Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 1999 (10/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 10 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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Distrito Notarial de MORDAZA, adjuntando MORDAZA de la respectiva acta de defuncion; Que en consecuencia es necesario cancelar el titulo respectivo; De conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del Articulo 21º del Decreto Ley Nº 26002 - Ley del Notariado y el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- CANCELAR, por fallecimiento, el titulo de Notario de la provincia de MORDAZA, Distrito Notarial de MORDAZA, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balladares. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de MORDAZA, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE PUELLES Ministra de Justicia 3152

Autorizan a Procurador iniciar MORDAZA judicial contra empresa por incumplimiento en la entrega, reparacion e instalacion de material medico
RES0LUCION MINISTERIAL Nº 060-99-JUS MORDAZA, 4 de marzo de 1999 Visto el Oficio Nº 081-99-JUS/PPMJ, de fecha 10 de febrero de 1999, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 322-98-INPE/CR.P, de fecha 22 de setiembre de 1998, el Presidente de la Comision Reorganizadora del Instituto Nacional Penitenciario, informa al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, respecto al incumplimiento en la entrega, reparacion e instalacion de material medico por parte de la empresa KARDA S.A.; Que resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, para que en nombre y representacion del Estado inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra la empresa KARDA S.A., a efectos de que cumpla con entregar, reparar e instalar el material medico adquirido por el Instituto Nacional Penitenciario, asimismo demande a favor del Estado el resarcimiento de los danos que dicho incumplimiento MORDAZA ocasionado. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE PUELLES Ministra de Justicia 3154

Autorizan a Procurador para que en representacion del Estado intervenga en procesos judiciales seguidos por fundacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 059-99-JUS MORDAZA, 4 de marzo de 1999 Visto el Oficio Nº 0046-99-JUS/CSF-P de fecha 20 de enero de 1999, del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones; CONSIDERANDO: Que el Consejo de Supervigilancia de Fundaciones solicita la intervencion de la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, en dos procesos judiciales seguidos por la fundacion "Cristina e MORDAZA Cobian Elmore" sobre conclusion de administracion judicial, liquidacion de cuentas y entrega de bienes en calidad de demandante y peticion de herencia en calidad de demandado; Que con el nombramiento de administrador efectuado por el Vigesimo Tercer Juzgado Civil de MORDAZA sobre la persona de MORDAZA de MORDAZA y Oyague, este viene realizando actos de disposicion de los bienes que conforman el patrimonio de la fundacion "Cristina e MORDAZA Cobian Elmore" empleandolos para fines distintos a los senalados en el acto constitutivo, por lo que siendo funcion del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones velar por la observancia de las normas que garantizan el cumplimiento de los objetivos y fines fundacionales, es procedente autorizar al Procurador Publico a fin de que intervenga en representacion del Estado en los citados procesos judiciales; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion del Estado intervenga en los procesos judiciales seguidos por la fundacion "Cristina e MORDAZA Cobian Elmore" sobre conclusion de administracion judicial, liquidacion de cuentas y entrega de bienes en calidad de demandante y sobre peticion de herencia en calidad de demandado. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE PUELLES Ministra de Justicia 3153

Autorizan a instituciones a funcionar como Centros de Conciliacion y de Formacion y Capacitacion de Conciliadores
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 061-99-JUS MORDAZA, 4 de marzo de 1999 Vista la solicitud de fecha 12 de enero de 1999, de la Asociacion Peruana de Resolucion de Conflictos (APREDEC); CONSIDERANDO: Que la Asociacion Peruana de Resolucion de Conflictos (APREDEC) es una institucion dedicada a la solucion de controversias mediante la aplicacion de mecanismos alternativos de solucion de conflictos; Que la mencionada institucion cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, para ser autorizada a funcionar como Centro de Conciliacion;

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