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Pág. 170499 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes EXPRESO TURISMO GALGO'S S.R.LTDA., mediante el expediente indicado en vistos y al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, ha solicitado la ampliación de ruta Lima-Tumbes hasta la ciudad de Aguas Verdes, concesión otorgada mediante Resolución Directoral Nº 446-98-MTC/ 15.18 de fecha 5-3-98; Que, en el Informe Nº 070-99-MTC/15.18.04.1, se con- cluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC; recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del Servicio aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrati- vos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar a la Empresa de Transportes EX- PRESO TURISMO GALGO'S S.R.LTDA., la ampliación de ruta Lima-Tumbes otorgada por Resolución Directoral Nº 446-98-MTC/15.15 de fecha 5-3-98 hasta la ciudad de Aguas Verdes, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta resolución. Segundo.- La Empresa de Transportes EXPRESO TURISMO GALGO'S S.R.LTDA., publicará la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la misma. Tercero.- La Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional se encargará de efectuar la notificación correspondiente, así como el archivo definitivo del expediente. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 2891 Otorgan concesión a empresa para que preste servicio público de transporte interprovincial por carretera RESOLUCION DIRECTORAL Nº 274-99-MTC/15.18 Lima, 22 de febrero de 1999 VISTO, el Expediente de Registro Nº 00406010, organi- zado por la Empresa de Transportes EL AGUILA S.A., sobre nueva concesión de ruta: Trujillo-Huaraz y viceversa e Informe Nº 136-99-MTC/15.18.04.1 de la Dirección de Trans- porte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la Empresa de Transportes EL AGUILA S.A. mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado concesión en la ruta TRUJILLO-HUARAZ y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasaje- ros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 136-99-MTC/15.18.04.1, se con- cluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido regla- mento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC; recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la Empresa de Transportes EL AGUILA S.A., la concesión de la ruta TRUJILLO-HUARAZ y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :Trujillo - Huaraz ITINERARIO :Chimbote ESCALA COMERCIAL :Chimbote FRECUENCIAS :Una (1) diaria HORARIOS :Salida de Trujillo : 22.00 horas Salida de Huaraz : 22.00 horas FLOTA VEHICULAR :Operativa : Dos (2) ómnibus de placas: UD- 2415 (1991) y UD-2150 (1990) Reserva : Un (1) ómnibus de placa: UD-2089 (1988) TIEMPO DE VIAJE :9 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas de acuerdo al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo respon- sabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de su notificación. Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC; caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado reglamento. Quinto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 2905 Otorgan concesión a empresa para que preste servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL Nº 297-99-MTC/15.18 Lima, 25 de febrero de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00417010 organi- zado por la EMPRESA DE TRANSPORTES TOURS PACI- FICO S.A. sobre Concesión de Ruta: LIMA - OTUZCO y viceversa e Informe Nº 145-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes TOURS PACIFICO S.A., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicita- do el otorgamiento de la concesión de ruta: LIMA - OTUZCO y viceversa, al amparo de lo establecido en el reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de