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Pág. 170624 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de marzo de 1999 Vistos: la solicitud de Registro Nº 8017, de fecha 16.10.98, formulada por la Asociación Promotora de Educación San Ignacio de Loyola para la adecuación de la Universidad San Ignacio de Loyola al Decreto Legislativo Nº 882, y sus acompañados; CONSIDERANDO Que, por Decreto Legislativo Nº 882, se aprobó la Ley de Promoción de la Inversión en Educación, con la finalidad de contribuir a modernizar el sistema educativo y ampliar la oferta y la cobertura en todos los niveles, incluido el univer- sitario; Que, en la Tercera Disposición Transitoria del referido decreto legislativo se autoriza la adecuación al nuevo modelo instituido en él de las universidades con autorización de funcionamiento provisional conferida de conformidad con la Ley Nº 26439, o que, habiendo sido creadas por ley, se encuen- tran en proceso de organización, de conformidad con el Artí- culo 7º de la Ley Nº 23733, así como las demás universidades particulares; Que, la misma disposición transitoria, en su segundo párrafo, dispone que las solicitudes de adecuación se presenten ante el CONAFU, quien establecerá en cada caso y en un plazo no mayor a 120 días hábiles de presentada la solicitud el procedimiento correspondiente; Que, de otro lado, por Decreto Supremo Nº 001-98-ED, de fecha 9.1.98, se aprobó el reglamento que establece las Normas para el Proceso de Adecuación de Universidades; Que, la solicitante ha cumplido con acompañar a su solicitud los requisitos que señala el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 001-98-ED; Que, la Comisión Jurídica Permanente del CONAFU so- metió a estudio la solicitud y sus recaudos formulando obser- vaciones sobre asuntos puntuales consignados en el Estatuto presentado, referidos a la conformación de los Consejos Con- sultivos considerados como modalidad de participación de la comunidad universitaria; igualmente, sobre las funciones de las autoridades académicas con relación a las autoridades de la Sociedad Anónima; y recomendando incluir una norma transitoria en el Estatuto donde se precise que la actual Comisión Organizadora seguirá en funciones mientras no obtenga la universidad autorización de funcionamiento definitivo; Que, la peticionaria ha dado respuesta a las observaciones comunicando que ellas han sido acogidas e introducidas adecua- damente en el Estatuto; Que, de igual modo, la Comisión de Análisis y Consolidación del CONAFU ha emitido el informe técnico que le respecta, formulando recomendaciones atinentes, a observar por la Uni- versidad San Ignacio de Loyola en el curso de las acciones previstas en el Plan de Adecuación correspondiente; Que, el procedimiento a seguirse estará referido a la adecuación al nuevo modelo empresarial asumido por la Universidad San Ignacio de Loyola, y propuesto en el Plan de Adecuación presentado por la peticionaria; procedimiento que debe ser ejecutado de acuerdo con el párrafo segundo del Artículo 10º, concordante con el Artículo 5º, del Decreto Supremo Nº 001-98-ED; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 882, los Decre- tos Supremos Nº 001-98-ED y Nº 016-98-ED y las normas perti- nentes de la materia; y, En aplicación de las facultades conferidas por los menciona- dos dispositivos legales y de conformidad con el acuerdo del Pleno del CONAFU de fecha 26 de febrero de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar arreglada a ley la solicitud de la Asociación Promotora de Educación San Ignacio de Loyola para adecuar a la Universidad San Ignacio de Loyola al nuevo modelo instituido por Decreto Legislativo Nº 882 y sus normas reglamen- tarias. Artículo 2º.- La Universidad San Ignacio de Loyola ejecuta- rá las acciones de orden legal, académico, financiero y adminis- trativo contempladas en su Plan de Adecuación al modelo empre- sarial de Sociedad Anónima Cerrada que ha optado; haciendo conocer al CONAFU el resultado de ellas. Artículo 3º.- El CONAFU verificará la ejecución de las mencionadas acciones dentro del plazo previsto en el Artículo 10º del D.S. Nº 001-98-ED y expedirá la resolución de conclusión del proceso de adecuación. Regístrese, comuníquese y archívese. HECTOR LUJAN PERALTA Presidente CESAR ANIBAL VERA PINEDA Secretario General 3056COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Encargan el Despacho de la Primera Fiscalía Suprema en lo Civil a fiscal adjunto RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 142-99-MP-CEMP Lima, 5 de marzo de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: El escrito y Oficio Nº 132-99-MP-CEMP, mediante los cuales la doctora Blanca Nélida Colán Maguiño, Fiscal Suprema Titular de la Primera Fiscalía Suprema en lo Civil y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, solicita se le excuse de asistir a la reunión del Pleno de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público convocada para el día 5 de marzo de 1999 y se remite el certificado médico que le prescribe descanso médico domiciliario por 72 horas a partir de la fecha, respectivamente; y estando al Acuerdo Nº 1517 adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conceder licencia por motivo de en- fermedad a la doctora Blanca Nélida Colán Maguiño, Fiscal Suprema Titular de la Primera Fiscalía Suprema en lo Civil, por el término de 3 días a partir del 5 de marzo de 1999, excusándola de participar en la sesión del Pleno de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, convocada para la referida fecha. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de la Primera Fiscalía Suprema en lo Civil al doctor Avelino Trifón Guillén Jáuregui, Fiscal Adjunto Supremo de la referida Fiscalía Supre- ma, por el término que dure la licencia de su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 3084 Destacan a magistrada provisional a la Octava Fiscalía Provincial de Familia de Lima RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 143-99-MP-CEMP Lima, 5 de marzo de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Por necesidad de servicio la Comisión Ejecutiva del Ministe- rio Público por unanimidad adopta el Acuerdo Nº 1518 en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta, dejándose constancia que la doctora Blanca Nélida Colán Maguiño, Fiscal Suprema Titular y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, se encuentra de licencia por motivo de enfer- medad; y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs.26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el destaque de la doctora Rosario del Pilar Elescano Recalde, Fiscal Adjunta Pro- vincial Provisional de Lima, materia del Artículo Segundo de la