Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 1999 (11/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 9099

Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas ADUANAS, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria de los bienes cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese.

Aprueban inafectacion de derechos arancelarios y del IGV a importacion realizada por universidad
RESOLUCION SUPREMA Nº 316-99-EF MORDAZA, 9 de MORDAZA de 1999 Visto el Expediente Nº 01050-98 presentado por la Universidad de MORDAZA, sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las instituciones educativas publicas y particulares para sus fines propios estan inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobo la relacion de bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplicables a las instituciones educativas publicas o particulares, estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APRUEBASE la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion realizada por la Universidad de MORDAZA de los bienes que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, segun la partida arancelaria siguiente: Partida Arancelaria Descripcion

Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 9100

Autorizan viaje de profesional de ADUANAS a Belgica para participar en reunion del Grupo Consultivo de Comercio Electronico
RESOLUCION SUPREMA Nº 317-99-EF MORDAZA, 9 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 624-99-ADUANAS, la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS, solicita se autorice el viaje de profesional a la MORDAZA de Bruselas, Belgica, del 26 de junio al 1 de MORDAZA de 1999, para participar en la "Decimo Octava Reunion del Grupo Consultivo de Comercio Electronico ECAG-"; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos seran cubiertos con recursos del Presupuesto de ADUANAS correspondiente al ejercicio 1999; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5. de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/ 15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en comision de servicios de la senorita MORDAZA MORDAZA Segami Yagi, Especialista Administrativo I de la Oficina de Sistemas y Estadistica de la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, a la MORDAZA de Bruselas, Belgica, del 26 de junio al 1 de MORDAZA de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, segun se indica, seran cubiertos con recursos del Presupuesto de ADUANAS: - Pasajes US$ 817,40 - Viaticos US$ 1 040,00 - Tarifa de CORPAC US$ 25,00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de

9403.90.90.00 Partes de los demas muebles, de otras materias Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad de MORDAZA, segun Expediente Nº 01050-98 y que dichos bienes MORDAZA destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa.

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