Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 1999 (16/01/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de enero de 1999

Queda vigente lo demas que contiene, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta resolucion. Segundo.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Tercero.- La presente resolucion se publicara conforme a ley en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 0825

Otorgan permiso excepcional para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros a favor de empresa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1486-98-MTC/15.18 MORDAZA, 14 de diciembre de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02551010 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA ROSITA DE QUIVES S.A., sobre autorizacion de Permiso Excepcional para la prestacion de servicio en la ruta: Lima-Canta y viceversa e Informe Nº 1111-98-MTC/15.18.04.1 de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-98-MTC, se dispone otorgar permisos excepcionales para realizar servicio publico de transporte de pasajeros a las empresas de transporte en rutas y distancias cortas menores de 100 km. de recorrido; Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la prestacion del servicio propuesto; Que, la documentacion adjunta al Expediente Nº 02551010 ha sido revisada y analizada tecnicamente por la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Informe Nº 1111-98-MTC/15.18.04.1, dando su conformidad, recomienda la procedencia de lo solicitado por la empresa; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 3323-98-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 1427-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC, Decreto Supremo Nº 015-98-MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar el Permiso Excepcional a favor de la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA ROSITA DE QUIVES S.A., para que preste Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros, hasta el 31 de diciembre del ano 2000, computados a partir de la fecha de expedicion de esta resolucion, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 015-98-MTC, en la ruta: Lima-Canta y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : LIMA-CANTA y viceversa : MORDAZA : CANTA : YANGAS-SANTA MORDAZA DE QUIVES-YASO : Cuatro (4) diarias : Tres (3) omnibus

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- El permiso excepcional que se autoriza en el articulo anterior, se sujetara a los reglamentos y disposiciones vigentes que se dicten para el ano 2000. Tercero.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Cuarto.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado reglamento. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 0424

Otorgan concesion a empresas para prestar servicio de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1547-98-MTC/15.18 MORDAZA, 22 de diciembre de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02782010 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA ROSITA DE QUIVES S.A., sobre Concesion de Ruta: Lima-Lachaqui y viceversa e Informe Nº 1162-98-MTC/15.18.04.1 de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13 del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97MTC, para la prestacion del servicio propuesto; Que, la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Informe Nº 1162-98-MTC/15.18.04.1, expresa haber revisado la documentacion y encontrado conforme, por lo que, recomienda otorgar a favor de la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA ROSITA DE QUIVES S.A. la concesion de ruta: Lima-Lachaqui y viceversa; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 3495-98-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 1436-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 01997-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA ROSITA DE QUIVES S.A. la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucion, en la ruta: Lima-Lachaqui y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA.ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIA FLOTA VEHICULAR : LIMA-LACHAQUI y viceversa : MORDAZA : LACHAQUI : MORDAZA MORDAZA DE QUIVES-CANTA -PARIAMARCA : CANTA : Una (1) diaria : Dos (2) omnibus

: Dos (2) omnibus: UQ-1123 (1992) y UQ-5528 (1989) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UQ-1695 (1980) : Salida de Lima: 5.00 a.m., 9.00 a.m., 13.00 p.m. y 17.00 horas Salida de Canta: 5.00 a.m., 9.00 a.m., 13.00 p.m. y 17.00 horas.

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