Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 1999 (15/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de diciembre de 1999

Que, la Comision Nacional de Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la Republica de Venezuela, hace de conocimiento que en la MORDAZA de Guayaquil - Republica del Ecuador, durante los dias 9 y 10 de diciembre de 1999 se celebrara una reunion para debatir los Estatutos de la Junta Directiva del Centro de Excelencia para las Americas; Que, la Comunidad MORDAZA es miembro integrante de la Junta Directiva, y estara representada en la reunion por el Comite MORDAZA de Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL), cuya presidencia tiene actualmente el Peru; Que, la Junta Directiva procedera a su instalacion, y decidira sobre las modalidades de gestion, mecanismo de funcionamiento, recursos, utilizacion de fondos, y financiamiento del Centro de Excelencia, asi como la eleccion del lugar para el establecimiento de la Oficina de Coordinacion; Que, por Acuerdo Nº 8.23.99, el Consejo Directivo del INICTEL ha designado a un funcionario para que en representacion de la Administracion Peruana asista a la reunion en mencion; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 010-88-PCM, 03189-EF y 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero MORDAZA MORDAZA Villaizan, Director de Capacitacion del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, a la MORDAZA de Guayaquil, Republica del Ecuador, los dias 8 al 10 de diciembre de 1999, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje autorizado por el Articulo 1º seran con cargo al Pliego Presupuestal del INICTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 340.00 Viaticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 15593

Que mediante Resolucion Administrativa Nº 879-CMEPJ, ha establecido que para compensar el dia feriado del 27 de diciembre de 1999 se laborara 2 horas mas a la salida del 14 al 17 de diciembre del ano en curso; Que, resulta necesario adoptar las medidas pertinentes a fin de viabilizar lo dispuesto en el Decreto Supremo mencionado; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nº 26546 sus modificatorias y ampliatorias, y estando a lo acordado en Sesion de la fecha; RESUELVE: Primero.- Modificar la MORDAZA linea del Articulo Primero de la Resolucion Administrativa Nº 879-CME-PJ, su fecha 15 de MORDAZA del ano en curso, la que quedara redactada de la siguiente manera: "Viernes 24 de diciembre: del 14 al 17 de diciembre de 1999" Segundo.- Disponer a nivel nacional que por los dias feriados no laborables establecidos en el Decreto Supremo Nº 042-99-PCM, publicado el 13 de diciembre ultimo, se compensara extendiendo dos horas mas el horario de salida, de la siguiente manera: Viernes 31 de diciembre Lunes 3 de enero : del 4 al 7 de enero del 2000 : del 18 al 21 de enero del 2000

Tercero.- Transcribir la presente Resolucion a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la Republica y Gerencia General del Poder Judicial. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA 15556

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Disponen abstencion de discente en el ejercicio de labores academicas
RESOLUCION DE LA COMISION DE REORGANIZACION Y GOBIERNO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Nº 032-99-CRG-AMAG MORDAZA MORDAZA, 29 de noviembre de 1999 VISTO: El Acuerdo de la Comision de Reorganizacion y Gobierno de la Academia de la Magistratura de fecha 29 de noviembre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 818-99-MP-CEMP, publicada el 23 de octubre pasado en el Diario Oficial El Peruano, se ha tomado conocimiento que se ha declarado fundada la denuncia interpuesta por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de San MORDAZA, por el delito de Corrupcion de Funcionarios, habiendose decidido el ejercicio de la accion penal en su contra y remitido los actuados al Fiscal Superior encargado de la Gestion de Gobierno delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de MORDAZA, para la formalizacion de la denuncia penal; Que, en el Articulo MORDAZA de la citada Resolucion, se ha dado por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de San MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 902-92-MP-FN del 23 de diciembre de 1992; Que, mediante Informe Nº 08-99/AMAG-DA-AS emitido por el analista de sistemas, se ha comunicado que el referido doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es discente del

COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
Modifican resolucion y establecen disposiciones para la compensacion de horas dejadas de laborar en feriados a que se refiere el D.S. Nº 042-99-PCM
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1057-CME-PJ MORDAZA, 13 de diciembre de 1999 LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 042-99-PCM publicado en la fecha, se deja sin efecto la declaracion de dia feriado no laborable el lunes 27 del mes en curso, y a su vez se declara feriados no laborables los dias 24 y 31 de diciembre del presente ano y tres de enero del ano 2000; Que habiendose establecido que las horas dejadas de laborar en los dias feriados no laborables deben ser compensadas en la semana anterior a la del dia declarado feriado o en la oportunidad que establezca el titular de la entidad publica en funcion a las necesidades propias de cada institucion;

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