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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 1999 (14/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 168867 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de enero de 1999 declarado desierto en dos oportunidades el mencionado concurso, petición que se tramitó al amparo y en cumpli- miento a lo dispuesto en el Artículo 56º de la Ley Nº 26703 y en los Artículos 1º y 2º del D.S. Nº 044-89-PCM; Que, en respuesta a la petición formulada, mediante Oficio Nº 1623-98/PCM/SG-800.1696 de fecha 16 de octubre de 1998 se comunica que habiéndose publicado el D.S. Nº 039- 98-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrata- ciones del Estado, que determina la entrada en vigencia de la Ley Nº 26850 se señala que a partir de entrada en vigencia de dicha norma, es decir a partir del 29 de setiembre de 1998 han caducado las funciones de la Comisión Permanente de Alto Nivel y por ende ya no puede emitir el pronunciamiento solicitado, razón por la que nos devuelven los expedientes remitidos a efectos de proceder conforme a ley; Que, mediante el informe de vistos se señala que de acuerdo con el Artículo 19º inciso f) concordante con los Artículos 20º y 13º último párrafo de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 cuando se declara desierto un proceso de selección en dos oportuni- dades, las adquisiciones y contrataciones se realizan mediante el procedimiento de Adjudicación Directa de menor cuantía y se hace mediante el procedimiento de invitación a no menos de tres postores, opinión que se considera arreglada a ley a tenor del Oficio Nº 2681-98-/ PRES-SG, en donde también se sostiene que al haber caducado las funciones de la Comisión de Alto Nivel a quien correspondía pronunciarse respecto de tales solicitu- des y al no haberse pronunciado en razón a lo expuesto se evidencia un vacío en la normatividad aplicable, por lo que la administración no debe dejar de resolver ante un vacío o deficiencia de la ley de acuerdo a los principios de celeridad y economía procesal previstos en el D.S. Nº 02- 94-JUS modificado por la Ley Nº 26654, por lo que resulta aplicable lo dispuesto en el inciso f) del Artículo 19º de la Ley Nº 26850, es decir en adecuación y dentro de los alcances de la citada normatividad procedería exonerar del requisito de Concurso Público al CTAR-UCAYALI; Que, atendiendo al considerando anterior en el senti- do que cuando se declaran desiertos los procesos de selección en dos oportunidades, la Ley Nº 26850 y el Artículo 44º inciso c) del reglamento aprobado por D.S. Nº 039-98-PCM establece que las adquisiciones o contrata- ciones se realizan mediante el procedimiento de ADJU- DICACION DIRECTA DE MENOR CUANTIA y la misma se aprueba mediante resolución expedida por la máxima autoridad de la entidad, por lo que efectos de seleccionar y consecuentemente contratar la empresa que se encarga- rá de la Supervisión de la Obra: "Pavimentación Aero- puerto Avenida Arborización - Avenida Yarinacocha"; se hace necesario exonerar del requisito del Concurso Pú- blico al CTAR UCAYALI y consecuentemente aprobar la contratación mediante el proceso de Adjudicación Direc- ta de menor cuantía; encargándose de ésta a la Gerencia Regional de Operaciones como órgano responsable para llevar a cabo el referido proceso de selección; Que, de conformidad con el D.S. Nº 010-98-PRES y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 187-98-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERESE del proceso de selección por Concurso Público de Méritos Nº 002-98- CTARU-GO la contratación de la Supervisión de la Obra: "Pavimentación Aeropuerto Avenida Arborización - Ave- nida Yarinacocha". Artículo Segundo.- APRUEBESE la contratación de la Supervisión de la Obra: "Pavimentación Aeropuerto Aveni- da Arborización - Avenida Yarinacocha", mediante el proce- dimiento de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, confor- me a lo expuesto en la parte considerativa, encargándose a la Gerencia Regional de Operaciones del CTAR-UCAYALI como órgano responsable de llevar adelante el proceso de selección aprobado. Artículo Tercero.- Póngase en conocimiento de los entes correspondientes a que se refiere el penúltimo párrafo del Artículo 19º de la Ley Nº 26850 y demás normas pertinen- tes. Artículo Cuarto.- Procédase a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE VELASQUEZ PORTOCARRERO Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administración Regional de Ucayali 0527MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban reajuste del Plano de Zonifi- cación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana, correspondien- te al distrito de San Isidro ORDENANZA Nº 197 Lima, 21 de diciembre de 1998 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA En Sesión Ordinaria de la fecha; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los Artículos 65º inciso 2), 70º inciso 1) y 134º inciso 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 23853, corresponde a las Municipa- lidades Provinciales a través de sus Concejos, aprobar sus Planes Urbanos, que en el caso de la provincia de Lima se denomina Plan de Desarrollo Metropolitano; Que, con fecha 19 de diciembre de 1997 el Concejo Metropolitano de Lima aprobó la Ordenanza Nº 134 Regla- mentaria de Actualización y Reajuste del Plano de Zonifica- ción General de Lima Metropolitana, cuya Primera Disposi- ción Transitoria establece el procedimiento para el Reajuste de la Zonificación General de los Usos del Suelo y las solicitudes correspondientes al año 1997; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano, de acuerdo a lo dispuesto por el Concejo Metropolitano de Lima, ha recogido la opinión técnica del Instituto Metropolitano de Planificación y de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, coordinando con las Municipalidades Distritales, atendiendo la opinión de los vecinos que lo han solicitado y constituido una subcomisión de Regidores que han efectuado la revisión de cada uno de los casos; De conformidad con lo establecido por los Artículos 24º y 34º del Decreto Supremo Nº 007-85-VC, el Artículo 81º del Reglamento Interior del Concejo, aprobado por Edicto Nº 021, la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 134, y lo opinado por la Comisión de Desarrollo Urbano en su Dictamen Nº 024-98-CDU-MML; Aprobó la siguiente: ORDENANZA DE REAJUSTE DEL PLANO DE ZONIFICACION GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO-2002, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- Aprobar el Reajuste del Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropo- litana a Mediano Plazo - 2002, correspondiente al distrito de San Isidro, en base a las solicitudes de Cambio de Zonifica- ción encontradas procedentes que figuran en el siguiente cuadro: Nº DE RAZON SOCIAL CAMBIO DE CALIFICACION EXPEDIENTE ZONIFICACION SOLICITADO 706993 Berly Elías Manrique R2 a R5 PROCEDE A C3 Ugarte 703055 Inmobiliaria R6 a C5 PROCEDE Constanzo S.A. (INCONSA) 611057 Lecca del Castillo R2 a R5 PROCEDE Gerardo 702859 Olaechea Du Bois R5 a C3 PROCEDE Manuel 705716 Inmobiliaria P y D S.A. R5 a CE PROCEDE