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Pág. 181408 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de diciembre de 1999 demanda, y la Procuraduría, por intermedio del delegado de esa localidad, interpuso la apelación correspondiente, la misma que se encuentra en trámite; Que, el inmueble ubicado en la Av. Sáenz Peña Nº 179 - Pucallpa, fue incautado a la organización "TIO ABRAHAM" integrado por el ciudadano Jhon FREDERICH SHANON MACEDO, representante legal de J & J INVERSIONES S.A. por TID y Lavado de Dinero; formulándose el Atestado Policial Nº 02-DINANDRO/DINFI del 4.ENE.97, donde la citada persona tiene la condición de NO HABIDO; motivo por el cual, dicha propiedad se encuentra bajo la administración de la OFECOD, la misma que en cumplimiento de la Ley, lo asignó en uso a la DIOTAD-DINANDRO-PNP-PUCALLPA, con Oficio Nº 2061-98-IN/1104 de 16.JUN.98; Que, el Jefe de la DIOTAD-DINANDRO-PNP, me- diante NI. Nº 182-10.-99-DINANDRO-PNP/DIOTAD- C.PLL.D1 del 6.OCT.99 informa, que el día 6.OCT.99 a horas 15.00 se ha producido la diligencia de lanzamiento en el inmueble mencionado por intermedio del Secretario del Juzgado Civil de Coronel Portillo, Michael VILCA FERRER, a mérito de la Resolución Nº 12 dictada en el Expediente Nº 99-0113, sobre Ejecución de Garantía seguido por el Banco Continental - Pucallpa contra J & J INVERSIONES S.A. y otros, situación desconocida por la Procuraduría Pública y la DIOTAD-C-PLL y tramitada ante la misma Juez Dra. Lorena BASILIO PATEW que conoce de la Acción de Amparo citada; Que, en mérito de lo expuesto, resulta necesario autori- zar al Procurador Público del Ministerio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales de la PNP para que en defensa y representación del Estado, inicie la acción judicial de Inter- dicto de Recobrar, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 605º del Código Procesal Civil; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y con lo opinado por la OGAJ-MIN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Minis- terio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policía Nacional del Perú, para que en defensa y representa- ción del Estado, interponga las acciones legales pertinentes, con la finalidad de recuperar la posesión ejercida por la DIOTAD-DINANDRO-PNP-PUCALLPA, del inmueble sito en la Av. Sáenz Peña Nº 179 - Pucallpa. Artículo 2º.- Remitir los actuados al indicado Procura- dor Público, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 15203 Sancionan con cese temporal a servi- dor de la Subprefectura de la provincia de Chincha RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1228-99-IN-1300 Lima, 13 de diciembre de 1999 Vista el Acta Nº 021-99-IN-1300 del 29 de noviembre de 1999 de la Comisión Permanente de Procesos Admi- nistrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, en relación a la conclusión del Proceso Administrativo Dis- ciplinario instaurado al servidor Luis Alejandro HUA- MAN MURGUIA , Técnico Administrativo I - STC de la Subprefectura de la provincia de Chincha - Prefectura del departamento de Ica de la Dirección General de Gobierno Interior (DGGI); CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 1037-99-IN- 1300 de 20 de octubre de 1999 se instauró Proceso Adminis- trativo Disciplinario al mencionado servidor por cuanto la Oficina de Control Interno en el Informe Nº 015-99-IN/ OCI.O.INV de 8 de setiembre de 1999 estableció que habría usurpado las funciones del Subprefecto de la provincia deChincha al haber firmado las Resoluciones Subprefecturales Nºs. 02 y 008-98-DGGI-PRWL-SPCH de 16 enero y 6 de febrero de 1998 respectivamente; que en el período compren- dido entre el 15 de abril y el 21 de octubre de 1998 al ejercer las funciones de Subprefecto (e) de la provincia de Chincha habría solicitado donativos y retribución económica al Gobernador del distrito de San Pedro de Huarcapana y a los organizadores de un evento social y haber expedido Resolu- ciones Subprefecturales de autorización de eventos sociales con la misma numeración; Que, examinadas las pruebas presentadas en su defensa por el servidor procesado, escuchado el Informe Oral realiza- do y analizados los actuados la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior ha determinado que no desvirtúa los cargos imputa- dos por usurpación de funciones, solicitar donativos y negli- gencia en el desempeño de las funciones; y que no existen pruebas plenas de haber solicitado retribución económica; De conformidad a lo establecido en los Artículos 150º, 151º, 152º, 153º, 154º, 158º y 170º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supre- mo Nº 005-90-PCM, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior ha recomendado por unanimidad se sancione al servidor Luis Alejandro HUAMAN MURGUIA con cese temporal sin goce de remuneraciones por noventa (90) días, debien- do expedirse la Resolución correspondiente; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar con cese temporal sin goce de remuneraciones por noventa (90) días al servidor Luis Alejandro HUAMAN MURGUIA , Técnico Administrativo I (STC) de la Subprefectura de la provincia de Chincha - Prefectura del departamento de Ica de la Dirección General de Gobierno Interior (DGGI) por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que se incluya copia de la presente Resolución Ministerial en el legajo personal del mencionado servidor y hacer de su conocimiento que de incurrir en faltas de carácter disciplinario graves de igual naturaleza o análo- gas se le aplicarán sanciones de mayor nivel. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 15562 P R E S Aceptan renuncia de miembro del Con- sejo Directivo del INFES RESOLUCION SUPREMA Nº 192-99-PRES Lima, 14 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 099-94-PRES, de fecha 28 de setiembre de 1994, se designó al arquitecto Mario Bacigalupo Sotillo, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y Salud - INFES; Que, el mencionado Director ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25556 y Decreto Supremo Nº 003-97-PRES; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 1999, la renuncia formulada por el arquitecto Mario Bacigalupo Sotillo, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y Salud - INFES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia.