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Pág. 181555 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de diciembre de 1999 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban condonación de intereses y sanciones por incumplimiento de obligaciones tributarias a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 046 San Juan de Lurigancho, 14 de diciembre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO, en Sesión Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 021 de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presu- puesto, y CONSIDERANDO: Que, el primer párrafo del Artículo 191º de la Consti- tución Política del Perú, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local otorgándoles autonomía política, económica y administrativa; Que, en el segundo párrafo del Artículo invocado de nuestra Carta Magna, se atribuye a los Concejos Munici- pales las funciones normativas, las mismas que de acuerdo al Artículo 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades se ejercen mediante Ordenanzas, Edictos y Acuerdos; Que, mediante el Informe Nº 158-DR-99/MSJL de la Dirección de Rentas se señala la necesidad de otorgar un beneficio de condonación de los tributos administrados por la Municipalidad, a fin de aliviar la situación económica de los contribuyentes del distrito; Que, el Artículo 41º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135- 99-EF, establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley, limitándose dicha facultad, en el caso de los Gobiernos Locales al interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren, debiendo otorgarse con carácter general; Que, de acuerdo al numeral 4 del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú, las Ordenanzas Munici- pales tienen rango de Ley; Que, por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, en los Artículos 36º numeral 3, 47º numeral 3, y 109º; y con el voto aprobatorio de la mayoría de los miembros del Concejo; ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIO DE CONDONACION DE INTERESES MORATORIOS Y SANCIONES DE DEUDAS TRIBUTARIAS A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO Artículo Primero.- APROBAR, dentro de la jurisdic- ción del distrito de San Juan de Lurigancho, el beneficio de condonación de los intereses y las sanciones derivadas del incumplimiento de las obligaciones tributarias de los con- tribuyentes de la jurisdicción de los siguientes tributos: a. Impuesto Predial de los Ejercicios 1994, 1995, 1996, 1997 y 1998. b. Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Relleno Sanitario de los Ejercicios 1994, 1995, 1996, 1997 y 1998. c. Tasa de Licencia de Funcionamiento de los ejercicios 1994, 1995, 1996, 1997 y 1998. Artículo Segundo.- El plazo de vigencia para el bene- ficio señalado en el Artículo Primero, será desde el día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de diciembre del año en curso. Artículo Tercero.- Inclúyase en el beneficio señalado en el Artículo Primero de la presente Ordenanza, aquellas obligaciones tributarias cuyo trámite se encuentren en víade procedimiento contencioso tributario cualquiera sea su estado para lo cual deberán desistirse previamente para acogerse al beneficio. Artículo Cuarto.- Para la condonación de las sancio- nes por infracciones tributarias de carácter formal, bastará con la presentación de la respectiva Declaración Jurada. Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección de Rentas el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde 15658 Aprueban Reglamento de Fracciona- miento de Deudas Tributarias y No Tri- butarias de la municipalidad ORDENANZA Nº 047 San Juan de Lurigancho, 14 dediciembre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO, en Sesión Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 023-99 de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presu- puesto; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Organos de Gobierno local, que gozan de autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo reconoce el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 013 de 24 de octubre de 1996, se aprobó la Directiva Nº 01-96-DR/MSJL denominada Normas y procedimientos para el fracciona- miento del pago de las deudas tributarias y no tributarias para los casos particulares, habiéndose facultado a la Alcal- día la Reglamentación de la deuda tributaría, por acuerdo de Concejo Nº 031, de fecha 9 de agosto de 1996; Que, mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, publica- do el 19 de agosto de 1999, se aprobó el Texto Unico Ordenado del Código Tributario, de acuerdo a lo establecido en la Unica Disposición Transitoria de la Ley Nº 27038 y de conformidad con la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 27131; Que, el sistema de fraccionamiento que se viene aplican- do no se encuentra acorde con la realidad social y económica de nuestro distrito y no se encuentra acorde con los princi- pios de simplificación administrativa y es necesario atender las solicitudes de los contribuyentes deudores dentro de un marco de verdadera flexibilidad y facilidades para que puedan cumplir con sus obligaciones; Que, es necesario implementar un nuevo sistema para el fraccionamiento de las deudas tributarias y no tributa- rias, que se adecuen a las condiciones establecidas en el Art. 36º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario; y con el voto aprobatorio de la mayoría de los miembros del Concejo; ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO I. FINALIDAD Brindar las facilidades necesarias para el cumplimiento de pago de las deudas tributarias y no tributarias, a los contribuyentes o administrados cuya condición económica no les permite realizar el pago al contado. II. OBJETIVO Establecer normas y procedimientos para el fracciona- miento de pago de las deudas tributarias y no tributarias, que resulten exigibles por la Municipalidad de San Juan de Lurigancho. Así como el control de los deudores que solici- ten acogerse a este beneficio.