Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 1999 (29/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
ANEXO Nº 1 RESOLUCION SBS Nº 0274-99

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 1999

BIENES INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (ARTICULO 215º DE LA LEY Nº 26702 - LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS)
MORDAZA DE BIEN Inmueble DESCRIPCION / UBICACION Jr. Huancavelica Nº 1759, distrito, provincia y departamento de MORDAZA Procesadora de carne FECHA DE AJUDICACION Y/O RECUPERACION 21 de MORDAZA de 1998 VALOR EN LIBROS (En Nuevos Soles) 1 189 893.81 PRORROGA DE TENENCIA 21 de octubre de 1999

Maquinaria

12 de MORDAZA de 1998

329 541.63

12 de noviembre de 1999

5494

Autorizan a Inversiones Peruanas S.A. Amplian plazo a fin que MORDAZA municiadquirir acciones del capital social de pal de credito popular proceda a enacompania de seguros jenar bienes adjudicados en pago de deudas RESOLUCION SBS Nº 0275-99
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por MAPFRE MORDAZA S.A., empresa constituida y existente bajo las leyes de Espana, para que se le autorice la transferencia de un numero de acciones superior al diez por ciento del capital social de MAPFRE PERU MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS en favor de INVERSIONES PERUANAS S.A.; CONSIDERANDO: Que, MAPFRE MORDAZA S.A. pretende transferir mas del diez por ciento de las acciones de que es titular en MAPFRE PERU MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS; Que, el Articulo 57º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, dispone que la transferencia de las acciones de una empresa de los sistemas financiero o de seguros, por encima del diez por ciento de su capital social, en favor de una sola persona, directamente o por conducto de terceros, requiere la previa autorizacion de esta Superintendencia; Que, la adquiriente INVERSIONES PERUANAS S.A., sus accionistas, directores y funcionarios no se encuentran comprendidos en los impedimentos ni limitaciones senaladas en el Articulo 58º de la precitada Ley General; Estando a lo informado por la Intendencia de Seguros "B" de la Superintendencia Adjunta de Seguros, mediante Informe Nº 015-99-ISB y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 285-99-LEG; y, En uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a INVERSIONES PERUANAS S.A. a adquirir acciones hasta por un total de 51,3442% del capital social de MAPFRE PERU MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 5573 RESOLUCION SBS Nº 0276-99 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTAS: La comunicacion e informacion presentada por la MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA, mediante la cual solicita prorroga para realizar la venta de bienes adjudicados en pago de obligaciones de sus deudores; y, CONSIDERANDO: Que el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, dispone que los bienes muebles o inmuebles, recibidos o adjudicados en pago total o parcial, de una deuda deben ser enajenados en el plazo de un ano o durante la prorroga que el permite; Que en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, la empresa debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Contando con la opinion favorable del Intendente de Instituciones Financieras "F" mediante el Informe ASIF "F" Nº 074-99/OT y de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por seis meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, para que la MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA proceda con la enajenacion de los bienes adjudicados senalados en el Anexo Nº 01, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga otorgado a la MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA sin que se MORDAZA efectuado su enajenacion, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General y la Circular Nº B-2017 (CM-207-98) del 98/9/23, debiendo constituirse

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