Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 1999 (27/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

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ANO XVII - Nº 6973

Pag. 176291

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27158
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

efecto de dicho Impuesto una tasa de 5% (cinco por ciento) si se encuentran ubicadas en el ambito senalado en el numeral 12.2 o una tasa del 10% (diez por ciento) si se encuentran ubicadas en el ambito senalado en el numeral 12.1. Las empresas ubicadas en MORDAZA de MORDAZA a que se refiere el parrafo anterior, que durante el ejercicio del ano 1999 o del 2000 continuen exoneradas del Impuesto a la Renta, aplicaran las tasas mencionadas en el parrafo anterior, desde el 1 de enero del ano 2000 hasta el 31 de diciembre del ano 2010 o desde el 1 de enero del ano 2001 hasta el 31 de diciembre del ano 2010, segun corresponda. Por Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente se estableceran las actividades economicas vinculadas al procesamiento, transformacion o manufactura de recursos naturales de origen agropecuario o pesquero a que se refiere el MORDAZA parrafo de la presente disposicion." Articulo 3º.- Calculo del pago a cuenta del Impuesto a la Renta Es de aplicacion a la presente Ley las normas establecidas en la Ley Nº 27063 vinculadas al calculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, en lo que corresponda. Articulo 4º.- Aplicacion de la Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia Lo dispuesto en la presente Ley, respecto del Impuesto a la Renta, es sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Nº 27037. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA OROPEZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 9795

LEY QUE DISPONE LA APLICACION DEL IMPUESTO A LA RENTA PARA LAS EMPRESAS UBICADAS EN MORDAZA Y FRONTERA COMPRENDIDAS EN LA LEY Nº 23407
Articulo 1º.- Empresas ubicadas en MORDAZA de frontera 1.1 Las empresas ubicadas en MORDAZA de frontera comprendidas dentro de los alcances de la Ley Nº 23407 y normas modificatorias, que se dediquen al procesamiento, transformacion o manufactura de recursos naturales de origen agropecuario o pesquero provenientes de dicha MORDAZA y que durante el ejercicio del ano 1998 hubieran gozado de la exoneracion del Impuesto a la Renta, aplicaran para efecto de dicho Impuesto desde el 1 de enero de 1999 hasta el 31 de diciembre del ano 2010, la tasa del 10% (diez por ciento). 1.2 Las empresas ubicadas en MORDAZA de frontera a que se refiere el parrafo anterior, que durante el ejercicio del ano 1999 o del 2000 continuen exoneradas del Impuesto a la Renta, aplicaran, desde el 1 de enero del 2000 hasta el 31 de diciembre del ano 2010 o desde el 1 de enero del ano 2001 hasta el 31 de diciembre del ano 2010, la tasa de 10% (diez por ciento), segun corresponda. 1.3 Por Decreto Supremo, refrendado por el Ministro del sector correspondiente se estableceran las actividades economicas vinculadas al procesamiento, transformacion o manufactura de recursos naturales de origen agropecuario o pesquero a que se refiere el primer parrafo del presente articulo. Articulo 2º.- Modificacion de la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27037, Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia Modificase la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27037, Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia, en los terminos siguientes: "CUARTA.- Impuesto a la Renta para Empresas Industriales Hasta el 31 de diciembre del ano 2000 se mantiene vigente lo dispuesto en el primer y tercer parrafos de la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 618 referente al Articulo 71º de la Ley Nº 23407. Desde el 1 de enero de 1999 hasta el 31 de diciembre del ano 2010, las empresas ubicadas en la MORDAZA de MORDAZA comprendidas dentro de los alcances de la Ley Nº 23407 y normas modificatorias, que se dediquen al procesamiento, transformacion o manufactura de recursos naturales de origen agropecuario o pesquero provenientes de dicha MORDAZA y que durante el ejercicio del ano 1998 hubieran gozado de la exoneracion del Impuesto a la Renta, aplicaran para

LEY Nº 27159
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY GENERAL DEL DEPORTE
Preambulo El deporte, una de las manifestaciones sociales mas importantes por su caracter masivo y su fuerza movilizadora, ejerce una gran influencia en la MORDAZA de las personas.

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