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Pág. 168855 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de enero de 1999 los Juzgados Especializados, buscando la eficacia y la eficien- cia en el servicio de administración de justicia, en beneficio de la ciudadanía y especialmente cautelando y protegiendo los derechos del niño y del adolescente; Que, es necesario disponer la realización de las acciones pertinentes, a efectos de brindar las facilidades a todos los Juzgados Especializados de Familia, orientados a la deter- minación y clasificación de los expedientes, conforme lo indica la resolución precitada, haciendo el inventario y depuración correspondiente de los expedientes en estado de archivo, quedando sólo los expedientes que contituyen la carga útil manejable, para su inmediata distribución y redis- tribución en los respectivos órganos jurisdiccionales, respe- tando la subespecialidad de los módulos corporativos a instalarse; Que, igualmente, conviene disponer la constitución de una Comisión de Jueces Especializados de Familia, encarga- dos de la función exclusiva de coordinación y evaluación de la labor administrativa y jurisdiccional de los módulos corpo- rativos; Que, asimismo, es de suma importancia disponer una rápida capacitación del personal que conformen los Módulos Corporativos de Apoyo a los Juzgados Especializados de Familia; Que, del mismo modo, es menester que todos los Magistrados Especializados de Familia, comiencen el proceso de capacitación en el tema del Despacho Judicial Corporativo de los Juzgados Especializados de Familia a efectos de motivar, capacitar e identificarse con el Mode- lo Corporativo orientado a conseguir el éxito en la im- plantación y funcionamiento del Despacho Judicial Cor- porativo de Familia, requiriéndose para el mejor logro de las indicadas metas el apoyo total de la Gerencia Central de la Reforma. Que, en uso de las facultades conferidas por el inciso tercero y noveno del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero .- CONFORMAR los Módulos Corpo- rativos de los Juzgados Especializados de Familia de la siguiente manera: Módulo 01 a) con Competencia en Materia Civil: 1º Juzgado Especializado de Familia: Dra. Elvira María Alvarez Olazabal (T). 2º Juzgado Especializado de Familia: Dra. Rosa Aguirre Aguilar(S). 4º Juzgado Especializado de Familia: Dra. Aurora Quintana Gurt Chamorro (T). 6º Juzgado Especializado de Familia: Dra. Rita Edith Ajalcriña Cabezudo(S). 7º Juzgado Especializado de Familia: Dra. Doris Rodríguez Alarcón(T). 8º Juzgado Especializado de Familia: Dra. Ada Dissetta De Vettori Flores(S). 9º Juzgado Especializado de Familia: Dra. Blanca Garay de Aparicio(T). 10º Juzgado Especializado de Familia: Dra. Angela Graciela Cárdenas Salcedo(S). 14º Juzgado Especializado de Familia: Dra. Yoni Leonor Angulo Cornejo de Hernández(P). b) Competencia Ejecución de Sentencia 1ºJuzgado Permanente Especializado de Familia para procesos en ejecución de Sentencia: 2ºJuzgado Permanente Especializado de Familia para procesos en ejecución de Sentencia. Módulo 02: Con Competencia en Materia Penal : 3º Juzgado Especializado de Familia: Dra. Olga Domínguez Jara. 5º Especializado de Familia: Dra. Carlos Suárez Chávez. 12º Juzgado Especializado de Familia: Dra. Cecilia Alva Rodríguez Con Competencia en Materia Tutelar 11º Juzgado Especializado de Familia: Dra. Medallit Cornejo Jurado(P). 13º Juzgado Especializado de Familia: Dra. Emma Anicama Torres(S). Artículo Segundo .- DESIGNAR a la doctora LILIANA CHAVEZ BERRIOS, como Juez Suplente a cargo del Primer Juzgado Permanente Especializado de Familia para conocer los expedientes en ejecución de sentencia o de resolución judicial que ponga fin al proceso correspondiente al módulo Uno, a partir del 13 de enero del año en curso. Artículo Tercero.