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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 1999 (10/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 170865 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de marzo de 1999 Distrito Notarial de Lambayeque, adjuntando copia de la respectiva acta de defunción; Que en consecuencia es necesario cancelar el título respectivo; De conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del Artículo 21º del Decreto Ley Nº 26002 - Ley del Notariado y el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CANCELAR, por fallecimiento, el título de Notario de la provincia de Jaén, Distrito Notarial de Lambayeque, de don José Antonio Panta Balladares. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Consejo del Notariado y al Colegio de Nota- rios de Lambayeque, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOTA VALENZUELA DE PUELLES Ministra de Justicia 3152 Autorizan a Procurador para que en representación del Estado intervenga en procesos judiciales seguidos por fundación RESOLUCION MINISTERIAL Nº 059-99-JUS Lima, 4 de marzo de 1999 Visto el Oficio Nº 0046-99-JUS/CSF-P de fecha 20 de enero de 1999, del Consejo de Supervigilancia de Funda- ciones; CONSIDERANDO: Que el Consejo de Supervigilancia de Fundaciones soli- cita la intervención de la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, en dos procesos judiciales seguidos por la fundación "Cristina e Ismael Cobián Elmore" sobre conclusión de administración judicial, liquidación de cuentas y entrega de bienes en calidad de demandante y petición de herencia en calidad de demandado; Que con el nombramiento de administrador efectuado por el Vigésimo Tercer Juzgado Civil de Lima sobre la persona de Carlos de Zavala y Oyague, éste viene realizan- do actos de disposición de los bienes que conforman el patrimonio de la fundación "Cristina e Ismael Cobián Elmore" empleándolos para fines distintos a los señalados en el acto constitutivo, por lo que siendo función del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones velar por la observancia de las normas que garantizan el cumplimiento de los obje- tivos y fines fundacionales, es procedente autorizar al Procurador Público a fin de que intervenga en representa- ción del Estado en los citados procesos judiciales; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación del Estado intervenga en los procesos judiciales seguidos por la fundación "Cristina e Ismael Cobián Elmore" sobre conclusión de administración judi- cial, liquidación de cuentas y entrega de bienes en calidad de demandante y sobre petición de herencia en calidad de demandado. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución así como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Público, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOTA VALENZUELA DE PUELLES Ministra de Justicia 3153Autorizan a Procurador iniciar proce- so judicial contra empresa por incumplimiento en la entrega, repara- ción e instalación de material médico RES0LUCION MINISTERIAL Nº 060-99-JUS Lima, 4 de marzo de 1999 Visto el Oficio Nº 081-99-JUS/PPMJ, de fecha 10 de febrero de 1999, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 322-98-INPE/CR.P, de fecha 22 de setiembre de 1998, el Presidente de la Comisión Reorga- nizadora del Instituto Nacional Penitenciario, informa al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, respecto al incumplimiento en la entrega, reparación e instalación de material médico por parte de la empresa KARDA S.A.; Que resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, para que en nombre y representación del Estado inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra la empresa KARDA S.A., a efectos de que cumpla con entregar, reparar e instalar el material médico adquirido por el Instituto Nacional Penitenciario, asimismo demande a favor del Estado el resarcimiento de los daños que dicho incumplimiento haya ocasionado. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución, así como los antecedentes del caso al mencionado Procura- dor Público para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOTA VALENZUELA DE PUELLES Ministra de Justicia 3154 Autorizan a instituciones a funcionar como Centros de Conciliación y de Formación y Capacitación de Concilia- dores RESOLUCION MINISTERIAL Nº 061-99-JUS Lima, 4 de marzo de 1999 Vista la solicitud de fecha 12 de enero de 1999, de la Asociación Peruana de Resolución de Conflictos (APRE- DEC); CONSIDERANDO: Que la Asociación Peruana de Resolución de Conflictos (APREDEC) es una institución dedicada a la solución de controversias mediante la aplicación de mecanismos alter- nativos de solución de conflictos; Que la mencionada institución cumple con los requisitos establecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación y Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, para ser autorizada a funcionar como Centro de Conciliación;