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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 1999 (22/07/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 176077 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de julio de 1999 "Segunda.- Establézcase el monto a pagar por concepto de gastos administrativos, la misma que incluye: emisión mecani- zada, distribución a domicilio de Estados de Cuenta Corriente, recibos de pago, en S/. 6.00 (SEIS Y 00/ 100 NUEVOS SOLES), la misma que se distribuirá en S/. 0 .50 nuevos soles, en forma mensual". Artículo Sexto.- Deróguese el Artículo 11º de la Ordenanza Nº 009-99/MDC. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO TAPIA ZEGARRA Alcalde 9089 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban proyecto que regula zonas rígidas, funcionamiento de módulos y comercio informal en el distrito ORDENANZA Nº 000009 Puente Piedra, 25 de mayo de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Visto, la Moción presentada por la Comisión Especial de Desarrollo Urbano y la Comisión Especial de Mercados y Co- mercialización, en la Sesión Ordinaria de Concejo, celebrada el día 24-5-99. CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo de Concejo Nº 0028-97-MDPP, del 7.7.97, se procedió a la reubicación de 3,000 Comerciantes Ambulantes del Cercado de Puente Piedra, el mismo que se concretó el día 13.2.98. Dicha acción permitió a nuestra Municipalidad lograr la pavimentación de las principales calles y avenidas. Que, esta nueva situación ha dado lugar al funcionamiento de tres Mercados: Huamantanga, Monumental y Cristo Morado (central); pero que por los problemas Socio-Económicos de nues- tro País y la dificultad en lograr un puesto de trabajo, hace que nuevamente se esté incrementando el Comercio Ambulatorio en el Cercado del distrito; Así mismo, los comerciantes instalados formalmente, en los diferentes giros de negocios en el Cercado, hacen uso desmedido en la ocupación de la vía pública, exponiendo las diferentes mercaderías en la vereda, lo cual no permite un normal tránsito de los peatones. Que, igualmente, se ha planificado el funcionamiento de los Módulos (Kioscos) para la venta de periódicos, lustradores de calzado, golosinas y otros, los cuales deben estar ubicados adecuadamente. Con el voto favorable de los once Regidores, previa deli- beración del Pleno y la aprobación artículo por artículo, y con las facultades que otorga la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853; ACUERDA: 1º.- APROBAR, el presente Proyecto, que norma las Zonas Rígidas, en el Cercado de Puente Piedra, norma el funciona- miento de Módulos, regula el Comercio Informal fuera del Cercado del distrito y a ambos lados de la Panamericana Norte, así como la ubicación de las actividades comerciales tradicio- nales; cuyo texto forma parte del presente Acuerdo, en anexo adjunto, la misma que consta de V Títulos, III Capítulos y 37 Artículos. 2º.- ENCARGAR, a la Dirección Municipal, Dirección de Servicios Públicos y Gestión Local, y demás Areas, el cumpli- miento de la presente disposición. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 9582MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Sancionan con destitución a servidor de la Municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 279-99-ALC/MSI San Isidro, 16 de julio de 1999 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO: Visto, el Informe Nº 006-99-CPPAD/MSI de fecha 13 de julio de 1999 de la Comisión Permanente de Procesos Administrati- vos Disciplinarios de los servidores obreros, con relación al proceso administrativo disciplinario instaurado al servidor EDUARDO ENRIQUE FLORES PISCOYA. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 257-99-ALC/MSI de fecha 23 de junio de 1999, se instauró Proceso Administrativo Disciplinario al servidor obrero EDUARDO ENRIQUE FLO- RES PISCOYA, por comisión de falta de carácter disciplinario al haber acumulado seis (6) inasistencias injustificadas a su cen- tro de trabajo en el mes de mayo de 1999, siendo reincidente en este tipo de falta; Que, con Informe Nº 213-99-33-DSC/MSI de fecha 25.JUN.99, el Director de Seguridad Ciudadana informó que el servidor Eduardo Flores Piscoya no se presentó a trabajar desde el 19 hasta el 25.JUN.99 acumulando adicionalmente seis (6) inasistencias injustificadas a su centro de trabajo; Que, con Informe Nº 028-99-JMB de fecha 12.JUL.99, la Encargada de Control de Asistencia detalló el Récord de inasis- tencias injustificadas del servidor Eduardo Flores Piscoya de enero-99 al 12 de julio de 1999, acumulando un total de cuaren- ticinco (45) inasistencias injustificadas durante el presente año; Que, luego de analizar la documentación obrante en autos, la Comisión llegó a la conclusión que el servidor procesado ha incumplido con el inciso c) del Artículo 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; lo que está tipificado como faltas de carácter disciplina- rio en los incisos a) y k) del Artículo 28º de la norma acotada; recomendando la imposición de la sanción de destitución al servidor Eduardo Flores Piscoya; De conformidad con el Artículo 159º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER LA SANCION DE DESTITUCION al servidor obrero EDUARDO ENRIQUE FLORES PISCOYA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presen- te Resolución, la que se efectivizará a partir del día siguiente de la notificación de la presente Resolución. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Unidad de Personal, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- TRANSCRIBIR la presente Resolución al servidor sancionado, con copia a su Legajo Personal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GASTON BARUA LECAROS Alcalde 9622 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 280-99-ALC/MSI Por Oficio Nº 586-99-SG/MSI la Municipalidad de San Isidro solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Alcaldía Nº 280-99-ALC/MSI publicada en nuestra edición del día 18 de julio de 1999, en la página 175941. DICE: "Artículo 1º.- Designar a partir del 16 de julio de 1999 al CPC LUIS ENRIQUE OLIVARES MANZANARES en el cargo de Jefe de la Oficina de Auditoría Interna de la Municipalidad de