Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 1999 (06/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 170622 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de marzo de 1999 SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes COMER- CIAL TRANSPORTES ZELADA S.C.R.LTDA., la concesión de la ruta: LIMA - RODRIGUEZ DE MENDOZA y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :Lima - Rodríguez de Mendoza ITINERARIO :Trujillo-Chiclayo-Bagua-Pedro Ruiz-Chachapoyas ESCALA COMERCIAL :Trujillo-Chachapoyas FRECUENCIAS :Dos (2) semanales HORARIOS :Salidas de Lima: 16.00 horas (lunes y miércoles) Salidas de Rodríguez de Mendoza: 03.00 horas (jueves y sábado) FLOTA VEHICULAR :Operativa: Dos (2) ómnibus de placas: UQ-7022 (1992) yUQ-1159 (1992) Reserva: Un (1) ómnibus de placa: VG-1816 (1991) TIEMPO DE VIAJE :27 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas de acuerdo al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concer- nientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovin- cial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario computados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Direc- ción de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacio- nal. Quinto.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 3026 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 272-99-MTC/15.18 Lima, 22 de febrero de 1999 VISTO, el Expediente de Registro Nº 00401010 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES MOVIL TOURS S.A., sobre concesión de ruta: HUARAZ- TRUJILLO y viceversa e Informe Nº 138-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Trans- porte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: Huaraz-Trujillo y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Inter- provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 138-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se con- cluye que la referida empresa cumple con los requisitos estable- cidos en el Artículo 13º del referido reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aproba- do por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC; recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97- MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES MOVIL TOURS S.A. la concesión de ruta: HUARAZ-TRUJILLO y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terres- tre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :HUARAZ - TRUJILLO y viceversa ORIGEN :HUARAZ DESTINO :TRUJILLOITINERARIO :CHASQUITAMBO - HUARMEY - CASMA - CHIMBOTE FRECUENCIA :Una(1) diaria FLOTA VEHICULAR :Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos (2) ómnibus: UQ-8043 (1992) y UI-9644 (1991) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UI-7146 (1982) HORARIOS :Salida de Huaraz: 08.00 p.m. Salida de Trujillo: 08.00 p.m. Las tarjetas de circulación serán expedidas en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Inter- provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se auto- riza. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser pu- blicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario computados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado reglamento. Quinto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Direc- ción de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacio- nal. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 3034 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA FE DE ERRATAS RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 079-STP-TID Por Oficio Nº 382-99-P-SPT-CSJ-ETID, la Corte Suprema de la República solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 079-STP-TID, publicada en nuestra edición del día 5 de marzo de 1999, en la página 170555. DICE: R.A. Nº 079-STP-TID Lima, 3 de marzo de 1999. DEBE DECIR: R.A. Nº 079-STP-TID Lima, 28 de febrero de 1999. 3098 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Nombran comisión Ad Hoc encargada de investigar presuntas irregularida- des ocurridas en universidad RESOLUCION Nº 078-99-ANR/P Lima, 19 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 la Asamblea Nacional de Rectores aprobó mediante Resolución Nº