Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 1999 (10/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, miercoles 10 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto Legislativo Nº 821, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Legislativo Nº 719 y con sujecion a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 041-94-PCM y Resolucion Ministerial Nº 039-96-PCM; Con la opinion favorable de la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional, y el visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Juridica de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la donacion de bienes efectuada por el Centro MORDAZA vzw, con sede en Amberes, Belgica, consistente en 430 bultos conteniendo ropa usada, material para zapateria, calzados, juguetes, maquinas para escribir, maquina para coser, computadora, impresora, papel, armarios de MORDAZA, planchadores, sillon, colchones, coche para bebe, silla de ruedas, mesa, implementos de cocina, transformador y rollos de papel, con un valor estimado de US$ 1.000,00 y un peso MORDAZA de 6.126,00 k., la que sera distribuida en forma gratuita a traves de la parroquia El MORDAZA en Chincha, Policlinica MORDAZA MORDAZA y colegio MORDAZA MORDAZA en el Callao, Asociacion de Combatientes del Peru-ASCOP y el Comite Ayudando con MORDAZA en Lima. Articulo Segundo.- Dejar expresa MORDAZA que queda prohibida la venta o la recepcion de dinero como condicion para la entrega de los bienes donados. Articulo Tercero.- Disponer que la recurrente remita a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA del Acta de Entrega o Recepcion de la donacion recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ORLANDINI Secretario General 3147

favor de dichas personas, disponiendo que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural gestione la cancelacion de la inscripcion de las citadas parcelas en los Registros Publicos de Lima-Callao; Que en aplicacion del Articulo 2013º del Codigo Civil y Articulo 172º del Reglamento General de los Registros Publicos, la cancelacion debe hacerse en virtud de un mandato judicial; Que en consecuencia, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura, para que demande la cancelacion de la mencionada inscripcion registral; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura, para que en cumplimiento de la Resolucion Ministerial Nº 0475-97-AG, demande judicialmente la cancelacion en la Oficina Registral de Lima-Callao del asiento de la inscripcion de las Unidades Catastrales Nºs. 10046 y 10047, de tierras eriazas ubicadas en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion; remitiendose los actuados al mencionado Procurador Publico para que inicie las referidas acciones judiciales. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 3178 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0194-99-AG MORDAZA, 8 de marzo de 1999 VISTO:

AGRICULTURA
Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales tendientes a la cancelacion de asientos de inscripcion de tierras eriazas ubicadas en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0193-99-AG MORDAZA, 8 de marzo de 1999 VISTO: El Oficio Nº 159-99-AG-PETT-DTSL del Director de Titulacion y Saneamiento Legal de Predios Rurales, en el que solicita la intervencion del Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura para iniciar accion judicial de cancelacion registral. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 0475-97-AG, de 1 de diciembre de 1997, se declaro nula la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 104-95-AG-PETT, de 17 de MORDAZA de 1995, expedida por el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, en la parte que adjudico las parcelas con Unidades Catastrales Nºs. 10046 y 10047 a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, de terrenos eriazos ubicados en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, declarando nulos los Contratos de Otorgamiento de Terrenos Eriazos Nºs. 3629-AG-PETT, 3622-AG-PETT, todos de fecha 22 de MORDAZA de 1995, respectivamente, extendido a

El Oficio Nº 012-99-AG-PETT-DTSL del Director de Titulacion y Saneamiento Legal de Predios Rurales, en el que solicita la intervencion del Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura para iniciar accion judicial de cancelacion registral. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 0592-98-AG, de 3 de noviembre de 1998, se declaro nula la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 104-95-AG-PETT, de 17 de MORDAZA de 1995, expedida por el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, en la parte que adjudico a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las parcelas con Unidades Catastrales Nºs. 10037, 10078, 10079, 10080 y 10081, respectivamente, de tierras eriazas ubicadas en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, declarando nulos los Contratos de Otorgamiento de Terrenos Eriazos Nºs. 3589-AG-PETT, 3588-AGPETT, 3591-AG-PETT, 3597-AG-PETT, todos de fecha 22 de MORDAZA de 1995, respectivamente, extendido a favor de dichas personas, disponiendo que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, gestione la cancelacion de la inscripcion de las citadas parcelas en los Registros Publicos de Lima-Callao; Que la Oficina Registral de Lima-Callao - Oficina MORDAZA, mediante esquela de 4 de diciembre de 1998, ha tachado la solicitud de cancelacion de inscripcion formulada en razon que de conformidad con el Articulo 2013º del Codigo Civil y Articulo 172º del Reglamento General de los Registros Publicos, la cancelacion debe hacerse en virtud de un mandato judicial; Que en consecuencia, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura, para que demande la cancelacion de la mencionada inscripcion registral; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica; y,

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