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Pág. 170857 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de marzo de 1999 DEFENSA FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 016-DE/CCFFAA/DR Mediante Oficio Nº 18002/SGMD-L/DDLL, el Ministe- rio de Defensa solicita se publique Fe de Erratas del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-DE/CCFFAA/DR y publicado en nuestra edición del día 25 de febrero de 1999, en la página 170242. Entidad : ECONOMIA Unidad: ABASTECIMIENTO Rubro 01 (de fojas 170244) DICE: 01-Inscripción en el Registro de Proveedores. -Compras de Bienes y Servicios. DEBE DECIR: 01-Compras de Bienes y Servicios. 3301 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban transferencia de inmueble ubicado en el distrito de La Oroya, provincia de Yauli, a favor de universi- dad DECRETO SUPREMO Nº 036-99-EF TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL BANCO MINERO DEL PERU EN LIQUIDACION A FAVOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 034-94, el Ministerio de Economía y Finanzas asumió la deuda externa de corto, mediano y largo plazo con la banca comercial, que se encuentre venci- da y por vencer, de los Bancos Agrario, Industrial y Minero del Perú en Liquidación; Que, a la fecha, el Banco Minero del Perú en Liquidación mantiene una deuda pendiente de cancelación en favor del Ministerio de Economía y Finanzas, por concepto de la deuda asumida en virtud del Decreto de Urgencia Nº 034- 94; Que, el Banco Minero del Perú en Liquidación, es propietario de un inmueble cuya adquisición ha sido solici- tada por la Universidad Nacional del Centro del Perú, para el cumplimiento de sus fines; Que, es conveniente autorizar la transferencia de dicho inmueble a favor de la Universidad Nacional del Centro del Perú, con cargo a la deuda que mantiene el citado banco ante el Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Dispo- sición Transitoria de la Ley Nº 27013 -Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999-; DECRETA: Artículo 1º.- TRANSFERENCIA DE INMUEBLE.- Apruébase la transferencia de la planta denominada Hua- ri, de propiedad del Banco Minero del Perú en Liquidación, ubicada en el paraje Llacuarumi - Anexo Huari, distrito LaOroya, provincia Yauli, departamento de Junín, a favor de la Universidad Nacional del Centro del Perú. Artículo 2º.- CARACTER ONEROSO DE LA TRANS- FERENCIA.- La transferencia a que se refiere el artículo precedente, se realizará a título oneroso y al valor estable- cido por el Consejo Nacional de Tasaciones -CONATA-, ascendente a la suma total de US$ 282 818,17 (DOSCIEN- TOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS DIECIO- CHO Y 17/100 DOLARES AMERICANOS) cuyo pago se efectuará con cargo y a cuenta de la deuda que mantiene el citado banco en liquidación a favor del Ministerio de Econo- mía y Finanzas. Artículo 3º.- COMPENSACION DE OBLIGACIONES.- Autorízase a la Comisión Administradora de Carteras y a la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a efectuar la compensación a la que se refiere el Artículo 2º de la presente norma legal. Artículo 4º.- AJUSTE DE CUENTAS PATRIMONIA- LES.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Comisión Administradora de Carteras a efectuar los ajustes que sean necesarios en las respectivas cuentas patrimoniales, por efecto de la transferencia autorizada por este dispositivo legal. Artículo 5º.- REFRENDO DE LA NORMA.- El presen- te Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 3277 Aceptan y aprueban donación efectua- da por la Secretaría Ejecutiva del Con- venio Andrés Bello a favor del Ministe- rio de Educación RESOLUCION SUPREMA Nº 087-99-EF Lima, 9 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Secretaría Ejecutiva del Convenio Andrés Bello (SECAB), con sede en Santafé de Bogotá, D.C., Colombia, ha efectuado una donación a favor del Ministerio de Educa- ción, consistente en afiches-calendario 1998, la que será destinada a la Secretaría Nacional del Convenio Andrés Bello (SECAB) con sede en el Ministerio de Educación; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821 establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de entidades y dependencias del sector público; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 821, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación efectuada por la Secretaría Ejecutiva del Convenio Andrés Bello (SECAB), con sede en Santafé de Bogotá, D.C., Colombia, a favor del Ministerio de Educación, consistente en 8 cajas conteniendo 200 afiches-calendario 1998, con un valor aproximado de US$ 200,00 (Doscientos y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Carta de Donación CUL - 016 de fecha 16 de enero de 1998 y un peso aproximado de 246 k., según Guía Aérea Nº 210 3226 3103 de AEROPERU. Dicha donación será destinada a la Secretaría Nacional del Convenio Andrés Bello (SECAB), con sede en el Ministerio de Educación.