Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 1999 (04/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de marzo de 1999

El Oficio Nº 045-PE-ESSALUD-99 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 106-98-TR de fecha 13 de noviembre de 1998, se autorizo el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Medico Jefe del Servicio de Radioterapia del Hospital Nacional MORDAZA Aguinaga Asenjo, del Seguro Social de Salud - ESSALUD, MORDAZA Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS), a la MORDAZA de Columbus, Estados Unidos de MORDAZA, del 1 de diciembre de 1998 al 30 de noviembre de 1999, para realizar la PASANTIA EN RADIOTERAPIA CON ACELERADOR LINEAL, organizado por MORDAZA G. MORDAZA Cancer Hospital and Research Institute - Ohio State University de la mencionada ciudad; Que, el citado servidor se vio imposibilitado de participar en el referido evento, razon por la cual es necesario dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 106-98-TR; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 025-98; la Directiva Nº 009-96-OIOE - MORDAZA de Viajes, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 165-96-EF/15; y normas complementarias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejese sin efectos la Resolucion Ministerial Nº 106-98-TR de fecha 13 de noviembre de 1998, en todos sus extremos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MUFARECH NEMI Ministro de Trabajo y Promocion Social 2863

carta fianza bancaria alguna sino simplemente tres letras de cambio; Que, con el fin de salvaguardar los derechos e intereses del sector, corresponde invocar lo previsto en las clausulas novena y decima del contrato de servicios suscrito entre las partes, siendo necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, para que proceda a iniciar las acciones legales que correspondan para el presente caso; Con la opinion favorable de Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Articulo Unico del Decreto Ley Nº 17667, y el Articulo 61º de la Resolucion Ministerial Nº 012-93-TR, incorporado mediante Resolucion Ministerial Nº 071-93-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, para que en representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra la empresa TANAI S.R.L., asi como contra las personas tanto juridicas como naturales que resultasen responsables de los hechos descritos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que las Oficinas Generales del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, presten las facilidades del caso al senor Procurador Publico, para que lleve adelante y de la mejor manera la defensa que se le autoriza. Articulo 3º.- Remitase la documentacion y demas antecedentes del caso al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, para los fines del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MUFARECH NEMI Ministro de Trabajo y Promocion Social 2864

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra empresa por incumplimiento de contrato de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 037-99-TR MORDAZA, 26 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, con fecha 27 de setiembre de 1994, el Ministerio de Trabajo y Promocion Social, representado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en ese entonces Director Nacional de Empleo y Formacion Profesional, suscribio Contrato de Servicios No Personales por la suma de US$ 4 990.00 (cuatro mil novecientos noventa y 00/100 dolares americanos) con la empresa TANAI S.R.L. con la finalidad de desarrollar la Programacion en Clipper e implementacion en la red de informatica del portafolio, estableciendose software aplicativo sobre consulta gerencial, tramite documentario y abastecimiento; Que, la Oficina de Estadistica e Informatica de este ministerio al verificar el desarrollo de los softwares aplicativos constato que el sistema de programacion presentaba problemas tanto de aplicacion como tecnicos, puesto que la empresa no considero la tecnica de programacion para el uso de archivos compartidos, es por ello que el desarrollo del programa MORDAZA mencionado resulto inoperativo e ineficiente para los fines por los cuales fue adquirido; Que, debido a las irregularidades descritas en el considerando precedente el Ministerio de Trabajo y Promocion Social requirio a la empresa TANAI S.R.L., a efectos que cumpla a satisfaccion el objeto de la prestacion del contrato en mencion; Que, posteriormente ante un MORDAZA requerimiento por parte de este ministerio, se determino que la citada empresa habia variado su domicilio; Que, por otro lado, la empresa no cumplio con lo contemplado en el Reglamento Unico de Adquisiciones, para el suministro de bienes y prestacion de servicios no personales, Decreto Supremo Nº 065-85-PCM, ya que no presento la

MTC
Designan Fedatarios titular y suplente del INICTEL
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y CAPACITACION DE TELECOMUNICACIONES RESOLUCION CONSEJO DIRECTIVO Nº 015-99-MTC/INICTEL-CD MORDAZA, 10 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Articulo 5º de la Ley Nº 25035 Ley de Simplificacion Administrativa, concordante con el Articulo 8º de su reglamento, aprobado por D.S. Nº 070-89-PCM, las entidades de la Administracion Publica, deben asignar a los Fedatarios, que personalmente y previo cotejo comprueben y autentiquen las copias de los documentos originales, a efecto de su utilizacion en los procedimientos ante sus propios organismos; Que, por Resolucion Directoral Nº 022-97-MTC/INICTEL-DG de 11 de MORDAZA de 1997 se prorrogo las designaciones de los Fedatarios Titular y Suplente del INICTEL por un periodo de dos anos a partir del 3 de febrero de 1997 con vencimiento al 2 de febrero de 1999; Que, en consecuencia es necesario designar a los nuevos Fedatarios Titular y Suplente que cumplan con tal funcion; De conformidad con lo establecido en el inciso e) del Articulo 25º del Estatuto del INICTEL, aprobado por el D.S. Nº 033-93-TCC del 21 de noviembre de 1993; SE RESUELVE: Primero.- Designar al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA VILLAIZAN como Fedatario Titular del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones ­ INICTEL, por un periodo de dos (2) anos, a partir del 3 de febrero de 1999.

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