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Pág. 176945 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de agosto de 1999 pesquera de bandera nacional que se indica a continua- ción, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado: CAMBIO DE NOMBRE NUEVO TITULAR NOMBRE DE LA CAPACIDAD NUMERO DE DE TITULAR ANTERIOR EMBARCACION DE BODEGA MATRICULA Nº de R.D. Fecha (M3) 204-98-PE/DNE 1.7.98 PESQUERA SAN SAN TELMO 4 248.15 SE-4673-PM LORENZO S.A.C. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del per- miso de pesca que fue otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 204-98-PE/DNE y a la empresa PESQUE- RA CABO PEÑAS S.R.Ltda., para operar la embarca- ción pesquera denominada "SAN TELMO 4" con matrí- cula Nº SE-4673-PM. Artículo 3º.- Incorporar a la empresa PESQUERA SAN LORENZO S.A.C. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera "SAN TELMO 4" así como la presente resolución, al literal A) del Anexo I y Anexo III de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 500-98-PE y 501-98-PE, respectivamente, retirando a la empresa PESQUERA CABO PEÑAS S.R.Ltda. y Resolución Directoral Nº 204-98-PE/DNE, consignadas en dichos anexos. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción (e) 10584 RELACIONES EXTERIORES Designan representantes del Ministe- rio para continuar consultas bilatera- les con funcionarios de la Cancillería chilena RESOLUCION SUPREMA Nº 359-99-RE Lima, 14 de agosto de 1999 Estando previsto seguir con las consultas bilaterales con funcionarios de la Cancillería chilena, en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 15 al 16 de agosto de 1999; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 1968, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exterio- res, de 6 de agosto de 1999; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciem- bre de 1992; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163- 81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Designar a los representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, que continuarán con las consul- tas bilaterales con funcionarios de la Cancillería chilena, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 15 al 16 de agosto de 1999:- Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, don Carlos Pareja Ríos, Director de Planeamiento y Evaluación de Programas, quien la presidirá; - Doctor Fabián Novak Talavera, Asesor de la Alta Dirección; y, - Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, don Manuel de Cossío Kluver, Jefe del Depar- tamento de Chile de la Subdirección para Asuntos de Mercosur. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, por concepto de pasajes US$ 1,324.86, viáticos US$ 1,800.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 75.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exonera- ción o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 10671 Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos del Ministe- rio de Relaciones Exteriores DECRETO SUPREMO Nº 045-99-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, los Artículos 20º, 21º y 22º del Decreto Legislativo Nº 757, "Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Priva- da", establecen que las entidades públicas del Gobierno Central, están obligadas a aprobar normas legales destina- das a unificar, reducir y simplificar todos los procedimientos y trámites administrativos que se siguen ante la respectiva entidad, para lo cual deberán aprobar a través de Decreto Supremo, su correspondiente Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos (TUPA); Que, mediante Decreto Supremo Nº 037-98-PCM, se consideró necesario simplificar los procedimientos admi- nistrativos a cargo de los Ministerios, Instituciones, Organismos Públicos y Entidades de la Administración Pública dependientes del Gobierno Central; Que, en el marco del referido proceso de simplifica- ción y en concordancia con los lineamientos expuestos por el programa de Modernización de la Administración Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha procedido a la elaboración de su Texto Unico Ordenado de Procedi- mientos Administrativos - TUPA; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos - TUPA del Ministerio de Relaciones Exteriores que en anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores