Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 1999 (27/07/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 1999

Overseas Economic Cooperation Fund (OECF) del Gobierno de Japon y del Gobierno de la Republica del Peru, en las siguientes condiciones: El 100% de los vencimientos de principal e intereses que ocurran desde el 1 de MORDAZA al 31 de diciembre de 1996 inclusive, el 85% de los vencimientos de principal e intereses que ocurran en 1997 y el 60% de los vencimientos de principal e intereses que ocurran en 1998, correspondientes a los prestamos concedidos por Overseas Economic Cooperation Fund (OECF) del Gobierno de Japon, MORDAZA del 1 de enero de 1983 y que no han sido previamente reestructurados; asi como el 100% de los vencimientos de intereses que ocurran desde el 1 de MORDAZA al 31 de diciembre de 1996, el 85% de los vencimientos de intereses que ocurran en 1997 y el 50% de los vencimientos de intereses que ocurran en 1998 de la deuda previamente reestructurada en virtud a los Acuerdos de Enmienda suscritos el 26 de MORDAZA de 1994 y el 12 de setiembre de 1995, seran pagados en 20 cuotas semestrales, iguales y consecutivas, venciendo la primera de ellas el 30 de junio del ano 2008 y la MORDAZA el 31 de diciembre del ano 2017. La tasa de interes sera de 4,1% por ano. Articulo 2º.- Aprobar el Acuerdo de Enmienda que, en 6 articulos y sus anexos: Anexo I y Anexo II, suscribiran los representantes del Overseas Economic Cooperation Fund (OECF) del Gobierno de Japon y del Gobierno de la Republica del Peru, en las siguientes condiciones: El monto del principal adeudado al 31 de diciembre de 1998, correspondiente a la deuda reestructurada en virtud al Acuerdo de Enmienda suscrito el 26 de MORDAZA de 1994, sera pagado en 36 cuotas semestrales, iguales y consecutivas, venciendo la primera el 1 de enero del ano 2001 y la MORDAZA el 1 de MORDAZA del ano 2018. La tasa de interes sera de 4,1% por ano. Articulo 3º.- El servicio de la deuda que se origine como consecuencia de la reestructuracion aprobada por los Articulos 1º y 2º de la presente Resolucion Ministerial, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a las previsiones presupuestales asignadas para el servicio de la deuda publica. Articulo 4º.- Los deudores originales relacionados con las deudas mencionadas en el Articulo 1º de esta Resolucion Ministerial, deberan continuar cumpliendo con las normas establecidas para el pago de la deuda externa, asi como con las que se emitan en el futuro referidas a las deudas consolidadas en el MORDAZA de la Minuta del Club del Paris. Registrese y publiquese. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Ministro de Economia y Finanzas 9830

Que, en atencion al Oficio Nº 1589-99-DGPNP/SG se expidio la R.M. Nº 0656-99/0103 del 25.JUN.99, autorizando nuevamente al Procurador Publico del Estado a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA ISMINIO o Freddy MORDAZA ISMINO y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la desocupacion del fundo "Bella Hermosa" ubicado en el Caserio Leon-Saposoa-Huallaga-San Martin; Que, la Resolucion Nº 0656-99/0103 del 25.JUN.99 se refiere a los mismos hechos y a la misma persona indicada con la R.M. Nº 1186-98-IN/1101 del 31.DIC.98 y habiendo esta cumplido su objetivo, resulta pertinente dejar sin efecto la R.M. Nº 0656-IN/ 0103 MORDAZA mencionada; Que, estando a lo opinado por la OGAJ-MIN y a las razones que se exponen; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejase sin efecto la R.M. Nº 0656-IN/ 0103 del 25.JUN.99. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 9761

PRES
Transfieren en propiedad, a favor de EDITORA PERU, inmuebles ubicados en el Cercado de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 122-99-PRES MORDAZA, 26 de MORDAZA de 1999 Visto la solicitud de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A., EDITORA PERU, de la transferencia en calidad de aporte de capital del Estado a su favor, de los inmuebles ubicados en el Jr. MORDAZA Nº 556 y en el Jr. Andahuaylas Nºs. 1472, 1482 y 1490, del Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 14º de la Constitucion Politica del Peru los medios de comunicacion social deben colaborar con el Estado en la educacion y en la formacion moral y cultural; Que, la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. EDITORA PERU, Empresa del Estado de Derecho Privado, tiene por objeto social editar, imprimir y distribuir toda clase de publicaciones, y en forma especial, editar el Diario Oficial El Peruano; asi como procesar y difundir noticias en el Peru y el extranjero a traves de su Agencia de Noticias "Andina"; Que, para el cumplimiento de su objeto social, EDITORA PERU, posee los inmuebles mencionados en el visto bajo el titulo de afectacion en uso otorgado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, MORDAZA a las Resoluciones Supremas Nºs. 100-97PRES de fecha 19 de junio de 1997 y 256-98-PRES de fecha 12 de octubre de 1998; Que, los citados inmuebles tenian por propietario inmediato anterior a EDITORA PERU, la cual en cumplimiento del D.S.E. Nº 155-PCM/93, transfirio su propiedad a la Superintendencia de Bienes Nacionales en los anos 1997 y 1998, a un valor de tasacion de 1991 establecido por el Cuerpo Tecnico de Tasaciones; Que, en dichos inmuebles, EDITORA PERU ha efectuado mejoras utiles necesarias para ensamblar maquinarias, recientemente adquiridas y para acondicionar ambientes para atencion de los usuarios; Que, por las razones expuestas en los considerandos precedentes, la Empresa del Estado EDITORA PERU, manifiesta la necesidad de contar con la propiedad de dichos inmuebles; Que, el Articulo 1º del Decreto Ley Nº 18806 dispone que el Poder Ejecutivo podra aprobar las transferencias de propiedad a las Empresas del Estado de los bienes que necesiten para el desarrollo de su actividad industrial o comercial; Que, la transferencia de la propiedad de los citados inmuebles a la Empresa del Estado Editora Peru, contribuira a su mejor aprovechamiento; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 18806, Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738 y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; y, Con el informe favorable de la Superintendencia de Bienes Nacionales; Estando a lo acordado;

INTERIOR
Dejan sin efecto resolucion por la cual se autorizo a procurador iniciar MORDAZA judicial de desalojo en el distrito de Saposoa, departamento de San MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0755-99-IN/0103 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 1999 Visto, el Oficio Nº 1095-99-IN-1201 de 1.JUL.99, procedente del Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, con el que solicita dejar sin efecto la R.M. Nº 0656-99-IN/0103. CONSIDERANDO: Que, mediante R.M. Nº 1186-98-IN/1101 del 31.DIC.98, se le autorizo al Procurador Publico del Estado, a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones legales pertinentes contra Freddy MORDAZA ISMINIO y toda persona que venga ocupando ilegalmente el fundo ganadero ubicado en el Caserio de MORDAZA - distrito de Saposoa departamento de San MORDAZA, asi como el ganado que indica el acta de incautacion de fecha 24.AGO.97, por delito de TID, en agravio del Estado; Que, en merito a la citada Resolucion, el Procurador Publico en mencion, ha iniciado la accion judicial por Desalojo contra MORDAZA MORDAZA ISMINIO, ante el Juzgado Mixto de Huallaga Exp. Nº 99-32-Sec. MORDAZA, segun indica dicho funcionario en su Oficio Nº 1095-99-IN-1201 del 1.JUL.99;

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