Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 1999 (11/03/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

Pag. 170932

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de marzo de 1999

- Solicitud valorada ( 4 % UIT). - Formato de Certificado de Compatibilidad de Uso valorado ( 3 % UIT). - Formato de Autorizacion de Funcionamiento, que se distribuye de manera gratuita. Articulo 22º Una vez obtenidos los documentos senalados en el Articulo anterior el interesado los presentara en la Unidad de Tramite Documentario, la misma que remitira la Carpeta a la Division de Obras Privadas, en el plazo MORDAZA de 1 dia habil. Articulo 23º La Division de Obras Privadas determinara si su Compatibilidad de Uso es conforme o no conforme, para lo cual sera necesario determinar la zonificacion y caracteristicas del predio. COMPATIBILIDAD DE USO Articulo 24º Es requisito necesario para el otorgamiento de la Compatibilidad de Uso conforme, que la zonificacion donde se encuentra el predio permita llevar a cabo la actividad que el interesado pretende realizar una vez obtenida su Autorizacion de Funcionamiento. Los planos de zonificacion a ser utilizados por la Municipalidad Distrital de Chorrillos son los aprobados por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 25º Una vez determinada la zonificacion donde se encuentra el establecimiento, la Division de Obras Privadas llevara a cabo una inspeccion ocular en dicho establecimiento, siempre que la zonificacion sea conforme. Articulo 26º La inspeccion realizada por la Division de Obras Privadas determinara, entre otros, los siguientes aspectos : - Area ocupada por el interesado. - Material de construccion y estado de conservacion del predio. - La seguridad del predio. - Las instalaciones sanitarias. - Las instalaciones electricas. - Estacionamientos. - Acondicionamiento del local. Articulo 27º No sera necesaria la inspeccion ocular, bastando la MORDAZA de una Declaracion Jurada, tratandose de comercios o servicios profesionales cuando el area dedicada a la actividad sea inferior a los 30 m2, no siendole aplicable dicha excepcion tratandose de los establecimientos senalados en el Articulo 37º del presente Reglamento. Articulo 28º Una vez llevada a cabo la inspeccion ocular se emitira un informe que determine si la Compatibilidad de Uso es conforme. El procedimiento que determine la conformidad de la Compatibilidad de Uso se llevara a cabo en el plazo MORDAZA de tres dias habiles. Articulo 29º En caso la Compatibilidad de Uso no sea conforme la carpeta se remitira a la Oficina de Asesoria Juridica para que proyecte Resolucion de Alcaldia denegandole su Autorizacion. Articulo 30º Con la Compatibilidad de Uso conforme, la Division de Obras Privadas remitira la carpeta a la Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA, cuyo Director la autorizara y remitira en el plazo MORDAZA de un dia habil a la Division de Comercializacion y Mercados. Articulo 31º La Division de Comercializacion y Mercados una vez recibida la carpeta registra la informacion solicitada en el Formato de Autorizacion de Funcionamiento, momento en el cual se inscribe el interesado en la Base de Datos de Licencia

de Funcionamiento. Acto seguido el Jefe de la Division de Comercializacion y Mercados firma el Formato de Autorizacion de Funcionamiento para remitirlo a la Alcaldia, quien en el plazo MORDAZA de un dia habil autoriza el Formato y lo devuelve a la Division de Comercializacion y Mercados, para que proceda a entregar al interesado la Autorizacion de Funcionamiento. Articulo 32º En caso varias personas soliciten su Licencia de Funcionamiento para realizar sus actividades dentro de un mismo predio se aplicaran, las siguientes reglas: - Si dentro del predio se puede determinar el area que ocupa cada empresa, se otorgara la Autorizacion de Funcionamiento por el area ocupada mas un porcentaje proporcional del area comun. - Si dentro del predio no se puede determinar el area que ocupa cada empresa, se otorgara la Licencia por el area total del predio, siempre que los giros de actividad MORDAZA compatibles. Articulo 33º Tratandose de concesionarios o arrendatarios que desarrollen sus actividades dentro de un centro comercial, MORDAZA o similar deberan obtener su Autorizacion de Funcionamiento cada uno de ellos de manera independiente, para lo cual deberan tramitar cada concesionario su Compatibilidad de Uso. Articulo 34º La Compatibilidad de Uso o el Certificado de Zonificacion podra ser obtenido de manera independiente para lo cual el interesado adquirira de la Unidad de Tesoreria el Certificado de Compatibilidad de Uso, siguiendo el procedimiento dispuesto por el presente Capitulo. En este caso el Director de Obras y Desarrollo MORDAZA autorizara el Certificado de Compatibilidad de Uso o Zonificacion y entregara dicho documento. REGIMENES ESPECIALES Articulo 35º Los cines que exhiban peliculas pornograficas o peliculas para adultos, asi como aquellos establecimientos que presenten shows pornograficos, solo estan autorizados a iniciar sus actividades a partir de las 23.00 horas. Articulo 36º En ningun caso se otorgara Autorizacion de Funcionamiento para aquellos predios que se encuentren en propiedad horizontal de uso residencial para : Discotecas, Videos Pubs, Bingos, Hostales, MORDAZA de Citas, Prostibulos, MORDAZA de Masajes, MORDAZA de Espectaculos, Restaurantes, Centros de Ensenanzas, ni Talleres que produzcan emanaciones de gases toxicos o ruidos molestos. Articulo 37º Los establecimientos que realizan actividades como Salones de baile, Bingos, Sapos, Billares, Bochas, Bowling, Bares, Cantinas, Boites, Discotecas, Salsodromos, Chichodromos, Licorerias, Hipodromos, Coliseo de Gallos, Tragamonedas, Video Juegos, Prostibulos, MORDAZA de Cita, Retransmisiones de Carreras de Caballo, Canes, o eventos deportivos donde se apueste, Juegos electronicos, Pimballs y Casinos no pueden instalarse a menos de 100 metros de: a) Oficinas de Gobierno Central, Regional, Provincial o Local. b) Centro de ensenanza en general, Colegios privados y nacionales a todo nivel, Universidades, Academias, Institutos Superiores, Pronoes, Ceos y Ceognes. c) Centros religiosos. d) Centros hospitalarios y Clinicas. e) Museos. f) Embajadas y representaciones extranjeras en general, Delegaciones y Centros Policiales, Organismos Internacionales. Los 100 metros son entendidos como el radio de accion y se aplica desde los linderos o perimetros de los centros detallados.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.