicados en el parrafo anterior, corresponde a costos por concepto de remuneraciones y bonificaciones del personal que intervienen en la prestacion de los mencionados servicios, combustibles, utiles de oficina, uniformes, gastos de mantenimiento, reparacion repuestos y accesorios de las maquinarias a emplear, reposicion de equipos y otros gastos generales vinculados con el servicio;

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