Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 1999 (11/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de marzo de 1999

MUNICIPALIDAD DE BRENA

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS

Conforman el Comite de Defensa Civil Aprueban el Reglamento de Otorgadel distrito miento de Autorizaciones Municipales de Funcionamiento DECRETO DE ALCALDIA
Nº 005-99-DA/MDB Brena, 8 de marzo de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA CONSIDERANDO: Que, la defensa civil se planifica y ejecuta en epoca de paz y debe contar con una estructura basica capaz de adaptarse a las diversas soluciones que se requieren en forma concreta en cualquier caso; Que, la Municipalidad de Brena tiene incorporado en su Organigrama Estructural al Comite de Defensa Civil que es un ente dedicado a proponer politicas y programas destinados a la proteccion de la poblacion y sus bienes, con la finalidad de prevenirla y prepararla para afrontar desastres de toda indole, buscando la ayuda necesaria para alcanzar las condiciones basicas de habilitacion que permitan el desarrollo continuo de las actividades en las zonas afectadas; Que, por los considerandos expuestos es necesario conformar el Comite de Defensa Civil del distrito de Brena; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 19338 y modificatorias, y las atribuciones que le confieren los Arts. 10º e Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Conformar el Comite de Defensa Civil del distrito de Brena, el mismo que estara integrado por las siguientes personas: - El MORDAZA del distrito Sr. CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien lo presidira. - El Gobernador del distrito. - El Jefe de la Delegacion Distrital de la Policia Nacional del Peru. - El Comandante del Cuerpo Voluntario de Bomberos Internacional Nº 14. - El representante del Instituto Nacional de Defensa Civil. - El Parroco. - El Director del Area de Salud. - El Director de la Unidad de Servicios Educativos 02. - El representante de la MORDAZA Roja Peruana. - El Decano del Colegio Medico del Peru o su representante. - El Decano del Colegio de Ingenieros del Peru o su representante. - La Brigada Operativa contra Desastres. - El representante de la Camara de Comercio de Brena. - Los representantes sectoriales de Telefonica del Peru, Sedapal y Edelnor. - El responsable de la Oficina de Defensa Civil, quien actuara como Secretario Tecnico del Comite. Articulo Segundo.- Encargar la coordinacion y cumplimiento del presente decreto a las Direcciones de Seguridad Ciudadana y de Desarrollo MORDAZA, a la Oficina de Defensa Civil, y su difusion a la Unidad de Imagen Institucional. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto el Decreto de Alcaldia Nº 02-96-DA/MDB. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3266 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 07-99-MDCH Chorrillos, 27 de febrero de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS VISTO, en sesion ordinaria de Concejo, y CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Distritales son Organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Art. 91º de la Constitucion Politica del Peru; Que, siendo necesario aprobar el Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento, aplicable en el distrito de Chorrillos, promoviendo la Inversion Privada y el Desarrollo Comercial e Industrial; En ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con el MORDAZA en mayoria de los senores miembros del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente ordenanza: ORDENANZA Articulo Primero.- Apruebase el Reglamento de Otorgamiento de Autorizaciones Municipales de Funcionamiento, que consta de seis (6) capitulos, cincuenta (50) articulos y siete (7) disposiciones transitorias y finales. Articulo Segundo.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- Encargar a la Division de Comercializacion y Mercados, y a la Oficina de Rentas el cumplimiento de la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS AUTORIZACIONES MUNICIPALES DE FUNCIONAMIENTO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º Las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Son funciones de las Municipalidades en materia de abastecimiento y comercializacion de productos el otorgar Licencia de Apertura de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Actividades Profesionales y controlar su funcionamiento de acuerdo a ellas. Articulo 2º Las Municipalidades tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de los limites que fije la ley y conforme a lo establecido por la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º Las Municipalidades podran imponer las Tasas por Servicios Administrativos o Derechos, que son las tasas que debe

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