Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 1999 (16/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, sabado 16 de enero de 1999

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Nacional Penitenciario comunica las irregularidades que habria cometido el ex servidor MORDAZA Jhon MORDAZA MORDAZA, en su calidad de ex Administrador del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Ica, en el periodo de JUN.97 a MAR.98, debido a que durante su gestion no cumplio con cancelar a diferentes proveedores, como bodega "Senor de Luren", de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, adeudandosele por la venta de pan la suma de S/. 4,552.00 Nuevos Soles, Comercial "El Zorzalito" de Telio Nase MORDAZA MORDAZA, a quien por el expendio de tuberculos se le adeuda S/. 1,841.40 Nuevos Soles, "Pescados y Mariscos" de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuya deuda asciende a S/. 1,268.00 Nuevos Soles, "Comercial "Fray Ramon" de Milagritos MORDAZA La MORDAZA MORDAZA, proveedora de carne de pollo, menudencias y huevos, encontrandose pendiente de pago la suma de S/. 2,350.00 Nuevos Soles; de otra parte, no habria llevado un control adecuado sobre la administracion del Penal, pues se le ha detectado no tener los libros contables de ingresos y egresos de productos del almacen; se ha evidenciado ademas, que al momento de realizar las rendiciones mensuales de cuentas correspondientes a los meses de enero y febrero del presente ano, habria presentado facturas y boletas supuestamente falsas y/o adulteradas,como la boleta de venta de fecha 29/1/98 por S/. 2,684.50 Nuevos Soles debiendo ser tan solo por S/. 2,350.00 N.S. correspondiente a Comercial Fray MORDAZA, boletas de venta de fechas 29/1/98, 10/2/98 y 11/2/98, por S/. 603.50, S/. 1,012.98 y S/. 218.00 Nuevos Soles, respectivamente y que pertenecen al puesto de limones de Maruja MORDAZA MORDAZA quien no tiene la condicion de proveedora del INPE, y boleta de venta de fecha 6/ 2/98 por S/. 1,687.50 Nuevos Soles del puesto de limones "El Dragon Chino" de MORDAZA Ku el mismo que segun se ha constatado ha fallecido hace 3 anos; observandose asimismo, que la rendicion de cuenta por racionamiento del mes de FEB.98 la realizo en forma extemporanea ocasionando con ello malestar administrativo en la institucion; no habria justificado tambien las 8,000 raciones entregadas por emergencia para ser administradas durante el mes de FEB.98 producto del Fenomeno del Nino; finalmente destacado en la Sede Central del INPE, al servicio de seguridad de MORDAZA principal, el dia 11 de junio del 98, no cumplio con presentarse al servicio, sorprendiendo al personal del grupo saliente, toda vez que mediante una llamada telefonica y aduciendo motivos carentes de justificacion solicito registren su asistencia; Por lo expuesto, se ha evidenciado la existencia de elementos de juicio suficientes que ameritan que el ex servidor MORDAZA Jhon MORDAZA MORDAZA, ex Administrador del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Ica, habria incumplido los Incs. a), b), c) y d) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en los Incs. a), d), f) y h) del Art. 28º del citado dispositivo legal; Estando al Dictamen Nº 167-98-INPE-OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica, el informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Ley Nº 26814, la Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS; en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial Nº 21798-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario al ex servidor del Instituto Nacional Penitenciario MORDAZA Jhon MORDAZA MORDAZA, ex Administrador del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de ICA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El ex servidor tiene derecho de formular su descargo escrito y presentar las pruebas convenientes a su defensa, ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario, dentro del termino de ley. Articulo 3º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente Comision Reorganizadora 0768 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA Nº 610-98-INPE-CR-P MORDAZA, 31 de diciembre de 1998 Vistos, el Informe Nº 177-98-INPE-CPPAD, de fecha 7 de diciembre de 1998, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos y Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario.

Que, mediante Hoja Informativa Nº 001-98-INPE/DRSOOAI, de fecha 23 de MORDAZA de 1998, la Oficina de Auditoria Regional de la Direccion Regional Sur Oriente-Cusco del Instituto Nacional Penitenciario, comunica el resultado de las investigaciones en torno a la perdida de motor de MORDAZA circular MORDAZA Rexon Asever 2HP, asignado al Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Abancay; Que, del analisis de los documentos obrantes en autos, se aprecia que el dia 24 de MORDAZA de 1997 en el Establecimiento Penitenciario de Abancay, fue recepcionada la maquina MORDAZA circular MORDAZA Rexon Asever 2HP, por la servidora del INPE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Coordinadora del Establecimiento Penitenciario de Sentanciados de Abancay, suscribiendo las actas y Pecosa respectivamente, no habiendo desembalado en forma diligente e inmediata a la recepcion hecha por el abogado MORDAZA Martiarena MORDAZA, quien fue comisionado para entregar dicho bien, siendo depositado en el almacen por casi 3 meses y 17 dias, para luego el 18 de setiembre de 1997 al ordenarsele abrir el embalaje y armar dicha maquina, le faltaba el motor, ante estos hechos la referida ex Coordinadora solo se limita a solicitar a la Direccion Regional Sur Oriente MORDAZA, la compra de un motor para la MORDAZA circular; Que, ha quedado evidenciado la existencia de suficientes elementos de juicio que permiten establecer que la servidora MORDAZA referida, habria incumplido lo dispuesto en el Articulo 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, los incisos a) y b) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en los incisos a) y d) del Articulo 28º del mismo dispositivo legal; Estando al informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Ley Nº 26814 y Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial Nº 217-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR, MORDAZA Administrativo Disciplinario a la servidora del INPE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Coordinadora del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Abancay de la Direccion Regional Sur Oriente MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- La servidora procesada tiene derecho a presentar sus descargos y pruebas convenientes a su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, conforme a ley. Articulo 3º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente Comision Reorganizadora 0769 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA Nº 611-98-INPE-CR-P MORDAZA, 31 de diciembre de 1998 Vistos, el Informe Nº 181-98-INPE-CPPAD, de fecha 16 de diciembre de 1998, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos y Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 130-98-INPE/DRC-OAI, de fecha 1 de junio de 1998, la Auditoria Regional de la Direccion Regional Centro-Huancayo del Instituto Nacional Penitenciario, remite la ampliacion de la investigacion en relacion a la Hoja Informativa Nº 005-97-INPE/DRC-OAI, en torno a la responsabilidad de servidores de la Direccion Regional Centro-Huancayo, MORDAZA DE MORDAZA CUYUBAMBA TENICELA y la ex servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA GILVONIO, quienes habrian aprobado irregularmente rendiciones de cuenta de comprobantes de pago, correspondiente al racionamiento de internos del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Yanamilla-Ayacucho; Que, del analisis de los documentos obrantes en autos, se infiere que la servidora MORDAZA DE MORDAZA CUYUBAMBA TE-

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