Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (09/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 171873 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de abril de 1999 Registro Oficial de Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 4573 Autorizan la apertura de agencias de EDPYME en las localidades de Ilo y Moquegua RESOLUCION SBS Nº 0219-99 Lima, 22 de marzo de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME CREDI- TOS DE ALCANCE REGIONAL TACNA S.A. para que se le autorice la apertura de sus agencias situadas en las localidades de Ilo y Moquegua, departamento de Moque- gua; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicitada; De acuerdo con lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "E" mediante el Informe Nº ASIF"E"-016-OT/99; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten- dencia de Banca y Seguros -, y de acuerdo con la Circular SBS Nº EDPYME-013-97, y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la EDPYME CREDI- TOS DE ALCANCE REGIONAL TACNA S.A. la apertu- ra de sus agencias Ilo y Moquegua, ubicadas en: . Agencia Ilo Jirón Moquegua Nº 559-B, distrito de Ilo, provincia de Ilo, departamento de Moquegua . Agencia Moquegua Calle Callao Nº 320-A, distrito de Moquegua, provin- cia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 4578 Autorizan a empresa bancaria la conversión de agencia en oficina es- pecial RESOLUCION SBS Nº 0231-99 Lima, 29 de marzo de 1999EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio para que se le autorice la conversión de la agencia ubicada en el Jr. Chalana Nº 152, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, a la categoría de oficina especial; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la conversión solicitada; Estando a lo informado por el Intendente de Análisis y Supervisión de Intermediarios Financieros "C" me- diante Informe Nº ASIF "C" 066-OT/99; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco de Comercio la conversión de la agencia ubicada en la Municipalidad de La Molina sito en el Jr. Chalana Nº 152, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, a la catego- ría de oficina especial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 4553 Autorizan a entidad bancaria el cierre de agencias y oficinas especiales ubi- cadas en las provincias del Callao, Chincha, Huaral y Lima RESOLUCION SBS Nº 0232-99 Lima, 29 de marzo de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio, para que se le autorice el cierre de cinco (5) agencias y dos (2) oficinas especiales, cuyas ubicaciones se detallan en el anexo que forma parte de la presente resolución; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifican el cierre de las agencias y oficinas especiales solicitado; Estando a lo informado por el Intendente de Análisis y Supervisión de Intermediarios Financieros "C" me- diante Informe Nº ASIF "C" 065-OT/99; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98;