Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 1999 (15/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 168903 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de enero de 1999 mica y financiera, consecuencia de la mala administración de la anterior gestión, por lo que resulta imperioso tomar las medidas necesarias a fin de revertir tal situación, sin interrumpir los servicios que se brindan a la comunidad; Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 en su Artículo 21º, faculta a los gobiernos locales a declarar la Situación de Urgencia cuando la ausencia de un bien o de un servicio comprometa la conti- nuidad de un servicio esencial o de operaciones productivas; Estando a lo acordado por mayoría en Sesión de Concejo de la fecha, y con dispensa del trámite de lectura y aproba- ción del acta, y de acuerdo a sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar en SITUACION DE UR- GENCIA, por un plazo de cuarenticinco (45) días calendario los siguientes servicios municipales: - Adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche. - Limpieza y aseo de locales. - Mantenimiento de áreas verdes. - Servicios No Personales. - Serenazgo. Artículo Segundo.- Autorizar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía y en uso de sus atribucio- nes disponga las medidas extraordinarias que se requieran. Artículo Tercero.- El presente acuerdo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 0714 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Aprueban monto de dieta que percibi- rán regidores por asistencia efectiva a cada sesión de concejo ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-99-MDSA Santa Anita, 8 de enero de 1999 Visto, en sesión de concejo de fecha 7.1.99 la moción de orden de fecha 7.1.99, sobre monto de la Dieta que percibi- rán los señores Regidores en el año 1999; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo prescrito por el Art. 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 modificado por la Ley Nº 26317, los Alcaldes y Regidores son rentados, según lo permita su presupuesto y la disponibilidad de sus recur- sos propios; Que, la percepción de la Dieta está condicionada a la asistencia efectiva de los regidores a las sesiones de concejo, quienes cumplen labores establecidos por ley directamente a través de las comisiones que integran o en labores ante la misma comunidad; Que, conforme lo establece el primer párrafo del Art. 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades concordante con la Ley Nº 26317, el Concejo Municipal debe sesionar ordina- riamente cuando menos una vez cada 15 días, cumpliendo adicionalmente labores permanentes dentro o fuera del recinto municipal; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853 y con el voto aprobatorio del Concejo Municipal; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la Dieta que percibirán los señores Regidores de la Municipalidad Distrital deSanta Anita, para el Ejercicio Presupuestal de 1999, por la asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo en S/. 2,060.00 (Dos Mil Sesenta 00/100 Nuevos Soles), sujeto a las retenciones y deducciones de ley, abonándose hasta por un máximo de 2 (dos) sesiones al mes, pudiéndose celebrar más de las dos sesiones según las necesidades del Concejo. Artículo Segundo.- Encárguese al Director Munici- pal, y al Director de Administración el cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, publíquese y archívese. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 0595 Designan ejecutor coactivo de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 01949-98-ALC/MDSA Santa Anita, 23 de noviembre de 1998 Visto, el Informe Nº 01-98-CECPM-MDSA de la Comi- sión Especial del Concurso Público de Méritos para Desig- nación del Ejecutor Coactivo y Auxiliares Coactivos; y, CONSIDERANDO: Que el Supremo Gobierno con fecha 23.9.98 ha promul- gado la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, para las entidades de la Administración Pública Nacional, disponiéndose en su Séptima Disposición Com- plementaria que en el plazo de 60 días hábiles a partir de su publicación dichas entidades procederán a convocar a con- curso público de méritos para la designación del Ejecutor y Auxiliares Coactivos; Que, en aplicación de la ley antes señalada la Munici- palidad Distrital de Santa Anita efectuó el Concurso Públi- co de Méritos para la cobertura de los cargos de Ejecutor Coactivo y Auxiliares Coactivos conformándose para el efecto, la comisión respectiva quien emite el Informe Nº 01- 98-CECPM-MDSA en el que se consigna los puntajes obte- nidos por cada uno de los postulantes a Ejecutor Coactivo y Auxiliares Coactivos, en mérito al cual corresponde decla- rar ganador de la plaza de Ejecutor Coactivo sometido a concurso; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 26979 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con la visación del asesor legal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar ganador del Concurso Público de Méritos para la Designación del Ejecutor Coac- tivo y Auxiliares Coactivos de la Municipalidad Distrital de Santa Anita al abogado Dr. PEDRO CALDERON MEZA, para el cargo de Ejecutor Coactivo. Artículo Segundo.- Desígnese a partir de la fecha al Dr. Pedro Calderón Meza en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, cargo consi- derado de confianza. Artículo Tercero.- Encargar al Jefe de la Unidad de Personal el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 0656 Designan auxiliar coactivo de la muni- cipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0006-99-ALC/MDSA Santa Anita, 2 de enero de 1999