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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (17/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 181558 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de diciembre de 1999 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Sancionan con destitución a servidora de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 01916-99-ALC/MDSA Santa Anita, 14 de diciembre de 1999 Visto, el Informe Nº 20-99-CPPAD/MDSA, de la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Disciplina- rios. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 01545-99- ALC/MDSA, de la fecha 27 de octubre de 1999, se dispuso la apertura de proceso administrativo disciplinario a la servidora Gleny Esmeralda Ramos Vela, por incumplimien- to de funciones, negligencia en el desempeño de los trabajos asignados, reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes impartidas por su Jefe inmediato superior y por abandono de trabajo; El Director de la Oficina de Auditoría Interna, a través del Memorándum Nº 234-99-OAI/MDSA, remite al Jefe de la Unidad de Personal el Acta de constatación de fecha 20 de setiembre del presente año, asimismo mediante el Me- morándum Nº 244-99-OAI/MDSA, el Director de la Oficina de Auditoría Interna, remite al Jefe de la Unidad de Perso- nal otra Acta de constatación de fecha 6 de octubre de 1999, suscrito las dos actas por el Jefe de la División de Sanea- miento Ambiental, Jefe de la Unidad de Personal y el Director de la Oficina de Auditoría Interna, en ambas oportunidades tal como se ha verificado en las actas de constatación se ha establecido que la servidora Gleny Esmeralda Ramos Vela no se ha encontrado en el lugar asignado para el desempeño de los trabajos asignados, no existiendo ninguna justificación para que la servidora pro- cesada no se encuentre realizando sus labores. Asimismo, se ha constatado que la servidora mencionada no ha cum- plido adecuadamente los trabajos encomendados por el Jefe de la División de Saneamiento Ambiental; El Jefe de la División de Saneamiento Ambiental, a través del Informe Nº 425-99-DSA-DSC/MDSA de fecha 9 de diciembre, amplía alcances sobre los hechos que han sido materia de constatación, indicando que la servidora Gleny Esmeralda Ramos Vela, ha incurrido en la comisión de las faltas administrativas de carácter disciplinario y similar conducta demostrada por la servidora procesada ha sido efectuada en anteriores oportunidades y en forma reiterada; La servidora Gleny Esmeralda Ramos Vela, no ha desvirtuado los cargos que le han sido imputados, estable- ciéndose que la referida servidora ha incumplido con lo dispuesto en el Artículo 21º incisos a), c) y normas conexas del Decreto Legislativo Nº 276, incurriendo la mencionada servidora en faltas de carácter disciplinario previstas en el Artículo 28º incisos a), b), d) y normas concordantes del Decreto Legislativo Nº 276; Que, conforme lo establece el Artículo 27º del Decreto Legislativo Nº 276, los grados de sanción corresponden a la magnitud de las faltas según su menor o mayor gravedad; sin embargo, su aplicación no será necesariamente correla- tiva ni automática, debiendo contemplarse en cada caso no sólo la naturaleza de la infracción sino también los antece- dentes del servidor, constituyendo la reincidencia serio agravante, en el presente caso la servidora Gleny Esmeral- da Ramos Vela registra antecedentes relacionados con las faltas administrativas que le han sido imputadas y que tienen relación con los hechos que son materia del presente proceso administrativo disciplinario; Que, estando el Informe Nº 020-99-CPPAD/MDSA, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- plinarios, Artículo 26º inciso d) del Decreto Legislativo Nº 276 en concordancia con lo dispuesto por el Artículo 155º inciso d) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y Ley Orgá- nica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer la sanción de Destitución a la servidora obrero Gleny Esmeralda Ramos Vela, porhaber incurrido en la comisión de las faltas administrativas de carácter disciplinario tipificadas en el Artículo 28º inci- sos a), b) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 y por incumpli- miento de lo establecido en el Artículo 21º incisos a), c) y normas concordantes del Decreto Legislativo Nº 276. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolu- ción a la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 15665 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANGALLO Aprueban creación de la Municipali- dad del Centro Poblado Menor de Chacolla, distrito de Chuschi RESOLUCION MUNICIPAL Nº 097-99-E02-01-MPC/A Lima, 16 de setiembre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 220-99-E02-02-MDCH/CH/A, para la Crea- ción de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Chacolla, del distrito de Chuschi, provincia de Cangallo; CONSIDERANDO: Que, el Art. 43º de la Constitución Política consagra a la República del Perú, como unitario, Representativo y funda- mentalmente Descentralizado, el Art. 188º, ordena que la Descentralización en nuestro país es un proceso Permanen- te, en el Art. 192º, faculta a las Municipalidades la compe- tencia de fijar y aprobar su organización Interna; Que, el D.S. Nº 044-90-PCM; establece que para la Creación y Recategorización de circunscripciones territo- riales, establece en los requisitos fundamentales la volun- tad manifiesta mayoritaria de la población; por otro lado corregir deficiencias en el sistema de prestación de servicios sociales básicos para la población, debe poseer infraestruc- tura adecuada para encargársele funciones administrati- vas, requisitos que cumple la comunidad de Chacolla y que posibilita su Creación como Centro Poblado Menor; Que, el Art. 5º inciso 6) de la Ley Orgánica de Munici- palidades y su Modificatoria - Ley Nº 23854, dispone que la Creación de las Municipalidades del Centro Poblado Menor, deben ser aprobados por Acuerdo de los Concejos Municipa- les Provinciales; con conocimiento de la Municipalidad Distrital; Estando a la opinión favorable por la Unidad de Presu- puesto y Planificación, emitido mediante INFORME Nº 023-99-E02-01-MPC/UPP, de fecha 10-9-99 y acuerdo de Concejo Municipal de fecha 18-9-99 y en uso de las atribu- ciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la Creación de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de CHACOLLA, del distrito de Chuschi, provincia de Cangallo, a partir del 20-9-99. Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR, el presente Acto Administrativo a la Municipalidad Distrital de Chuschi, Instituto Nacional de Estadística e Informática, Jurado Nacional de Elecciones y otras instancias. Regístrese, comuníquese y archívese. ABEL CALDERON GONZALES Alcalde 15525