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Pág. 180943 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de diciembre de 1999 Que, en el Informe Nº 827-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del Reglamento y lo señalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC; recomen- dándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Renovar a la empresa de transportes ROGGE- RO TOURS S.A., la concesión de ruta: LIMA - MARCONA y viceversa, para la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omni- bus, por el período de diez (10) años, contados a partir del 12 de octubre de 1999, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :LIMA - MARCONA y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :MARCONA ITINERARIO :CHINCHA - ICA FRECUENCIA :Dos diarias FLOTA VEHICULAR :Cuatro ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos ómnibus: UI-6028 (1981) y UI-6202 (1982) FLOTA DE RESERVA :Dos ómnibus: UI-4604 (1980) y UI-6217 (1981) HORARIOS :Salidas de Lima: A las 09.00 a.m. y 10.00 p.m. Salidas de Marcona: A las 09.00 a.m. y 10.00 p.m. La Tarjeta de Circulación Vehicular será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigen- tes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terres- tre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, si- guientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 15049 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen que Juzgado Mixto Transito- rio del distrito de Ventanilla asuma tur- no permanente para la recepción de demandas y denuncias CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 134-99-P-CSJCL/PJ Callao, 30 de noviembre de 1999LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTA: La Resolución Administrativa Nº 1000-CME-PJ, expe- dida por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, su fecha 15 de octubre del año en curso. CONSIDERANDO: Que, el Artículo Segundo de la Resolución de vista crea un Juzgado Mixto Transitorio en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; Que, asimismo según el Artículo Tercero de la indica- da Resolución se faculta a esta Presidencia para la adop- ción de acciones jurisdiccionales y administrativas que sean necesarias para su cumplimiento; Que, el Juzgado Mixto existente en Ventanilla tiene a su cargo una elevada carga procesal, por lo que es pertinen- te adoptar las medidas del caso, a efectos de brindar un mejor servicio de justicia en dicha localidad; Por cuyos considerandos, en uso de las facultades conferidas a los Presidentes de Corte, en los incisos 1º y 3º del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en la Resolución Administrativa Nº 074-CME-PJ expedida por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, con fecha 1 de abril de 1996, así como en el Artículo Tercero de la Resolución de la Vista; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que a partir del 3 de diciembre del año en curso y hasta que se dicte disposición en contrario, ingrese de turno permanente para la recep- ción de demandas y denuncias en el distrito de Ventanilla, el Juzgado Mixto Transitorio. Artículo Segundo.- Póngase la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judi- cial, de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura; del encargado de la Gestión de Gobierno del Ministerio Público del Callao; de la Gerencia General; del Jefe de la Policía Provincial del Callao; de los señores Magistrados del distrito de Venta- nilla; de la Oficina de Administración Distrital. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANA MARIA BROMLEY GUERRA Presidenta Corte Superior de Justicia del Callao 15127 CONTRALORIA GENERAL Autorizan viaje de funcionario de la Contraloría General a Ecuador, en co- misión de servicios RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 150-99-CG Lima, 1 de diciembre de 1999 Vistos; la Hoja Informativa Nº 042-99-CG/DECI-CIN de la Unidad de Cooperación Internacional; el Memorán- dum Nº 284-99-CG/IIN de la Unidad de Imagen Institucio- nal; y el Memorándum Nº 546-99-CG/ADF de la Unidad de Administración y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General del Estado del Ecuador ha invitado a la Contraloría General de la República del Perú y Presidencia de la Organización Latinoamericana y del