Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 1999 (06/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
ITINERARIO FRECUENCIA FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA HORARIOS

MORDAZA, sabado 6 de marzo de 1999
: CHASQUITAMBO - HUARMEY CASMA - CHIMBOTE : Una(1) diaria : Tres (3) omnibus : Dos (2) omnibus: UQ-8043 (1992) y UI-9644 (1991) : Un (1) omnibus: UI-7146 (1982) : Salida de Huaraz: 08.00 p.m. Salida de Trujillo: 08.00 p.m.

Primero.- Otorgar a la empresa de transportes COMERCIAL TRANSPORTES MORDAZA S.C.R.LTDA., la concesion de la ruta: MORDAZA - MORDAZA DE MORDAZA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de esta resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS HORARIOS FLOTA VEHICULAR : MORDAZA - MORDAZA de MORDAZA : Trujillo-Chiclayo-Bagua-Pedro Ruiz-Chachapoyas : Trujillo-Chachapoyas : Dos (2) semanales : Salidas de Lima: 16.00 horas (lunes y miercoles) Salidas de MORDAZA de Mendoza: 03.00 horas (jueves y sabado) : Operativa: Dos (2) omnibus de placas: UQ-7022 (1992) yUQ-1159 (1992) Reserva: Un (1) omnibus de placa: VG-1816 (1991) : 27 horas

TIEMPO DE VIAJE

Las tarjetas de circulacion seran expedidas de acuerdo al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 3026 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 272-99-MTC/15.18 MORDAZA, 22 de febrero de 1999 VISTO, el Expediente de Registro Nº 00401010 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES MOVIL TOURS S.A., sobre concesion de ruta: HUARAZ- MORDAZA y viceversa e Informe Nº 138-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: Huaraz-Trujillo y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 138-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC; recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES MOVIL TOURS S.A. la concesion de ruta: HUARAZ-TRUJILLO y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO : MORDAZA - MORDAZA y viceversa : MORDAZA : MORDAZA

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Cuarto.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado reglamento. Quinto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 3034

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
FE DE ERRATAS RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 079-STP-TID Por Oficio Nº 382-99-P-SPT-CSJ-ETID, la Corte Suprema de la Republica solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Administrativa Nº 079-STP-TID, publicada en nuestra edicion del dia 5 de marzo de 1999, en la pagina 170555. DICE: R.A. Nº 079-STP-TID MORDAZA, 3 de marzo de 1999. DEBE DECIR: R.A. Nº 079-STP-TID MORDAZA, 28 de febrero de 1999. 3098

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Nombran comision Ad Hoc encargada de investigar presuntas irregularidades ocurridas en universidad
RESOLUCION Nº 078-99-ANR/P MORDAZA, 19 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 la Asamblea Nacional de Rectores aprobo mediante Resolucion Nº

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