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Pág. 168860 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de enero de 1999 Artículo 3º.- El texto de la presente resolución deberá insertarse en la Escritura Pública correspondiente para su posterior inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca y Seguros (a.i.) 0645 Amplían plazo para que empresa finan- ciera enajene bien adjudicado en pago de deuda RESOLUCION SBS Nº 1307-98 Lima, 30 de diciembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Regional del Sur, -FINSUR-, para que se le otorgue prórroga para concre- tar la venta de un bien mueble (Tina Hidromasajes), cuya tenencia ha excedido el plazo de enajenación estipulado en el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por la Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, en el referido artículo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se haya efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa deberá constituir una provi- sión hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; De acuerdo con el Informe Nº ASIF "C" 269-OT/98, y con la opinión favorable del Superintendente Adjunto de Banca; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; Ley Nº 26702; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1285-98 de fecha 28 de diciembre de 1998; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superin- tendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, para que la Financiera Regional del Sur, -FINSUR-, proceda con la enajena- ción del bien mueble (Tina Hidromasajes) adjudicado en pago de deudas del Club Lawn Tennis por US$ 9,665.44. Artículo Segundo.- Vencido el plazo de prórroga otor- gado a la Financiera Regional del Sur, -FINSUR-, sin que se haya efectuado su enajenación, dicha empresa deberá proce- der conforme a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca y Seguros (a.i.) 0562 Autorizan a la Superintendencia Ad- junta de Administración General la adquisición de hardware y software por adjudicación directa RESOLUCION SBS Nº 0019-99 Lima, 12 de enero de 1999EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Adjunta de Administración General a través del Departamento de Informática viene ejecutando las actividades del proyecto para la adecuación de los aplicativos informáticos de la Superintendencia de Banca y Seguros a los requerimientos del cambio de milenio, mediante la adecuación de sus equipos y productos informá- ticos, para lo cual se aplican las etapas establecidas en la Resolución SBS Nº 325-98; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, como estrategia para el desarrollo de sus sistemas de información, ha considerado conveniente que parelelamente a la adecua- ción de sus aplicativos informáticos se corrijan los defectos existentes y se documente las aplicaciones para la optimiza- ción del soporte de la gestión institucional; Que, como consecuencia de la estrategia enunciada en el considerando anterior y del desarrollo del plan de trabajo para la adecuación de los aplicativos informáticos a los requerimientos del cambio de milenio, la Superintendencia Adjunta de Administración General a través del Departa- mento de Informática ha identificado la necesidad de reno- var el hardware y software de la Superintendencia a fin de brindar el soporte conveniente a las adecuaciones o mejoras que se están realizando; Que, el Departamento de Informática ha elaborado el Informe Técnico Nº 014-98 de fecha 14 de diciembre de 1998 "Requerimientos de hardware y software para enfrentar el problema del cambio del año 2000", en el que se recomienda la adquisición urgente de hardware y software que permita contar con la infraestructura básica necesaria para soportar las adecuaciones y desarrollo de aplicativos que se vienen ejecutando; Que, lo anteriormente expuesto constituye una situación de urgencia de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 21º de la Ley Nº 26850, debiendo procederse a la adquisición directa de los equipos y software requeridos para la ejecución de las etapas de adecuación, validación e implementación de los aplicativos informáticos de la Superintendencia; RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar del proceso de Licitación Pública para la Adquisición de hardware y software requeri- dos como soporte de las adecuaciones y mejoramiento de los aplicativos informáticos de la Superintendencia de Banca y Seguros para el año 2000. Artículo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administración General la adquisición mediante adjudicación directa del hardware y software según lo ex- puesto en el Informe Técnico Nº 014-98 de fecha 14 de diciembre de 1998, que forma parte de la presente resolu- ción. Artículo Tercero.- La Superintendencia Adjunta de Administración General deberá cumplir con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º de la Ley Nº 26850 "Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 0551 CONASEV Autorizan viaje de funcionarios de la CONASEV para asistir a evento sobre pagos, compensaciones y liquidacio- nes, a realizarse en México RESOLUCION CONASEV Nº 013-99-EF/94.10 Lima, 11 de enero de 1999 VISTO: El Memorándum Nº 003-99-EF/94.60, de fecha 8 de enero de 1999, presentado por la Gerencia de Investiga- ción y Desarrollo, con la opinión favorable de la Gerencia General;