Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 1999 (14/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 14 de enero de 1999

NORMAS LEGALES

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declarado desierto en dos oportunidades el mencionado concurso, peticion que se tramito al MORDAZA y en cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 56º de la Ley Nº 26703 y en los Articulos 1º y 2º del D.S. Nº 044-89-PCM; Que, en respuesta a la peticion formulada, mediante Oficio Nº 1623-98/PCM/SG-800.1696 de fecha 16 de octubre de 1998 se comunica que habiendose publicado el D.S. Nº 03998-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, que determina la entrada en vigencia de la Ley Nº 26850 se senala que a partir de entrada en vigencia de dicha MORDAZA, es decir a partir del 29 de setiembre de 1998 han caducado las funciones de la Comision Permanente de Alto Nivel y por ende ya no puede emitir el pronunciamiento solicitado, razon por la que nos devuelven los expedientes remitidos a efectos de proceder conforme a ley; Que, mediante el informe de vistos se senala que de acuerdo con el Articulo 19º inciso f) concordante con los Articulos 20º y 13º ultimo parrafo de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 cuando se declara desierto un MORDAZA de seleccion en dos oportunidades, las adquisiciones y contrataciones se realizan mediante el procedimiento de Adjudicacion Directa de menor cuantia y se hace mediante el procedimiento de invitacion a no menos de tres postores, opinion que se considera arreglada a ley a tenor del Oficio Nº 2681-98-/ PRES-SG, en donde tambien se sostiene que al haber caducado las funciones de la Comision de Alto Nivel a quien correspondia pronunciarse respecto de tales solicitudes y al no haberse pronunciado en razon a lo expuesto se evidencia un vacio en la normatividad aplicable, por lo que la administracion no debe dejar de resolver ante un vacio o deficiencia de la ley de acuerdo a los principios de celeridad y economia procesal previstos en el D.S. Nº 0294-JUS modificado por la Ley Nº 26654, por lo que resulta aplicable lo dispuesto en el inciso f) del Articulo 19º de la Ley Nº 26850, es decir en adecuacion y dentro de los alcances de la citada normatividad procederia exonerar del requisito de Concurso Publico al CTAR-UCAYALI; Que, atendiendo al considerando anterior en el sentido que cuando se declaran desiertos los procesos de seleccion en dos oportunidades, la Ley Nº 26850 y el Articulo 44º inciso c) del reglamento aprobado por D.S. Nº 039-98-PCM establece que las adquisiciones o contrataciones se realizan mediante el procedimiento de ADJUDICACION DIRECTA DE MENOR CUANTIA y la misma se aprueba mediante resolucion expedida por la MORDAZA autoridad de la entidad, por lo que efectos de seleccionar y consecuentemente contratar la empresa que se encargara de la Supervision de la Obra: "Pavimentacion Aeropuerto Avenida Arborizacion - Avenida Yarinacocha"; se hace necesario exonerar del requisito del Concurso Publico al CTAR UCAYALI y consecuentemente aprobar la contratacion mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de menor cuantia; encargandose de esta a la Gerencia Regional de Operaciones como organo responsable para llevar a cabo el referido MORDAZA de seleccion; Que, de conformidad con el D.S. Nº 010-98-PRES y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 187-98-PRES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- EXONERESE del MORDAZA de seleccion por Concurso Publico de Meritos Nº 002-98CTARU-GO la contratacion de la Supervision de la Obra: "Pavimentacion Aeropuerto Avenida Arborizacion - Avenida Yarinacocha". Articulo Segundo.- APRUEBESE la contratacion de la Supervision de la Obra: "Pavimentacion Aeropuerto Avenida Arborizacion - Avenida Yarinacocha", mediante el procedimiento de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, conforme a lo expuesto en la parte considerativa, encargandose a la Gerencia Regional de Operaciones del CTAR-UCAYALI como organo responsable de llevar adelante el MORDAZA de seleccion aprobado. Articulo Tercero.- Pongase en conocimiento de los entes correspondientes a que se refiere el penultimo parrafo del Articulo 19º de la Ley Nº 26850 y demas normas pertinentes. Articulo Cuarto.- Procedase a la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali 0527

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban reajuste del Plano de Zonificacion General de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana, correspondiente al distrito de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 197 MORDAZA, 21 de diciembre de 1998 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA En Sesion Ordinaria de la fecha; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los Articulos 65º inciso 2), 70º inciso 1) y 134º inciso 2) de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 23853, corresponde a las Municipalidades Provinciales a traves de sus Concejos, aprobar sus Planes Urbanos, que en el caso de la provincia de MORDAZA se denomina Plan de Desarrollo Metropolitano; Que, con fecha 19 de diciembre de 1997 el Concejo Metropolitano de MORDAZA aprobo la Ordenanza Nº 134 Reglamentaria de Actualizacion y Reajuste del Plano de Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana, cuya Primera Disposicion Transitoria establece el procedimiento para el Reajuste de la Zonificacion General de los Usos del Suelo y las solicitudes correspondientes al ano 1997; Que, la Comision de Desarrollo MORDAZA, de acuerdo a lo dispuesto por el Concejo Metropolitano de MORDAZA, ha recogido la opinion tecnica del Instituto Metropolitano de Planificacion y de la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA, coordinando con las Municipalidades Distritales, atendiendo la opinion de los vecinos que lo han solicitado y constituido una subcomision de Regidores que han efectuado la revision de cada uno de los casos; De conformidad con lo establecido por los Articulos 24º y 34º del Decreto Supremo Nº 007-85-VC, el Articulo 81º del Reglamento Interior del Concejo, aprobado por Edicto Nº 021, la Primera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 134, y lo opinado por la Comision de Desarrollo MORDAZA en su Dictamen Nº 024-98-CDU-MML; Aprobo la siguiente: ORDENANZA DE REAJUSTE DEL PLANO DE ZONIFICACION GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE MORDAZA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO-2002, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar el Reajuste del Plano de Zonificacion General de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana a Mediano Plazo - 2002, correspondiente al distrito de San MORDAZA, en base a las solicitudes de Cambio de Zonificacion encontradas procedentes que figuran en el siguiente cuadro:
Nº DE EXPEDIENTE RAZON SOCIAL CAMBIO DE ZONIFICACION SOLICITADO R2 a R5 R6 a C5 R2 a R5 R5 a C3 R5 a CE CALIFICACION

706993 703055 611057 702859 705716

Berly MORDAZA MORDAZA Ugarte Inmobiliaria Constanzo S.A. (INCONSA) Lecca del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Du Bois MORDAZA Inmobiliaria P y D S.A.

PROCEDE A C3 PROCEDE PROCEDE PROCEDE PROCEDE

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