Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 1999 (06/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 6 de marzo de 1999
TASA DE INTERES LABORAL DECRETO LEY Nº 25920 (Circulares BCR Nºs. 024 y 025-96-EF/90) (**) FEBRERO MONEDA NACIONAL 1999 TASA(1) FACTOR FACTOR % DIARIO ACUMUL.(*) 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 17,37 17,33 17,35 17,39 17,60 17,60 17,60 17,56 17,63 18,37 17,77 17,75 17,75 17,75 17,77 17,56 17,85 17,75 17,99 17,99 17,99 17,92 17,93 18,02 18,02 17,96 17,96 17,96 0,00044 0,00044 0,00044 0,00045 0,00045 0,00045 0,00045 0,00045 0,00045 0,00047 0,00045 0,00045 0,00045 0,00045 0,00045 0,00045 0,00046 0,00045 0,00046 0,00046 0,00046 0,00046 0,00046 0,00046 0,00046 0,00046 0,00046 0,00046 1,17482 1,17526 1,17571 1,17615 1,17660 1,17705 1,17750 1,17795 1,17841 1,17887 1,17933 1,17978 1,18024 1,18069 1,18114 1,18159 1,18205 1,18250 1,18296 1,18342 1,18388 1,18434 1,18480 1,18526 1,18572 1,18618 1,18664 1,18710

NORMAS LEGALES

Pag. 170627

MONEDA EXTRANJERA TASA(2) FACTOR FACTOR % DIARIO ACUMUL.(*) 5,92 5,91 5,91 5,91 5,90 5,90 5,90 5,89 5,89 5,89 5,90 5,89 5,89 5,89 5,89 5,89 5,89 5,89 5,86 5,86 5,86 5,91 5,85 5,82 5,84 5,84 5,84 5,84 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,00016 0,37751 0,37767 0,37783 0,37799 0,37815 0,37831 0,37847 0,37862 0,37878 0,37894 0,37910 0,37926 0,37942 0,37958 0,37974 0,37990 0,38006 0,38021 0,38037 0,38053 0,38069 0,38085 0,38101 0,38116 0,38132 0,38148 0,38164 0,38179

