Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (15/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 181412 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones de la República de Venezuela, hace de conocimiento que en la ciudad de Guayaquil - República del Ecuador, durante los días 9 y 10 de diciembre de 1999 se celebrará una reunión para debatir los Estatutos de la Junta Directiva del Centro de Excelencia para las Américas; Que, la Comunidad Andina es miembro integrante de la Junta Directiva, y estará representada en la reunión por el Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones (CAA- TEL), cuya presidencia tiene actualmente el Perú; Que, la Junta Directiva procederá a su instalación, y decidirá sobre las modalidades de gestión, mecanismo de funcionamiento, recursos, utilización de fondos, y financia- miento del Centro de Excelencia, así como la elección del lugar para el establecimiento de la Oficina de Coordinación; Que, por Acuerdo Nº 8.23.99, el Consejo Directivo del INIC- TEL ha designado a un funcionario para que en representación de la Administración Peruana asista a la reunión en mención; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 010-88-PCM, 031- 89-EF y 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Eduardo Men- doza Villa izán, Director de Capacitación del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones - INIC- TEL, a la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, los días 8 al 10 de diciembre de 1999, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje autorizado por el Artículo 1º serán con cargo al Pliego Presupuestal del INICTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 340.00 Viáticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración o liberación de impuestos o de dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 15593 COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL Modifican resolución y establecen disposiciones para la compensación de horas dejadas de laborar en feriados a que se refiere el D.S. Nº 042-99-PCM RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1057-CME-PJ Lima, 13 de diciembre de 1999 LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 042-99-PCM publicado en la fecha, se deja sin efecto la declaración de día feriado no laborable el lunes 27 del mes en curso, y a su vez se declara feriados no laborables los días 24 y 31 de diciembre del presente año y tres de enero del año 2000; Que habiéndose establecido que las horas dejadas de laborar en los días feriados no laborables deben ser compensadas en la semana anterior a la del día declarado feriado o en la oportunidad que establezca el titular de la entidad pública en función a las necesidades propias de cada institución;Que mediante Resolución Administrativa Nº 879-CME- PJ, ha establecido que para compensar el día feriado del 27 de diciembre de 1999 se laborará 2 horas más a la salida del 14 al 17 de diciembre del año en curso; Que, resulta necesario adoptar las medidas pertinentes a fin de viabilizar lo dispuesto en el Decreto Supremo mencionado; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nº 26546 sus modificatorias y ampliatorias, y estando a lo acordado en Sesión de la fecha; RESUELVE: Primero.- Modificar la última línea del Artículo Primero de la Resolución Administrativa Nº 879-CME-PJ, su fecha 15 de abril del año en curso, la que quedará redactada de la siguiente manera: "Viernes 24 de diciembre: del 14 al 17 de diciembre de 1999" Segundo.- Disponer a nivel nacional que por los días feriados no laborables establecidos en el Decreto Supremo Nº 042-99-PCM, publicado el 13 de diciembre último, se compensará extendiendo dos horas más el horario de salida, de la siguiente manera: Viernes 31 de diciembre : del 4 al 7 de enero del 2000 Lunes 3 de enero : del 18 al 21 de enero del 2000 Tercero.- Transcribir la presente Resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la República y Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, publíquese y comuníquese. VICTOR R. CASTILLO CASTILLO LUIS E. SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 15556 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Disponen abstención de discente en el ejercicio de labores académicas RESOLUCION DE LA COMISION DE REORGANIZACION Y GOBIERNO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Nº 032-99-CRG-AMAG Jesús María, 29 de noviembre de 1999 VISTO: El Acuerdo de la Comisión de Reorganización y Gobierno de la Academia de la Magistratura de fecha 29 de noviembre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 818-99-MP-CEMP, publicada el 23 de octubre pasado en el Diario Oficial El Peruano, se ha tomado conocimiento que se ha declarado fundada la denuncia interpuesta por don Fermín Olegario Paredes Castañeda contra el doctor Carlos Gregorio Obando Ca- ballero, Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalía Pro- vincial Mixta de San Marcos, por el delito de Corrupción de Funcionarios, habiéndose decidido el ejercicio de la acción penal en su contra y remitido los actuados al Fiscal Superior encargado de la Gestión de Gobierno delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Cajamarca, para la formalización de la denuncia penal; Que, en el Artículo segundo de la citada Resolución, se ha dado por concluida la designación del doctor Carlos Gregorio Obando Caballero, como Fiscal Provincial Pro- visional de la Fiscalía Provincial Mixta de San Marcos, materia de la Resolución Nº 902-92-MP-FN del 23 de diciembre de 1992; Que, mediante Informe Nº 08-99/AMAG-DA-AS emitido por el analista de sistemas, se ha comunicado que el referido doctor Carlos Gregorio Obando Caballero es discente del