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Pág. 168931 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de enero de 1999 Artículo 12º.- Declarar INFUNDADA la oposición presen- tada por la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A. - AEROPERU S.A., por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENDOZA MELENEZ Director General Dirección General de Transporte Aéreo 0823 Modifican permiso de operación de ser- vicio aéreo especial remunerado comer- cial otorgado a empresa RESOLUCION DIRECTORAL Nº 189-98-MTC/15.16 Lima, 21 de diciembre de 1998 Vista la solicitud de AVIACION DEL SUR S.A. - AVIASUR, sobre Modificación de Permiso de Operación de Servicio Aéreo Especial Remunerado Comercial. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 557-97-MTC/15.16 del 7 de noviembre de 1997, se otorgó a AVIACION DEL SUR S.A. - AVIASUR, un Permiso de Operación para prestar Servicio Aéreo Especial Remunerado Comercial por el plazo de cinco (5) años; Que, según los términos del Memorándum Nº 060-98-MTC/ 15.16.02, Memorándum Nº 035-98-MTC/15.16.05.3, Memorán- dum Nº 124-98-MTC/15.16.05.2 y Memorándum Nº 0448-98- MTC/15.16.6 emitidos por la Dirección de Asesoría Legal, Sub- dirección de Operaciones, Subdirección de Material Aeronáutico y Dirección de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronáutico, respectivamente; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronáutica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su reglamento, las Regulaciones Aeronáuticas del Perú, Ley Nº 26917 y demás disposiciones legales vigentes; Que, en aplicación de la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 26917, AVIACION DEL SUR S.A. - AVIASUR ha solicitado, con fecha 10 de diciembre de 1998, adecuarse a los términos y condiciones establecidos en la indicada ley, correspondiendo, en consecuencia, que la Dirección General de Transporte Aéreo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, resuelva lo solicita- do mediante la respectiva Resolución Directoral; Que, la administración en aplicación del principio de presun- ción de veracidad acepta las declaraciones juradas y la presen- tación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronáu- tica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, las Regulaciones Aeronáuticas del Perú, la Ley Nº 26917 y demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar -en el extremo pertinente- el Artícu- lo 2º de la Resolución Ministerial Nº 557-97-MTC/15.16, que otorgó a AVIACION DEL SUR S.A. - AVIASUR, Permiso de Operación de Servicio Aéreo Especial Remunerado Comercial, quedando de la siguiente forma: MATERIAL AERONAUTICO: - Helicópteros MI-8AMT. - Helicópteros MI-8MT. - Helicópteros MI-17. Artículo 2º.- La vigencia del presente Permiso de Opera- ción queda condicionada a la obligación por parte de AVIACION DEL SUR - AVIASUR, de otorgar la garantía global que esta- blece el Artículo 19º de la Ley Nº 26917, dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguien- te de la publicación del reglamento de la Ley antes citada, en los términos y condiciones que éste establezca. El incumplimiento de esta obligación determinará la automática revocación del presente Permiso de Operación. Artículo 3º.- Si la administración verificase la ocurrencia de un fraude o falsedad en la documentación presentada o en lasdeclaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Transporte Aéreo, al amparo del Artículo 6º y demás normas concordantes de la Ley de Simplificación Administrativa, decla- rará nulo de pleno derecho el acto o proceso administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauración del correspondien- te proceso penal, conforme a lo previsto en el Artículo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Artículo 4º.- Los demás términos de la Resolución Ministe- rial Nº 557-97-MTC/15.16 del 7 de noviembre de 1997, conti- núan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENDOZA MELENEZ Director General Dirección General de Transporte Aéreo 0407 Autorizan a empresa de transportes la ampliación de ruta RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1372-98-MTC/15.18. Lima, 9 de noviembre de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02610010, organiza- do por la Empresa de Transportes EXPRES INTERNACIO- NAL PEREZ S.R.L., sobre ampliación de ruta e Informe Técnico Nº 1113-98-MTC/15.18.04.1. de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Reglamento del Servicio apro- bado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supre- mo Nº 019-97-MTC, para la Ampliación de Ruta del servicio autorizado por Resolución Directoral Nº 915-97-MTC/15.18, de 22 de octubre de 1997; Que, la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacio- nal e Internacional en Informe Nº 1113-98-MTC/15.18.04.1., indica haber revisado la documentación correspondiente, para la ampliación de ruta: Lima - Churín hasta la ciudad de Oyón, solicitado por la Empresa de Transportes EXPRES INTERNA- CIONAL PEREZ S.R.L., dando su conformidad recomienda procedente la petición; Estando a las opiniones de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum Nº 3298-98-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 1297-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del Servicio, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070- 89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02- 94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR a la Empresa de Transportes EX- PRES INTERNACIONAL PEREZ S.R.L. concesionaria de la ruta: Lima - Churín y viceversa, autorizada por Resolución Directoral Nº 915-97-MTC/15.18, de fecha 22 de octubre de 1997; la ampliación de ruta solicitada hasta la ciudad de Oyón; en consecuencia, se modifica el Artículo Primero de la referida resolución, la que quedará redactada en los términos siguientes: RUTA :LIMA - OYON y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :OYON ITINERARIO :HUAURA - SAYAN - MIRAHUAY - CHURIN - AYARPONGO ESCALA COMERCIAL :DIRECTO FRECUENCIAS :Una (1) diaria FLOTA VEHICULAR :Dos (2) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Un (1) ómnibus: UO-6020 (1995) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UO-9342 (1995) HORARIOS :Salida de Lima: 6.00 horas Salida de Oyón: 14.00 horas Los ómnibus señalados anteriormente, sólo podrán ser uti- lizados en el servicio si portan la tarjeta de circulación vehicular respectiva.