operaciones, el procedimiento que para ello se podra seguir y los limites por valor y sociedad a que se refieren los Articulos 5º, 9º y 26º del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, respectivamente; Que, de otro lado, la Bolsa de Valores de MORDAZA y CAVALI ICLV S.A. solicitaron a CONASEV suspender la aplicacion del plazo para la reposicion del margen de garantia a que se refiere la MORDAZA parte del MORDAZA parrafo del Articulo 28º del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa hasta el 30 de junio de 1999, fecha en la cual se culminaran las modificaciones a los sistemas automatizados de CAVALI ICLV S.A. entre los que se encuentra el mecanismo para el registro y control de las operaciones de reporte que permitira observar el tratamiento establecido en el referido articulo; y, Estando a lo dispuesto por el MORDAZA parrafo del Articulo 7º y el Articulo 145º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Comision Nacional reunido en sesion de fecha 1 de marzo de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las disposiciones relativas a los sistemas de negociacion mediante los cuales se podran realizar las operaciones en MORDAZA de Bolsa a que se refiere el Articulo 5º del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, las mismas que forman parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Aprobar las disposiciones relativas a los supuestos en los que se podran modificar las operaciones realizadas en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA y el procedimiento que para estos fines se debera seguir, las mismas que forman parte de la presente resolucion. Articulo 3º.- Dejar en suspenso hasta el 30 de junio de 1999 la vigencia de la disposicion relativa al plazo para la reposicion de los margenes de garantia en operaciones de reporte, prevista en el MORDAZA parrafo del Articulo 28º del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 021-99-EF/94.10, manteniendose vigentes hasta dicha fecha las disposiciones que actualmente rigen estas reposiciones. Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a la Bolsa de Valores de Lima; a CAVALI ICLV S.A. y a la Asociacion de Sociedades Agentes de Bolsa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente ANEXO Articulo 5º.- Sistemas de negociacion. Las operaciones al contado y de reporte se realizaran en el sistema de negociacion ELEX. Las subastas para la realizacion de colocaciones primarias y secundarias conforme al Articulo 14º del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, podran llevarse a cabo a traves del sistema de negociacion ELEX o en la Sala de Negociaciones de la MORDAZA, segun lo dispuesto en los avisos respectivos. Articulo 9º.- Supuestos y procedimiento para la modificacion de las operaciones realizadas en MORDAZA de Bolsa. La Direccion de Mercados podran autorizar la modificacion de operaciones, debidamente fundamentadas, hasta las 16.00 horas de la fecha de su realizacion, previa conformidad de las partes a traves de facsimile o correo electronico. Asimismo, la Direccion de Mercados podra autorizar la anulacion y modificacion de operaciones hasta las 17.00 horas del MORDAZA dia siguiente a su realizacion siempre que la solicitud: a) Este debidamente fundamentada; y, b) Contenga la firma de un representante autorizado de MORDAZA sociedades en senal de conformidad. Solo se podran autorizar las siguientes modificaciones: a) En operaciones al contado con acciones, valores representativos de derechos sobre acciones, e instrumentos representativos de deuda: - Reduccion de la cantidad negociada. - Ampliacion del plazo en caso de venta en exceso. La sociedad vendedora debera registrarse como comitente vendedor de tal exceso, debiendo comprar las acciones y entregarlas dentro del plazo pactado con la sociedad compradora. El plazo acordado debera ser comunicado por escrito a la Direccion de MORDAZA hasta las 17.00 horas del MORDAZA dia siguiente a la fecha de la operacion. b) En operaciones de reporte con acciones, valores representativos de derechos sobre acciones e instrumentos representativos de deuda:

(1) ANUAL - MONEDA NACIONAL (2) ANUAL - MONEDA EXTRANJERA (*) ACUMULADO DESDE EL 92-12-3 (**) Circulares BCR Nºs. 024 y 025-96-EF/90.

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CONASEV
Aprueban disposiciones sobre sistemas de negociacion y supuestos para modificar operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA
RESOLUCION CONASEV Nº 032-99-EF/94.10 MORDAZA, 3 de marzo de 1999 VISTO: El Informe Nº 003-99-EF/94.45 de fecha 26 de febrero de 1999, presentado por la Gerencia de Operaciones, con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 021-99-EF/94.10 se aprobo el Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima; Que, conforme a lo dispuesto por el Articulo 131º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, las bolsas de valores se encuentran facultadas para reglamentar su actividad y la de sus asociados, debiendo contener tales reglamentos los procedimientos operativos para la realizacion de los mecanismos centralizados de negociacion, el registro de las cotizaciones y la divulgacion de la informacion relativa a ellas y a los emisores, conforme a lo dispuesto por el Articulo 146º inciso d) del mismo cuerpo de leyes; sin perjuicio de las facultades de normatividad, supervision y control otorgadas a esta Comision Nacional mediante el Articulo 2º inciso a) del Texto Unico Concordado de su Ley Organica, Decreto Ley Nº 26126 y el Articulo 7º de la Ley de MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861; Que, el Articulo 5º de la Resolucion CONASEV Nº 021-99EF/94.10 dispone que el Consejo Directivo de la Bolsa de Valores de MORDAZA debera dictar las disposiciones a que se refieren los Articulos 5º, 9º, 18º, 21º y 26º del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, las cuales deberan ser previamente autorizadas por CONASEV para su aplicacion; Que, en cumplimiento de lo senalado en el considerando anterior, la Bolsa de Valores de MORDAZA ha presentado a CONASEV las disposiciones que establecen los sistemas de negociacion mediante los cuales se podran realizar las operaciones en MORDAZA de Bolsa, los supuestos en los que se podran modificar tales

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