Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 1999 (22/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, viernes 22 de enero de 1999

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

http://www.editoraperu.com.pe
Pag. 169055

ANO XVII - Nº 6786

PCM

DEFENSA

Conforman la Comision de Apoyo a la Prorrogan Estado de Emergencia en lucha contra los delitos de contraban- diversas provincias y distritos de los do y defraudacion de rentas de aduana departamentos de MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, HuancaveliRESOLUCION SUPREMA Nº 041-99-PCM ca, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
MORDAZA, 21 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26461 se aprobo la Ley de los Delitos Aduaneros; Que, mediante la Primera Disposicion Final de la ley mencionada en el considerando precedente se creo una Comision de Apoyo, dependiente del Ministerio de Economia y Finanzas, con la funcion de coordinar con los diferentes sectores vinculados con la prevencion y represion de los delitos contemplados en la indicada ley, la misma que debe contar con la participacion de los sectores publico y privado; Que, la Disposicion Transitoria MORDAZA senalada dispone que por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas se establecera la conformacion de la referida Comision de Apoyo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26461; SE RESUELVE: Articulo 1º.- La Comision de Apoyo a la lucha contra los delitos de contrabando y defraudacion de rentas de aduana, creada mediante la Ley Nº 26461, estara conformada de la siguiente manera: - El Ministro de Trabajo y Promocion Social, quien la presidira; - El Ministro de Interior; - El Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; - El Ministro de Defensa; - El Superintendente Nacional de Aduanas; - El Superintendente Nacional de Administracion Tributaria; - La Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico; - Tres representantes de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP. El Secretario Tecnico de la Comision sera designado por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Articulo 2º.- Los representantes de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas seran designados por el Ministro de Trabajo y Promocion Social, en base a las ternas que para el efecto le presente dicha entidad. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 1094 DECRETO SUPREMO Nº 002-DE/CCFFAA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Visto el Oficio Nº 018-CCFFAA-DOP/PLN de fecha 6 de enero de 1999 del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, mediante el cual solicita se prorrogue el Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) dias en los departamentos de MORDAZA (excepto las provincias de PUERTO MORDAZA, YAROWILCA, DOS DE MORDAZA y distrito de HUACRACHUCO de la provincia del MARANON), SAN MORDAZA y el distrito de YURIMAGUAS de la provincia de ALTO AMAZONAS del departamento de MORDAZA, por cuanto aun subsisten algunas manifestaciones de perturbacion del orden interno y es necesario concluir el MORDAZA de pacificacion en esta MORDAZA del pais. CONSIDERANDO: Que dentro del MORDAZA legal establecido por la Constitucion Politica del Peru, es necesario adoptar medidas tendentes a preservar y restablecer el orden interno; En uso de las atribuciones que le confiere el Articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorrogar el Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) dias a partir del 24 de enero de 1999 en los departamentos de MORDAZA (excepto las provincias de PUERTO MORDAZA, YAROWILCA, DOS DE MORDAZA y distrito de HUACRACHUCO de la provincia del MARANON), SAN MORDAZA y el distrito de YURIMAGUAS de la provincia de ALTO AMAZONAS del departamento de LORETO. Articulo 2º.- Suspendase con dicho fin en las jurisdicciones MORDAZA mencionadas, el ejercicio de los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9), 11) y 12) del Articulo 2º y en el inciso 24) apartado f. del mismo articulo, de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- Las Fuerzas Armadas asumiran el control del orden interno, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24150, modificada con el Decreto Legislativo Nº 749. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Defensa e Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de enero de mil novecientos noventinueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 1060

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