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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (04/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 180959 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de diciembre de 1999 Artículo 4º.- Dejar sin efecto en todas sus partes la Ordenanza Nº 056-A-99-SEGE-07-MDEA del 15 de octu- bre de 1999. Artículo 5º.- Encargar a la Dirección de Rentas así como a la Oficina de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secretaría General para su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCISCO ANTIPORTA LAYMITO Alcalde 15051 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Modifican ordenanza que creó contri- bución especial de obras públicas a aplicarse en área territorial constituida por el Damero de Gamarra ORDENANZA Nº 036-MDLV La Victoria, 1 de diciembre de 1999 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA VICTORIA POR CUANTO: El Concejo Distrital de La Victoria, en Sesión Ordina- ria de fecha 30 de noviembre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 6 de agosto de 1999, se publicó la Ordenanza Nº 027-MDLV, que crea la Contribución Espe- cial de Obras Públicas, la misma que grava los beneficios derivados de la ejecución de obras públicas en el área territorial denominada "Damero de Gamarra"; Que, mediante Ordenanza Nº 031-MDLV de fecha 9 de setiembre de 1999, se modificó la forma y el plazo para el pago de la Contribución Especial de Obras Públicas, estableciéndose como fecha de pago al contado el 31 de setiembre de 1999; Que, el Concejo Distrital de La Victoria, atendiendo a la difícil situación económica por la que atraviesa el país, ha visto necesario modificar el plazo estipulado para el pago de la Contribución Especial de Obras Públicas; así mismo considera conveniente incentivar a los contribuyentes otorgándoles un descuento, para que cumplan con la cancelación de la referida contribu- ción; Que, en el mismo orden, el Concejo Distrital de La Victoria considera justo reconocer dicho descuento para todos aquellos buenos contribuyentes que optaron por el pago al contado de la Contribución Especial de Obras Públicas; Estando, a lo dispuesto por el numeral 3) del Artículo 36º y los Artículos 109º y 110º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo aprobó la si- guiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 027-MDLV, modificada por la Ordenanza Nº 031-MDLV, en los términos siguientes: "Artículo 8º.- Del pago de la Contribución La obligación de pago de la Contribución Especial de Obras Públicas, según la alternativa por la que se opte, vence:a) Cancelación total de la Contribución, hasta el 30 de diciembre de 1999. b) Pago fraccionado sin intereses cuando el pago se efectúe hasta: Primera Cuota: 30 de setiembre de 1999 Segunda Cuota: 30 de diciembre de 1999 Tercera Cuota: 31 de mayo del 2000 Cuarta Cuota: 29 de setiembre del 2000 Cada una de las cuotas equivaldrá a una cuarta parte del monto de la Contribución Individual corres- pondiente." DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los contribuyentes que opten por la cance- lación total de la Contribución dentro de la fecha estable- cida en la presente Ordenanza (Art. 8º inciso a) gozarán de un descuento del 40% del monto de la contribución indivi- dual correspondiente. Asimismo, gozarán del mismo des- cuento, todos aquellos contribuyentes que habiendo opta- do por el pago fraccionado cumplan con cancelar la tota- lidad de sus cuotas restantes, hasta antes del 30 de diciembre de 1999. Segunda.- Los contribuyentes que optaron por el pago al contado al amparo del beneficio otorgado por la Ordenanza Nº 031-MDLV, gozarán de un saldo a favor del 20% del monto de la contribución individual, el cual será considerado pago en exceso previa solicitud del contribu- yente de conformidad al Artículo 38º del Código Tributa- rio, crédito que sólo podrá ser compensado con obligacio- nes vencidas. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 15129 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Amplían plazo de beneficio de condo- nación de interés moratorio y del fac- tor de reajuste de deudas tributarias ORDENANZA Nº 035-99/CDLO Los Olivos, 1 de diciembre de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 035-99/CDLO SOBRE PRORROGA DEL BENEFICIO DE CONDONACION DEL INTERES MORATORIO Y FACTOR DE REAJUSTE DE DEUDAS TRIBUTARIAS Artículo Primero.- PRORROGUESE, a partir del 1 de diciembre de 1999 hasta el 31 del mismo mes, el beneficio de Condonación del Interés Moratorio del pre- sente período fiscal y del factor de ajuste de las deudas tributarias, otorgada con Ordenanza Nº 21-99/CDLO y