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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 1999 (14/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 168859 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de enero de 1999 Anexo BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financie- ro y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten- dencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702) Relación de bienes adjudicados por obligaciones de deu- dores, sobre los cuales se autoriza a la Caja Rural de Ahorro y Crédito de la Región San Martín prórroga de seis meses para su venta, conforme con lo dispuesto en el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros. TIPO DE DESCRIPCION / FECHA DE VALOR EN PRORROGA BIEN UBICACION ADJUDI- LIBROS DE CACION TENENCIA Predio Sector :Coperholta 97.12.31 S/. 20 285,25 99.6.29 Rústico Distrito :Tarapoto Provincia :San Martín Dpto. :San Martín Predio Sector :Nuevo Egipto 97.12.31 S/. 20 238,81 99.6.29 Rústico Distrito :San Hilarión Provincia :Picota Dpto. :San Martín Predio Sector :San Juan "El 98.1.15 S/. 31 299,20 99.7.14 Rústico Triunfo" Distrito :Rioja Provincia :Rioja Dpto. :San Martín Inmueble Prolong. :Manuel del 97.12.31 S/. 7 612,48 99.6.29 Urbano Aguila Nº 126 Barrio Calvario Distrito :Moyobamba Provincia :Moyobamba Dpto. :San Martín Inmueble Esquina :Independencia Urbano y Vicente 97.12.31 S/. 6 965,81 99.6.29 Nájar Barrio Lluillucucha Distrito :Moyobamba Provincia :Moyobamba Dpto. :San Martín 0592 Aprueban modificación de estatuto social de caja rural de ahorro y crédito RESOLUCION SBS Nº 1278-98 Lima, 23 de diciembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren S.A. para que se le autorice la modificación integral de su Estatuto Social en adecuación a la Ley Nº 26887; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Junta General de Accionistas de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren S.A., celebrada el día 18 de setiembre del año en curso, se acordó la modificación integral del Estatuto Social de la referida empresa; Que el proyecto de minuta de modificación estatutaria ha sido formulado de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia; Estando a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica mediante Informes Nº 1158-98-DL y Nº 1014-98-DL, y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Banca, y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 14º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702;RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar, en los términos propues- tos, la modificación integral del Estatuto Social de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren S.A., cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este organismo y devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente resolución, para su inscripción en el Registro Público correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 0597 Autorizan a empresa la primera emi- sión pública de pagarés RESOLUCION SBS Nº 1301-98 Lima, 30 de diciembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por Lima Leasing S.A., para que se le autorice la Primera emisión pública de Pagarés hasta por la suma de US$ 20 000 000,00 (Veinte millones y 00/100 dólares americanos) al plazo máximo de 180 días calendario contados a partir de la fecha de emisión de cada serie; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 221º numeral 14 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, faculta a las empresas a emitir y colocar pagarés; Que, el Artículo 232º de la citada Ley General establece que para la emisión de instrumentos financieros, que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por resolucion de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el Artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, la Junta General de Accionistas celebrada el 10 de noviembre de 1998, acordó la Primera emisión pública de Pagarés hasta por la suma de US$ 20 000 000,00 (Veinte millones y 00/100 dólares americanos) y delegar las facultades necesarias y suficientes a favor del Geren- te General de la sociedad para que conjuntamente con el Directorio, decidan las características básicas de la emi- sión o en su defecto de la delegación de la facultad mencionada; Que, Lima Leasing S.A. ha cumplido con presentar la documentación requerida en el Artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores y Circular Nº B-2014-98; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras y la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica a través de los Informes Nºs. ASIF"C"-261-OT/98 y 1114-98-LEG, respectivamente; y, con la opinión favorable del Superintendente Adjunto de Banca; En uso de las atribuciones conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; y mediante Resolución SBS Nº 1285-98 del 28 de diciembre de 1998; RESUELVE: Artículo 1º.- Opinar favorablemente para que Lima Leasing S.A. realice la Primera emisión pública de Pagarés, hasta por un máximo de US$ 20 000 000,00 (Veinte millones y 00/100 dólares americanos) debiéndose adecuar a la Ley del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Los recursos que capte Lima Leasing S.A. de la emisión pública de pagarés del valor a ser inscrito por la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV - en el Registro Público correspondiente, deberán destinarse exclusivamente al pago de obligaciones financie- ras asumidas por Lima Leasing S.A.