Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 1999 (04/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 4 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Que, el monto referencial del servicio de seguridad privada para la Gerencia Departamental MORDAZA asciende aproximadamente a S/. 1´938,600, monto que amerita la realizacion de un concurso publico en el MORDAZA de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que, a la fecha subsiste la necesidad de contar con el servicio de seguridad privada en la Gerencia Departamental MORDAZA y dado el tiempo que demanda la organizacion y desarrollo del MORDAZA de seleccion de concurso publico, es necesario garantizar la contratacion de este servicio por el periodo comprendido desde el 25 de noviembre de 1999 hasta el 28 de enero del 2000, de lo contrario el servicio de seguridad privada se veria interrumpido; Que, el inciso c) Articulo 19º de la Ley Nº 26850, establece que estan exoneradas de Licitacion Publica y Concurso Publico, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situaciones de urgencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 21º de la misma Ley, se considera situacion de urgencia cuando "la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial o de operaciones productivas, o cuando la utilizacion de Licitacion o Concurso no cumple funcion alguna debido a que los bienes no admiten sustitutos, o existiendo sustitutos, estos pueden afectar negativamente el servicio o MORDAZA productivo"; Que, la Gerencia Departamental de MORDAZA ha senalado en el Informe Tecnico, que el servicio de seguridad privada es necesario en la medida en que permite preservar las condiciones de seguridad en el acceso de trabajadores, visitantes, vehiculos u otros, a las instalaciones de la Institucion; con lo cual, se previenen actos de sabotaje, infiltraciones o terrorismo, que puedan danar la infraestructura y los bienes patrimoniales de la Institucion, lo que finalmente contribuye a descender los indices de inseguridad y reduce los riesgos de cualquier acto delictivo que pueda producirse; Que, de lo expuesto se desprende que la interrupcion o ausencia del servicio de seguridad privada comprometeria en forma directa e inminente la continuidad de las operaciones productivas de la Entidad; Que, por consiguiente, al existir una situacion de urgencia, en los terminos establecidos en el Articulo 21º de la Ley Nº 26850, es procedente autorizar por excepcion, la contratacion del servicio de seguridad privada para la Gerencia Departamental MORDAZA, hasta que se suscriba el contrato derivado del MORDAZA ordinario de seleccion, a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, de acuerdo con lo previsto en el Articulo 20º de la misma MORDAZA y Articulo 44º inciso c) de su Reglamento; Que, segun el Articulo 20º inciso c) de la Ley Nº 26850, la exoneracion de licitacion o concurso publico debe ser aprobada, en el caso de ESSALUD, por resolucion de su MORDAZA autoridad; Que, el Articulo 8º de la Ley Nº 27056, establece que el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva del ESSALUD y titular del pliego presupuestal; Que, el inciso c) del Articulo 44º del Reglamento de la Ley Nº 26850, establece que la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad es responsable de las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Articulo 19º de la Ley Nº 26850; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1.- Autorizar, por excepcion la contratacion del servicio de seguridad privada, para la Gerencia Departamental MORDAZA, por el periodo comprendido desde el 25 de noviembre de 1999 hasta el 28 de enero del 2000, a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. 2.- Disponer que el organo u organos encargados, bajo responsabilidad realicen las acciones pertinentes a fin de que a la brevedad se contrate el servicio de seguridad privada a traves del MORDAZA de seleccion que corresponda.

3.- Disponer que la Secretaria General informe de la presente Resolucion a la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, al Ministerio de Economia y Finanzas y a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo establecido por la Ley. 4.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo ESSALUD 15107

INEI
Indices Unificados de Precios de la construccion para las seis areas geograficas correspondientes al mes de noviembre de 1999
RESOLUCION JEFATURAL Nº 337-99-INEI MORDAZA, 1 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, el Art. 1º del Decreto Supremo Nº 011-89-VC de fecha 12 de setiembre de 1989, establece que los Indices que se apliquen, seran a la fecha en que debe ser pagada la valorizacion, de acuerdo al plazo legal o contractual estipulado; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicacion de aquellos indices que a la fecha cuentan con la informacion requerida; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 01-11-99-DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construccion, para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de noviembre de 1999 y con la aprobacion de la Comision Tecnica del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de noviembre de 1999, en la forma que a continuacion se detalla: INDICE CODIGO 30 34 39 47 49 53 Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 15123 NOVIEMBRE 1999 336,14 289,27 271,95 258,94 283,32 355,65

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