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Pág. 168944 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de enero de 1999 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Recepcionan obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distri- to de Surquillo RESOLUCION Nº 344-98-MML-DMDU Lima, 29 de diciembre de 1998 LA DIRECCION MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Visto, el Expediente Nº 038543, Nº 030196 y Nº 039706 seguidos por LA COOPERATIVA PRO VIVIENDA PROPIA DE EMPLEADOS DEL BANCO CONTINENTAL LTDA. Nº 159 (CAPEBCO) por los que solicita la Recepción de Obras de Habilitación Urbana del terreno de 46,656.50 m2 perteneciente a un área mayor de 51,427.00 m2 de su propiedad constituido por parte del lote E-2 del ex fundo La Calera, ubicado en el distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo Nº 04 de la Comisión de Habilitación Urbana tomado en Sesión Nº 36-97 de fecha 3 de octubre de 1997 se aprobó el proyecto reajustado correspondiente al terreno de 51,427.00 m2, ubicado en el distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, considerando que el área de Comercio es de 1,719.00 m2, y que los déficit de aportes de Recreación Pública de 1,160.82 m2, del Ministerio de Educación de 47.35 m2 y de Otros Fines de 43.35 m2 serán redimidos en dinero, ubicándolos para efectos de tasación con frente a la Av. Avia- ción; Que, de lo expuesto en el Informe Nº 301-98-MML-DMDU- DGO-DHU-DCO del 2 de noviembre de 1998 de la División de Control de Obras, de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, se establece que la recurrente ha cumplido con presentar la docu- mentación requerida para el trámite según el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Orde- nanza Nº 151 del 25 de junio de 1998; Con lo recomendado por la Dirección de Habilitaciones Urbanas y con la visación de la Dirección General de Obras; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Art. 3º del Decreto de Alcaldía Nº 081- 97 del 30 de octubre de 1997; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECEPCIONAR las Obras de Habili- tación Urbana de acuerdo con el Plano signado con el Nº 163-98- MML-DGO-DHU del terreno de CUARENTISEIS MIL SEIS- CIENTOS CINCUENTISEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (46,656.50 m2) que forma parte de un área mayor de CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS (51,427.00 m2) constituido por parte del lote E-2 del ex fundo La Calera, ubicado en el distrito de Surquillo, provincia y departa- mento de Lima, y autorícese la libre adjudicación de los lotes según el siguiente cuadro de áreas: Manzana Nº lotes Numeración Areas (m2) A 19 1 al 19 3,330.59 B 18 1 al 18 3,277.25 C 13 1 al 13 2,756.78 D 16 1 al 16 2,731.89 E 02 + área de 1 y 2 + área de 1,470.00 compensación compensación E-1 10 1 al 10 1,712.30 E-2 09 1 al 9 1,801.80 E-3 10 1 al 10 1,777.91 E-4 12 1 al 12 2,147.44 F 01 1 1,837.25 TOTAL 110 22,843.21Del área bruta restante de 28,583.79 m2 corresponde 5,920.00 m2 a Vía Metropolitana (Av. Aviación), 4,770.50 a área ocupada por terceros (pendiente de habilitación), 1,960.00 m2 a Recreación Pública (parque Pablo Vizcardo y Guzmán) y 15,933.29 m2 a área de circulación y vías. El lote Nº 1 con 733.00 m2 y Nº 2 con 707.00 m2 de la manzana "E" están destinados al Ministerio de Educación y a Otros Fines respectivamente. Artículo Segundo.- DISPONER que los propietarios de la habilitación queden obligados a insertar en los contra- tos de compraventa que celebren, las cláusulas que esta- blezcan la indivisibilidad de los lotes que estarán destina- dos a Uso Residencial, excepto los lotes Nº 1 y Nº 2 de la manzana "E" que corresponden a los aportes reglamenta- rios y el lote Nº 1 de la manzana "F" destinado para uso de Comercio Vecinal. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente resolu- ción a la Municipalidad Distrital de Surquillo para que incorpore al radio de su jurisdicción la habilitación que se recepciona, a la Superintendencia Nacional de Administra- ción Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines y a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción correspondiente. Regístrese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal (e) Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 0709 MUNICIPALIDAD DE ATE Declaran en situación de urgencia diversos servicios municipales ACUERDO DE CONCEJO Nº 001 Ate, 7 de enero de 1999 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Art. 191º, determina a las Municipalidades como órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asun- tos de su competencia; Que, la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, norma la organización, autonomía, funciones y recursos de las municipalidades, siendo aplicables además las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución regula las actividades y funcionamiento del sector público; Que, actualmente la Municipalidad de Ate Vitarte para el logro de sus fines y desempeño de sus funciones, enfrenta diversos problemas y limitaciones referidas a su organización, funcionamiento, adecuada prestación de servicios públicos en- tre otros; Que, en este contexto es necesario que la Corporación Edili- cia asuma a plenitud sus funciones y rol de promotor de desarro- llo; Estando a las consideraciones expuestas y con el voto uná- nime de los señores regidores; ACORDO: Artículo Primero.- Declarar en situación de urgencia por un período de 120 días calendario, los siguientes servicios municipales: Limpieza Pública, Recolección de Residuos Sóli- dos, Vaso de Leche, Seguridad Ciudadana, Mantenimiento de Areas Verdes, Servicios Administrativos a Vecinos y Contribu- yentes.