Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 1999 (11/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 1999

Articulo Primero.- Ratificar el Acuerdo de la Comision de Promocion de la Inversion Privada (COPRI), conforme al cual se autorizo el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de COPRI, MORDAZA Lizarraga Guthertz y MORDAZA MORDAZA Quattrini, Presidenta y Gerente del Comite Especial Red Vial Nacional respectivamente, a las ciudades de Nueva MORDAZA, EE.UU.; MORDAZA, Francia; MORDAZA, Espana; y MORDAZA, Italia; del 8 al 18 de MORDAZA de 1999, para participar en el evento referido en el primer considerando de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione el viaje de las personas MORDAZA mencionadas se efectuaran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 002, Direccion Ejecutiva FOPRI-COPRI, del pliego 018 del Ministerio de Pesqueria, de acuerdo con el siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes : US$ 3,055.84 Viaticos : US$ 3,520.00 Tarifa CORPAC : US$ 25.00 MORDAZA Lizarraga Guthertz Pasajes : US$ 2,668.42 Viaticos : US$ 3,560.00 Tarifa CORPAC : US$ 25.00 MORDAZA MORDAZA Quattrini Pasajes : US$ 3,009.01 Viaticos : US$ 3,520.00 Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Articulo Segundo.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Pesqueria y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 9125

bus con una antiguedad de 18 anos podran continuar realizando el servicio durante los proximos 4 anos habilitados mediante la tarjeta de circulacion excepcional la que sera retirada por la autoridad administrativa una vez cumplido el plazo; Que, con el fin de evitar se afecte el transporte MORDAZA e interurbano es necesario dictar medidas adecuadas para el retiro progresivo de los vehiculos comprendidos en la disposicion citada precedentemente; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y Decreto Ley Nº 25862; DECRETA: Articulo 1º.- La primera disposicion transitoria del Reglamento Nacional del Servicio Publico MORDAZA e Interurbano de Pasajeros aprobado por Decreto Supremo Nº 012-95-MTC, se aplicara en forma progresiva de la siguiente manera: PRIMERA ETAPA.- Los vehiculos que a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo cuenten con una antiguedad mayor a los 30 anos continuaran prestando sus servicios hasta el 31 de diciembre del ano 1999. MORDAZA ETAPA.- Los vehiculos que a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo cuenten con una antiguedad mayor a 25 anos podran continuar prestando sus servicios hasta el 31 de MORDAZA del ano 2000. TERCERA ETAPA.- Los vehiculos que a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo cuenten con una antiguedad mayor a 20 anos podran continuar prestando sus servicios hasta el 31 de diciembre del ano 2000. Articulo 2º.- Lo dispuesto en el Articulo 1º del presente Decreto Supremo no releva a las empresas concesionarias del cumplimiento de los demas requisitos establecidos en el Decreto Supremo Nº 012-95-MTC. Articulo 3º.- Quedan derogadas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro del Interior y el Ministro de Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 9121

MTC
Dictan normas para la aplicacion de la primera disposicion transitoria del Reglamento Nacional del Servicio Publico MORDAZA e Interurbano de Pasajeros
DECRETO SUPREMO Nº 026-99-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-95-MTC se aprobo el Reglamento Nacional del Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros, el cual establece las condiciones para la prestacion de dicho servicio, garantizando la seguridad y calidad a favor de los usuarios; Que, la primera disposicion transitoria del referido reglamento establece que las empresas que tengan omni-

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Aprueban el Diseno de la Parte II del PROFA y el Reglamento de Practicas y Tutorias para Aspirantes a Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico
RESOLUCION DE LA COMISION DE REORGANIZACION Y GOBIERNO Nº 018-99-CRG-AMAG MORDAZA MORDAZA, 8 de MORDAZA de 1999

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