Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 1999 (09/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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ocho (8) cuotas sin cuota inicial y cuyos vencimientos seran los ultimos dias habiles de cada mes. Articulo Sexto.- Se condonara el pago de las sanciones administrativas impuestas a los conductores de los establecimientos que hayan sido multados por funcionar sin autorizacion que soliciten acogerse a la presente ordenanza. Articulo Setimo.- No se aceptaran solicitudes presentadas por tramitadores que no acrediten mediante poder su representatividad. Articulo Octavo.- Durante la vigencia de la presente ordenanza se suspenderan los procedimientos de ejecucion coactiva, para lo cual, el interesado debera remitir un escrito al Ejecutor Coactivo adjuntando MORDAZA simple del cargo de la solicitud - Declaracion Jurada, quien suspendera el procedimiento coactivo durante el tiempo que dure el tramite senalado en el Articulo Tercero. Articulo Noveno.- Encarguese a la Direccion de Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. DISPOSICION TRANSITORIA Primera.- FACULTESE al despacho de Alcaldia para dictar las disposiciones para la ejecucion de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4620

primera cuota del impuesto predial, asi como el pago del primer trimestre de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo hasta el 16 de MORDAZA de 1999. Articulo Segundo.- Precisese que el plazo contenido en el articulo anterior es INAPLAZABLE y, en tal sentido, autoricese a la Oficina de Rentas y a la Ejecutoria Coactiva al inicio de las acciones que correspondan conforme a sus competencias, contenidas en el Codigo Tributario y en la Ley de Procedimientos de Ejecucion Coactiva. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 4579

Aprueban exoneracion de concurso publico para la contratacion de servicios de limpieza publica
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 620-99 San MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1999 LA ALCALDIA Visto el informe de la Comision Especial encargada de la conduccion de los Concursos Publicos Nºs. 001-99CE/MDSM y 002-99-CE/MDSM, designados por Resolucion de Alcaldia Nº 111-99-AL/SM del 14 de enero de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al informe de vistos, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 128-99-AL/SM se aprobaron las bases correspondientes al Concurso Publico Nº 001-99-CE/MDSM, para la contratacion de servicios de Limpieza Publica, Barrido de Calles, Veredas, Bermas, Parques y Plazuelas del distrito de San MORDAZA, como Item Nº 01, y de Limpieza Publica para la recoleccion de residuos solidos del distrito, como Item Nº 02; Que, en ese sentido, el Comite Especial convoco al Concurso Publico aludido, llevandose a cabo los dias 19 y 22 de febrero de 1999, la cual se practico en presencia de los miembros del Comite Especial, el Jefe de la Auditoria Interna y el Notario Publico, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acordandose, en relacion al Item Nº 02, por unanimidad, declarar desierto dicho item por haberse presentado unicamente una propuesta, como puede apreciarse del texto del acta obrante a fs. 71 y 77 del Libro de Actas correspondiente, en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 32º de la Ley Nº 26850; Que, por estas consideraciones, el Comite Especial procedio a realizar una MORDAZA Convocatoria para Concurso Publico respecto al Item Nº 02, la misma que se llevo a cabo los dias 29 y 31 de marzo de 1999, en presencia de los miembros del Comite Especial, el Jefe de la Auditoria Interna y el Notario Publico, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acordandose, por unanimidad, declarar desierto dicho item por haber quedado valida unicamente una propuesta, al haberse descalificado la MORDAZA propuesta por no haber presentado la carta fianza que exige la ley como garantia de seriedad de oferta, en aplicacion de lo dispuesto en los Articulos 32º y 40º de la Ley Nº 26850, como puede apreciarse del

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Amplian plazo para la MORDAZA de declaracion jurada y pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-99 San MORDAZA, 31 de marzo de 1999 LA ALCALDIA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 06-99 del 28 de febrero de 1999, se establecio la prorroga de la MORDAZA de la declaracion jurada y el pago anual al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial hasta el 31 de marzo de 1999, atendiendo a lo dispuesto en los Articulos 14º y 15º del Decreto Legislativo Nº 776; Que, atendiendo a la masiva concurrencia de la poblacion sanmiguelina en el cumplimiento de sus obligaciones, conviene brindar facilidades proporcionadas, otorgando un ultimo e indefectible plazo para el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales, debiendo disponerse la prorroga de los terminos contenidos en el Decreto de Alcaldia aludido, asi como en el Articulo 2º del Edicto Nº 02-94 modificado por la Ordenanza Nº 0199 y el Articulo 3º del Edicto Nº 01-96, modificado por la Ordenanza Nº 02-99; Por lo expuesto, estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Prorroguese la MORDAZA de la declaracion jurada y el pago anual al contado o de la

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