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Pág. 170861 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de marzo de 1999 como las relativas a brindar información y educación sani- taria, con el objeto de disminuir los riesgos de enfermedades y muertes." Artículo 2º.- Modificar la codificación del Grupo Ge- nérico de Gasto 10. RESERVA DE CONTINGENCIA, con- tenida en el Anexo 04: Clasificador de los Gastos Públicos para 1999, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 047-98-EF/76.01, quedando redactado de la siguiente for- ma: "0. RESERVA DE CONTINGENCIA Gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de las Entidades del Sector Público. De uso exclusivo del Ministerio de Economía y Finanzas." Artículo 3º.- Modificar la codificación de la Partida de Ingresos 4.2.1.01 SALDO DE EJERCICIOS ANTERIORES, contenida en el Anexo 06: Maestro del Clasificador de los Ingresos para 1999, aprobado mediante Resolución Direc- toral Nº 047-98-EF/76.01, consignándose de acuerdo a lo siguiente: "4.2.1.001 SALDO DE EJERCICIOS ANTERIORES" Artículo 4º.- Modificar el texto de las Específicas del Gasto 30. BIENES DE CONSUMO, 36. TARIFAS DE SERVICIOS PUBLICOS, 39. OTROS SERVICIOS DE TER- CEROS y 51. EQUIPAMIENTO Y MATERIALES DURA- DEROS, en los siguientes términos: "30. BIENES DE CONSUMO Gastos como adquisición de bienes tales como: material biológico, farmacológico y de laboratorio; material de coci- na, mesa y dormitorio y productos de limpieza; material de uso zootécnico, materiales para el mantenimiento y adecua- ción de los bienes inmuebles; material de protección, segu- ro, socorro y sobrevivencia; materiales gráficos; material de instalación eléctrica y electrónica; material odontológico, hospitalario y ambulatorio; material químico, animales para estudio, material para telecomunicaciones, semillas y cambio de planta; material de acondicionamiento y embala- je; equipo de vuelo (distinto a equipamiento y materiales duraderos); materiales de escritorio; software (producto terminado); impresos y suscripciones; materiales de ense- ñanza; soporte informático (medios magnéticos, ópticos o de otro tipo, tales como: disquetes, casetes, cintas magnéticas, CD-Rom y otros); y, otros bienes no depreciables." "36. TARIFAS DE SERVICIOS Gastos por las prestaciones de servicios generales tales como: agua, desagüe, luz, teléfono, télex, fax, arbitrios, correos, servicio de mensajería, etc." "39. OTROS SERVICIOS DE TERCEROS Gastos por servicios prestados por personas naturales y jurídicas no considerados en las específicas de gastos 27, 36, 37 y 38; tales como: embalaje, fletes y almacenaje; acondi- cionamiento, conservación y reparación de bienes muebles e inmuebles; servicios de divulgación, impresión, encuader- nación y empastado; gastos por congresos, simposios, con- ferencias, cursos o exposiciones; gastos menudos de rápida cancelación, servicio de transporte y refrigerio, servicio de evaluación internacional de procesos, elaboración de softwa- res; también incluye los gastos por servicios eventuales prestados por las animadoras y alfabetizadoras, propinas a practicantes, secigristas y similares; instructores directa- mente contratados; obreros para campañas agrícolas; die- tas de directorio y de organismos colegiados; dietas a colaboradores eventuales." "51. EQUIPAMIENTO Y MATERIALES DURA- DEROS Gastos por la adquisición de maquinarias y equipos de medición; softwares (producto terminado); comunicación y laboratorios; computadoras, servidores y hardware infor- mático; equipos de oficina (máquina de escribir), impreso- ras, calculadoras, mobiliario de oficina y otros; equipos médicos, odontológicos y hospitalarios; equipamientos para deportes y entrenamientos; armamentos; aeronaves; em- barcaciones; maquinaria y equipo militar; equipos de pro-tección, seguridad, socorro y sobrevivencia; elevadores y ascensores; instalaciones de aire acondicionado; máquinas, aparatos y equipos de uso industrial; maquinarias, apara- tos y equipos gráficos y equipos diversos; máquinas, apara- tos, tractores y equipamiento agrícola, de carreteras y de carga; mobiliario en general; semovientes, vehículos diver- sos, vehículos ferroviarios; vehículos de transporte de per- sonal; utensilios médicos, odontológicos y hospitalarios; instrumentos musicales y artísticos; herramientas, mate- riales para la construcción y rehabilitación de inmuebles y otros bienes duraderos depreciables." Artículo 5º.- Los montos que se consignen en las disposiciones que aprueban las Modificaciones Presu- puestarias deben registrarse en números enteros. Regístrese y comuníquese. REYNALDO BRINGAS DELGADO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público 3239 Entidades omisas a la presentación de la evaluación presupuestal al IV tri- mestre de 1998 OFICINA DE INSTITUCIONES Y ORGANISMOS DEL ESTADO CIRCULAR Nº 001-99-EF/15.OIOE Lima, 5 de marzo de 1999 ENTIDADES OMISAS A LA PRESENTACION DE LA EVALUACION PRESUPUESTAL AL IV TRIMESTRE DE 1998 La Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE, en uso de las funciones establecidas en el numeral 2 del Artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 066-98-EF, comunica la relación de entidades no incluidas en la Eva- luación de la Ejecución Presupuestal al IV Trimestre de 1998, en razón de no haber presentado la información de sus correspondientes ejecuciones presupuestales o por no haber presentado la información presupuestal de acuerdo a los requerimientos establecidos en la Directiva Nº 001-98- OIOE, "Directiva de Ejecución, Control y Evaluación Presu- puestaria" de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE. 1.- LUSA 2.- CMAC CHINCHA 3.- CMPC CALLAO 4.- EMAPA BARRANCA 5.- EMAPA CORONEL PORTILLO 6.- EMAPA PASCO 7.- EMAPA PATIVILCA 8.- EMAPA TUMBES 9.- EMAPA VIGGSA 10.- EMAPAB AMAZONAS 11.- EMAPAU BAGUA 12.- EMAPAY YUNGUYO 13.- EMAQ QUILLABAMBA 14.- EMPSSAPAL 15.- EMSAPA CALCA 16.- EPS CAÑETE 17.- EPS CHAVIN 18.- EPS EMSAPCHANKA 19.- EPS MARAÑON 20.- EPS MOQUEGUA 21.- EPS MOYOBAMBA 22.- EPS NOR PUNO 23.- EPS SEDA ILO 24.- EPS SELVA CENTRAL 25.- EPS SAMAPACH 26.- EPS SIERRA CENTRAL 27.- EPSEL 28.- SEDA JULIACA 29.- SEDA QOSQO 30.- SEMAPA HUANCAVELICA 31.- DIGIMUN 32.- EMSIM MIRAFLORES 33.- ETHIPSA 34.- EMSEMASA 35.- EMILIMA 36.- EMUCSA 37.- EMISA TUMBES 38.- ESLIM CALLAO 39.- EMMEPSA CHIMBOTE 40.- EMSEMSA HUARAZ 41.- EMSEMSA CALCA 42.- EMSEM TAMBO 43.- EMSEM HUANCAYO 44.- EMUFEQ Es preciso señalar, que con la finalidad de cautelar el adecuado cumplimiento de las directivas y normas presu- puestarias, se está haciendo de conocimiento de la Contra- loría General de la República la relación de las entidades omisas citadas, a fin que inicie las acciones correspondien- tes para la determinación de las responsabilidades del caso. Asimismo, se comunica que la OIOE en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 16º de la Ley N° 26894, Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998, ha remitido al