- DESIGNAR a la doctora GRACIELA BERNABE QUINTANILLA SAICO, Técnico Judicial I y Abogado Hábil Aprobada para ser Magistrado Suplente como Juez Suplente a cargo del Segundo Juzgado Permanen- te Especializado de Familia para conocer los expedientes en ejecución de sentencia o de resolución judicial que ponga final proceso correspondiente al módulo Uno, a partir del 13 de enero del año en curso. Artículo Cuarto .- DESIGNAR a la doctora MONICA ELENA VILLAR BONILLA, como Juez Suplente del Segun- do Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro, a partir del 13 de enero del año en curso, en reemplazo de la Dra. Quintanilla Saico. Artículo Quinto.- DISPONER que los Juzgados de Familia de cada Subespecialidad (Civil - Penal - Tutelar), procedan a realizar la depuración de los expedientes judiciales a su cargo, remitiendo al archivo los que se encuentren en ese estado, realizando el inventario real de carga útil a manejar, en cuya actividad participarán los propios jueces y el personal de apoyo jurisdiccional. Del inventario y clasificación de carga procesal útil debe- rá de disgregarse los procesos que se encuentren en estado de Ejecución de Sentencia o de Resolución Judi- cial que ponga fin al proceso, la indicada clasificación deberá de realizarse antes de realizarse el traslado al Edificio "Javier Alzamora Valdez", dando cuenta a la Presidencia de la Corte Superior de Lima, de los indica- dos inventarios, bajo responsabilidad. Artículo Sexto.- ENCARGAR al Gabinete de Asesora- miento de la Presidencia de la Corte Superior de Lima, para que en coordinación con la Administración de esta Corte, dirijan y supervisen el proceso de redistribución de expe- dientes asignados a cada Juzgado Especializado de Familia, hasta la instalación e implantación de cada Juzgado dentro del los módulos correspondientes. Artículo Séptimo.- CONSTITUIR las comisiones de magistrados que asumirán las funciones de coordinación y evaluación de la labor administrativa y jurisdiccional de los Módulos de Familia, que a continuación se detallan: Módulo 01: Dra. Elvira María Alvarez Olazabal y Dra. Aurora Quin- tana Gurt Chamorro Módulo 02 : Dr. Carlos Suárez Chávez y Dra. Medallit Cornejo Jura- do. Artículo Octavo.- ENCARGAR al Gabinete de Asesora- miento de la Presidencia realice las coordinaciones con la Gerencia Central de la Reforma para los efectos de realizar las acciones conducentes al éxito de la implantación y puesta en funcionamiento del Nuevo Despacho Judicial Corporativo de los Juzgados Especializados de Familia de esta Corte Superior, dando cuenta a la Presidencia de la labor encomen- dada. Artículo Noveno.- ENCARGAR al Gabinete de Ase- soramiento de la Presidencia realizar las acciones perti- nentes para los efectos de apoyar al Corporativo de los Juzgados de Familia, buscando líneas de capacitación permanente de magistrados del módulo y los respectivos Auxiliares Jurisdiccionales y demás personal involucra- do en dichos módulos, requiriendo el apoyo de la Geren- cia Central de la Reforma y del POI del Módulo Corpora- tivo de Familia. Artículo Décimo.- DISPONER que la Administración de la Corte Superior de Lima (departamento de Logística), preste el apoyo necesario para el éxito de la puesta en funcionamiento, continuidad y permanencia en el servicio de los módulos corporativos del Juzgado Especializado de Familia. Artículo Décimo Primero.- DISPONER que los días 25, 26 y 27 de enero del año en curso, la atención del despacho judicial correspondiente a los Juzgados Especializados de Familia, sea hasta las 13.00 horas, suspendiéndose los térmi- nos para los efectos de los actos procesales, por lo que es necesario dar la publicidad a la presente disposición para que los justiciables realicen las gestiones propias dentro del horario dispuesto, medida adoptada por la Presidencia, a fin de dar una mejor calidad de servicio . Artículo Décimo Segundo.- Poner la presente reso- lución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, del Ministerio Público, de la Gerencia Central de la Reforma, de la Gerencia General del Poder Judicial y de la Administración de esta Corte Superior y para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 0650