Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 1999 (04/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 4 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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la informacion remitida por los Presidentes de las Comisiones de Adquisicion y de acuerdo a los requerimientos de los programas y proyectos de la institucion, elaborara la Programacion Mensual de Compras de Alimentos, a nivel nacional, consolidandola en el Plan de Adquisicion de Alimentos para el ano correspondiente, remitiendo a cada una de las Comisiones de Adquisicion su Plan de Compras especifico. Asimismo, se efectuaran compras eventuales de acuerdo a la informacion proporcionada por el Ministerio de Agricultura y los requerimientos derivados de situaciones de emergencia. Articulo 6º.- De los Gastos Los gastos administrativos que se deriven del MORDAZA de adquisicion, realizados por la Comision de Adquisicion, seran asumidos por la Unidad Operativa correspondiente del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, con excepcion de los pasajes y viaticos de sus miembros, los cuales seran sufragados por el PRONAA, la Direccion de la Region o Subregion de Agricultura o de Pesqueria y el Consejo Transitorio de Administracion Regional, segun corresponda. TITULO II Comisiones de Adquisicion Articulo 7º.- Conformacion de las Comisiones de Adquisicion Las Comisiones de Adquisicion estan constituidas por: · El Jefe de la Unidad Operativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, donde se ejecutara la adquisicion, quien la presidira. · El Director de la Region o Subregion de Agricultura o de Pesqueria, segun corresponda, de acuerdo al lugar donde se ejecutara el MORDAZA de adquisicion, en calidad de miembro. · Un representante del Presidente del Consejo Transitorio de Administracion Regional, en calidad de miembro. · El Gerente de Auditoria Interna del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA o su representante, quien participara como observador. El Presidente de la Comision de Adquisicion, designara a un miembro del area administrativa de la Unidad Operativa a su cargo, para que actue en calidad de Secretario de la Comision, sin voz ni voto. Articulo 8º.- Funciones Generales de las Comisiones de Adquisicion Las funciones generales de los miembros de las Comisiones de Adquisicion son las siguientes: · Implementar los Terminos de Referencia establecidos por la Gerencia de Recursos Alimentarios del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA. · Resolver las consultas y observaciones que se presenten durante el MORDAZA de adquisicion. · Otorgar las adjudicaciones correspondientes. · Suscribir el Libro de Actas al termino de cada Acto Publico. · Suscribir los contratos de compraventa de los productos adjudicados durante el MORDAZA de adquisicion. Articulo 9º.- De las Funciones Especificas Las funciones especificas de cada uno de los miembros de las Comisiones de Adquisiciones son las siguientes: Del Presidente, Jefe de la Unidad Operativa - PRONAA: · Coordinar con la Gerencia de Recursos Alimentarios del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, la adquisicion que deben efectuar en su ambito. · Convocar a los miembros de la Comision de Adquisicion, para el MORDAZA de adquisicion de los productos alimenticios detallados en el Anexo Nº 01 del presente reglamento. · Conducir los actos publicos llevados a cabo por la Comision de Adquisicion. · Representar a la Comision de Adquisicion, en todos los actos que se le convoque a la Comision. · Mantener en custodia el Libro de Actas de la Comision de Adquisicion, asi como el acervo documentario, que sustenta los procesos de adquisicion. · Llevar un registro de todos los Contratos suscritos por la Comision de Adquisicion, de su jurisdiccion, los mismos que deben estar numerados y archivados de manera correlativa, por fuente de financiamiento.

Del Director de la Region o Subregion de Agricultura o Pesqueria: · Proporcionar a la Comision de Adquisicion el informe sobre la disponibilidad de los diferentes productos a adquirir en su ambito para cada MORDAZA de adquisicion. · Verificar que, en donde se realicen los procesos de adquisicion, el Sector que corresponda acredite obligatoriamente, mediante una MORDAZA o certificado, la calificacion de pequeno productor y/o procesador, con cuya expedicion quedara refrendada su validez. Esta calificacion sera efectuada por el Sector correspondiente de acuerdo a los conceptos establecidos en la Primera Disposicion Complementaria del presente reglamento. Del Secretario de la Comision: · Realizar la difusion, publicacion y distribucion de los Terminos de Referencia. · Asegurar la presencia de un Notario Publico o Juez de Paz en los procesos de adquisicion. · Redactar, llevar en orden y actualizar el Libro de Actas de la Comision de Adquisicion. · Remitir a la Gerencia de Recursos Alimentarios la relacion de los contratos suscritos y copias de los mismos, una vez firmados por los miembros de la Comision y los productores. · Elaborar los documentos oficiales de la Comision de Adquisicion. Articulo 10º.- Quorum y Votacion La participacion de los integrantes de las Comisiones de Adquisicion es personal e indelegable. El funcionamiento de la Comision de Adquisicion, no podra realizarse, en ningun caso, con menos de dos (2) miembros, siendo requisito indispensable la presencia de su Presidente. En caso de no contar con el quorum correspondiente, el Presidente de la Comision de Adquisicion fijara una nueva fecha, la misma que debera ser debidamente difundida a traves de los diferentes medios de comunicacion. Las decisiones que adopte la Comision de Adquisicion deberan tomarse por mayoria simple, teniendo el Presidente MORDAZA dirimente, a excepcion de lo senalado en el Articulo 16º y en el ultimo parrafo del Articulo 18º del presente reglamento. Los integrantes de las Comisiones de Adquisicion son solidariamente responsables de las decisiones que adopten. Los actos de las Comisiones de Adquisiciones constan en Actas que debidamente suscritas, quedan en poder de su Presidente. Articulo 11º.- Obligacion de Informar Las Comisiones de Adquisicion, deberan informar al Presidente del Consejo Directivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, sobre los procesos de adquisicion que lleven a cabo, asi como de los resultados de cada adquisicion, dentro del plazo de cinco (5) dias utiles de concluido el proceso. TITULO III Del MORDAZA de Adquisicion Articulo 12º.- Etapas del MORDAZA El MORDAZA de adquisicion comprende: 1. Convocatoria a los pequenos productores locales para ofertar sus productos. 2. Distribucion de los Terminos de Referencia. 3. Recepcion y Apertura de propuestas. 4. Evaluacion de propuestas. 5. Adjudicacion de la Buena Pro. Articulo 13º.- Convocatoria del MORDAZA de Adquisicion La convocatoria debe realizarse como minimo 5 (cinco) dias utiles MORDAZA de la recepcion y apertura de propuestas, a traves de los medios de comunicacion locales (diarios, radioemisoras y/o televisoras). Dicho plazo puede ser reducido a requerimiento de la Gerencia de Recursos Alimentarios del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria PRONAA, por causas debidamente justificadas. Articulo 14º.- Terminos de Referencia La Gerencia de Recursos Alimentarios del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, elaborara

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