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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 1999 (21/08/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 177104 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de agosto de 1999 Etapa, ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Declárese cumplidas las Obras de Habilitación Urbana del terreno referido en el artículo precedente, de acuerdo al Plano signado con el Nº 001-99- DCUC-DDU/MDSJL. Artículo Tercero.- Del área bruta total de 1'171,663.42 m2 (un millón ciento setentiún mil seiscien- tos sesentitrés con 42/100 metros cuadrados) corresponde área neta sujeta a aportes de 1'106,403.12 m2 (un millón ciento seis mil cuatrocientos tres con 12/100 metros cua- drados), cuya distribución se muestra en el Plano Nº 001- 99-DCUC-DDU/MDSJL. Cumpliendo la Asociación Pro Vivienda San Hilarión con los aportes reglamentarios de acuerdo al Reglamento Nacional de Construcciones. Artículo Cuarto.- Autorízase la libre venta de lotes de la presente Habilitación Urbana recepcionada, de conformidad con el Plano Nº 001-99-DCUC-DDU/MDSJL. Artículo Quinto.- Encargar a las Direcciones de Administración y de Rentas para la cobranza y recauda- ción de S/. 13,856.40 (Trece mil ochocientos cincuentiséis con 40/100 Nuevos Soles) por la compensación en dinero del Area Objeto de Regularización de la Asociación Pro Vivienda San Hilarión, de acuerdo al convenio de fraccio- namiento de pagos suscrito con la Municipalidad de San Juan de Lurigancho. Artículo Sexto.- Dispóngase que la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano estará a cargo de la presente interesada. Artículo Sétimo.- Transcríbase esta Resolución a la Oficina Nacional de los Registros Públicos para su corres- pondiente inscripción y a la Municipalidad Metropolitana de Lima de acuerdo a Ley Nº 27135 para su incorporación de la Habilitación recepcionada al casco urbano del distri- to de San Juan de Lurigancho. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde 10747 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Disponen reducción de monto de arbi- trios de limpieza pública, parques y jardines por pago al contado ORDENANZA Nº 035-MDSL San Luis, 19 de agosto de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San Luis en Sesión Ordinaria de fecha 18 de agosto de 1999, aprobó por unanimidad el Dictamen Nº 091-99-CEPAL/CDSL pre- sentado por la Comisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales que establece el 20% de descuento para las personas que cumplan con el pago total por concepto de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 001-98-MDSL se fijaron las Tasas aplicables por concepto de los Arbitrios Muni- cipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines, esta- bleciéndose mediante Ordenanza Nº 031-MDSL, que de- bían reajustarse con el IPC acumulado correspondiente al ejercicio Fiscal 1998; Que, hay contribuyentes que han manifestado su vo- luntad de pago al contado del ejercicio Fiscal 1999 comple- to, si se les concediera un descuento sobre el monto total girado y notificado;Que, es política de la actual administración brindar las mayores facilidades a sus contribuyentes para el mejor cumplimiento de sus obligaciones Tributarias y no Tributarias; En uso de las facultades que confiere al Concejo la Ley Orgánica de Municipalidades y el Decreto Legislativo Nº 816 Código Tributario, se expidió la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Las personas naturales o jurídi- cas que cumplan con el pago total de todos los trimestres pendientes de cancelación hasta el 31 de agosto de 1999, por concepto de los Arbitrios de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines del ejercicio Fiscal 1999, obtendrán un descuento especial del veinte por ciento (20%). Artículo Segundo.- ENCARGUESE a la Oficina de Rentas y a la Administración el cumplimiento de la presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 10745 Modifican ordenanza que estableció tasa de licencia de funcionamiento en el distrito ORDENANZA Nº 036-MDSL San Luis, 19 de agosto de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San Luis en Sesión Ordinaria de fecha 18 de agosto de 1999, aprobó por mayoría el Dictamen Nº 092-99-CEPAL/CDSL presenta- do por la Comisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales sobre la modificación de la Ordenanza Nº 010-99- MDSL que establece la Tasa de Licencia de Funciona- miento en la jurisdicción del distrito de San Luis. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 010-99-MDSL se esta- bleció el Tributo denominado Tasa de Licencia de Funcio- namiento en la jurisdicción distrital de San Luis, esti- mándose necesario introducir modificaciones en su texto; En uso de las facultades que confiere al Concejo la Ley Orgánica de Municipalidades, el Decreto Legislativo Nº 776 denominado Ley de Tributación Municipal y el Decre- to Legislativo Nº 816 Código Tributario, se expidió la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- MODIFIQUESE el Artículo pri- mero de la Ordenanza Nº 010-99-MDSL, el mismo que quedará como sigue: Artículo Primero: ALCANCE "La Tasa de Licencia de Funcionamiento es el Tributo que debe pagar todo contribuyente por operar estableci- mientos industriales, comerciales y/o de servicios" Artículo Segundo.- DEROGUESE el inciso a) del Artículo Undécimo de la Ordenanza Nº 010-99-MDSL. Artículo Tercero.- ENCARGUESE a la Oficina de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 10746