TEXTO PAGINA: 13
Pág. 168851 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de enero de 1999 INTERIOR Sancionan con destitución a servidor de la Dirección General de Migracio- nes y Naturalización RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0029-99-IN-1300 Lima, 12 de enero de 1999 Vista el Acta Nº 024-98-IN-1300 del 29 de diciembre de 1998 de la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior en relación a la conclusión del Proceso Administrativo Disciplinario instaurado al servidor Carlos Raymundo MONSALVE EY- ZAGUIRRE con Libreta Electoral Nº 06236244 Técnico en Migraciones I, nivel STA, de la Dirección General de Migracio- nes y Naturalización del Ministerio del Interior. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1086-98-IN- 1300 del 1 de diciembre de 1998 se instauró Proceso Adminis- trativo Disciplinario al mencionado servidor por la presunta comisión de graves faltas de carácter disciplinario tipificadas en el Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa y Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legisla- tivo Nº 276 inciso a) al haber transgredido lo establecido en el inciso d) del Artículo 3º de la norma legal acotada al no desempeñar sus funciones con honestidad, inciso b) del Artículo 23º al percibir retribución de terceros para realizar u omitir actos del servicio, y al haber incumplido lo estable- cido en los Artículos 127º y 134º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, inciso h) al hacer uso de la función con fines de lucro e inciso l) al estar incurso en lo establecido en la segunda parte del Artículo 27º del Texto Unico Ordena- do de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Admi- nistrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS del 28 de enero de 1994 y en la presunta comisión de ilícito penal tipificado en el Artículo 393º del Código Penal; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1087-98-IN- 0109 del 1 de diciembre de 1998 se cesó al servidor Carlos Raymundo MONSALVE EYZAGUIRRE por la causal de excedencia; Que, la Secretaría General del Ministerio del Interior notificó al mencionado servidor por intermedio de la Oficina de Personal el 9 de diciembre de 1998; Que, el servidor Carlos Raymundo MONSALVE EYZA- GUIRRE no ha presentado descargo escrito ni pruebas en su defensa; De conformidad a lo establecido en los Artículos 150º, 151º, 152º, 153º, 154º, 155º y 170º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior ha reco- mendado por unanimidad se sancione con destitución al mencionado servidor, debiendo expedirse la resolución corres- pondiente; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar con destitución al servidor Car- los Raymundo MONSALVE EYZAGUIRRE con Libreta Elec- toral Nº 06236244 Técnico en Migraciones I, nivel STA, de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Mi- nisterio del Interior por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Modificar la Resolución Ministerial Nº 1087-98-IN-0109 del 1 de diciembre de 1998 que dispone cesar al servidor Carlos Raymundo MONSALVE EYZA- GUIRRE por excedencia, por la de destitución a partir del 29 de diciembre de 1998 de acuerdo a los considerandos de la presente resolución. Artículo 3º.- Disponer se inserte copia de la presente Resolución Ministerial en el legajo personal del mencionado servidor. Artículo 4º.- Disponer se remita copia de la presente Resolución Ministerial a la Presidencia del Consejo de Minis- tros para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 0643Declaran nula la R.D. Nº 1247-98-IN/ 1505 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0031-99-IN-1505 Lima, 12 de enero de 1999 Visto, el Informe Nº 2667-98-IN-0202, de 17.DIC.98, relacionado con la nulidad deducida por la EVP. "S.A.S.S. E.I.R.Ltda.", contra la Resolución Directoral Nº 1247-98-IN/ 1505 de 7.OCT.98; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 1247-98-IN/1505, de 7.OCT.98, se resuelve declarar inadmisible, por extempo- ráneo, el Recurso de Apelación interpuesto por la EVP. "S.A.S.S. E.I.R.Ltda.", contra la Resolución Directoral Nº 982-98-IN/1509, de 31.JUL.98, por no haber presentado su recurso impugnativo dentro de los quince (15) días de notifi- cado el acto administrativo cuestionado, dándose por agota- da la vía administrativa; Que, con escrito de fecha 6.NOV.98, la recurrente solicita la nulidad de la Resolución Directoral Nº 1247-98-IN/1505, de 7.OCT.98, fundamentando en el hecho que su recurso impugnativo lo presentó antes de los 15 días útiles y por tanto no era extemporáneo; así como en otros fundamentos que dicho escrito contiene; Que, luego del estudio y análisis del expediente, se observa que del Oficio Nº 4403-98-IN-1509, de 25.NOV.98, que dirige el Director de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, al Director General de Gobierno Interior, se establece que por error involuntario de la persona encargada de la recepción y registro de la documentación en la delegación al no consignar el sello y fecha en el recurso de apelación, indujo a error en cuanto a la fecha de recepción, siendo presentado verdadera- mente el 31.AGO.98, en la delegación de la DICSCAMEC - Trujillo y remitido a la DICSCAMEC-Lima, el 7.SET.98, dentro del término legal; Que, son nulos de pleno derecho los actos administra- tivos, entre otros, los dictados prescindiendo de las normas esenciales del procedimiento, y de la forma prescrita por la ley, conforme lo establece el Inc. c) del Art. 43º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos; Que, en consecuencia, al haberse expedido el acto admi- nistrativo cuestionado, prescindiendo de las normas esencia- les del procedimiento y de la forma prescrita por la ley, debe declararse nulo e insubsistente, y resolverse el recurso de apelación interpuesto de acuerdo a ley; De conformidad con lo establecido por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94- JUS de 28.ENE.94; y, Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar nula e insubsistente la Resolución Directoral Nº 1247-98-IN/1505 de 7.OCT.98, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir los actuados a la Dirección General de Gobierno Interior, para que resuelva el Recurso de Ape- lación interpuesto por la EVP. "S.A.S.S. E.I.R.Ltda.", contra la R.D. Nº 982-98-IN/1509, de 31.JUL.98, de acuerdo a ley. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 0644 PESQUERIA Prorrogan plazo otorgado a comisión técnica para presentar informe sobre situación y régimen de acceso a pesquería del recurso merluza RESOLUCION MINISTERIAL Nº 011-99-PE Lima, 12 de enero de 1999