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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 1999 (22/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 169060 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de enero de 1999 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a FIRSTCOM S.A., la concesión para la explotación del Servicio Público Portador de Larga Distancia Nacional, por el plazo de veinte (20) años, en el área de concesión de la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a cele- brarse con FIRSTCOM S.A., para la prestación del Servicio Público a que se refiere el anterior artículo, el que consta de veinticuatro (24) cláusulas y tres (3) anexos y que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representación del Ministerio, suscriba el Contrato de Con- cesión que se aprueba mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario, computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial; para el efecto deberá cumplir, previamente, con presentar Carta Fianza, el pago por derecho de concesión, pago de canon si corresponde, así como el pago de la publicación de esta resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1072 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 024-99-MTC/15.03 Lima, 21 de enero de 1999 Visto, la solicitud del 18.8.98 presentada por la empresa FIRSTCOM S.A., sobre otorgamiento de concesión para la prestación del Servicio Público Portador de Larga Distancia Internacional en la República del Perú; CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por D.S. Nº 006-94-TCC, modificado por D.S. Nº 005-98-MTC y D.S. Nº 022-98-MTC y el D.S. Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, los Servicios Públicos Portadores de Larga Distancia Internacional, así como las atribuciones referidas al otorgamiento de las conce- siones del mismo, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por Resolución del Titular del Sector; Que, mediante Informes Nºs. 275-98-MTC/15.03.UECT, 302-98-MTC/15.03.UECT y 004-99-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicacio- nes opina que es procedente el otorgamiento de la concesión solicitada por la empresa FIRSTCOM S.A.; habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión del Servicio Público Portador de Larga Distancia Internacional; Que, en cumplimiento a lo establecido en el literal g) del Artículo 6º del Reglamento del OSIPTEL, dicho organismo ha encontrado conforme el Proyecto del Contrato de Conce- sión, objeto de la solicitud de concesión presentada por la recurrente; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, resulta procedente otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar la suscripción del mismo; De conformidad con lo dispuesto en los DD.SS. Nº 013-93- TCC, Nº 006-94-TCC, Nº 007-97-MTC, Nº 005-98-MTC, Nº 020-98-MTC, Nº 021-98-MTC y Nº 022-98-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Vice- ministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a FIRSTCOM S.A., la concesión para la explotación del Servicio Público Portador de Larga Distancia Internacional, por el plazo de veinte (20) años, en la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a cele- brarse con FIRSTCOM S.A., para la prestación del Servicio Público a que se refiere el anterior artículo, el que consta de veinticuatro (24) cláusulas y tres (3) anexos y que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representación del Ministerio, suscriba el Contrato de Con- cesión que se aprueba mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario, computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial; para el efecto deberá cumplir, previamente, con presentar Carta Fianza, el pago por derecho de concesión, pago de canon si corresponde, así como el pago de la publicación de esta resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1073 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 025-99-MTC/15.03 Lima, 21 de enero de 1999 Visto, la solicitud del 2.9.98 presentada por GLOBAL VILLAGE TELECOM N.V., sobre otorgamiento de concesión para la prestación de los Servicios Públicos Portadores de Larga Distancia Nacional e Internacional en la República del Perú; CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por D.S. Nº 006-94-TCC, modificado por D.S. Nº 005-98-MTC y D.S. Nº 022-98-MTC y el D.S. Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, los Servicios Públicos Portadores de Larga Distancia Nacional e Internacio- nal, así como las atribuciones referidas al otorgamiento de concesión de los mismos, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por Resolución del Titular del Sector; Que, mediante Informes Nºs. 304-98-MTC/15.03.UECT y 005-99-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina que es procedente el otorgamiento de la concesión solicitada por la empresa GLOBAL VILLAGE TELECOM N.V.; habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión de los Servicios Públicos Portadores de Larga Distancia Nacional e Internacional; Que, en cumplimiento a lo establecido en el literal g) del Artículo 6º del Reglamento del OSIPTEL, dicho organismo ha encontrado conforme el Proyecto del Contrato de Conce- sión, objeto de la solicitud de concesión presentada por la recurrente; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, resulta procedente otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar la suscripción del mismo; De conformidad con lo dispuesto en los DD.SS. Nº 013-93- TCC, Nº 006-94-TCC, Nº 007-97-MTC, Nº 005-98-MTC, Nº 020-98-MTC, Nº 021-98-MTC y Nº 022-98-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Vice- ministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a GLOBAL VILLAGE TELECOM N.V., concesión para la explotación de los Servicios Públicos Portadores de Larga Distancia Nacional e Internacional, por el plazo de veinte (20) años, en la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a cele- brarse con GLOBAL VILLAGE TELECOM N.V., para la prestación de los Servicios Públicos a que se refiere el anterior artículo, el que consta de veinticuatro (24) cláusulas y tres (3) anexos y que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representación del Ministerio, suscriba el Contrato de Con- cesión que se aprueba mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de