Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 1999 (11/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, jueves 11 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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En uso de la facultad conferida por la Ley Organica de la Superintendencia Nacional de Aduanas, Decreto Ley Nº 26020 y su Estatuto, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 00021 del 10.4.97, modificado por Resolucion de Superintendencia Nº 001591 del 20.6.97, y estando a la delegacion de funciones conferidas en la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001029 del 18.3.97; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliese el Art. 4º de la R.I.N. Nº 003270 del 3.12.97, que aprobo el formato y cartilla de instrucciones del documento aduanero "Declaracion Simplificada", incorporando un MORDAZA parrafo, con el siguiente texto: "Asimismo, los Agentes de Aduana y/o Despachadores Oficiales podran imprimir este documento, para su utilizacion en los despachos que intervengan". Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 3210

CONASEV
Disponen inscribir bonos de arrendamiento financiero en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 035-99-EF/94.11 MORDAZA, 5 de marzo de 1999 VISTOS: El Expediente Nº 98/00506 del BANCO SUDAMERICANO, y el Memorandum Ejecutivo Nº 008-99-EF/94.50 de fecha 4 de marzo de 1999 de la Gerencia de Emisores y Empresas; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 14 del Articulo 221º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, las empresas bancarias pueden emitir y colocar bonos, en moneda nacional o extranjera, incluidos los de arrendamiento financiero, siempre que MORDAZA de su propia emision; Que, mediante Junta Obligatoria Anual del BANCO SUDAMERICANO de fecha 23 de febrero de 1998, se acordo autorizar un endeudamiento por un monto MORDAZA de cincuenta millones y 00/100 dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 50 000 000,00) o su equivalente en moneda nacional, delegando al Comite Ejecutivo las facultades suficientes para que aprueben las condiciones especificas de cada tramo de las emisiones parciales de deuda hasta totalizar el limite MORDAZA MORDAZA indicado; Que, por acuerdo del Comite Ejecutivo adoptado con fecha 1 de octubre de 1998, se aprobaron las caracteristicas de la octava emision de bonos de arrendamiento financiero del BANCO SUDAMERICANO denominado "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudamericano - Octava Emision" por un monto de treinta millones y 00/100 dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 30 000 000,00); Que, mediante Resolucion SBS Nº 0094-99 de fecha 8 de febrero de 1999, la Superintendencia de Banca y Seguros emitio opinion favorable respecto de la presente emision de bonos de arrendamiento financiero; Que, el BANCO SUDAMERICANO ha cumplido con los requisitos contenidos en la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y el Reglamento de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 906-91-EF/94.10.0, y sus modificatorias; y, Estando a lo acordado por el Directorio de esta Comision Nacional, reunido en sesion de fecha 22 de setiembre de 1997, que faculta al Gerente General a disponer la inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores cuya emision tenga opinion favorable de la Superintendencia de Banca y Seguros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Inscribir en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los bonos de arrendamiento financiero denominados "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudamericano - Octava Emision" del BANCO SUDAMERICANO, los que seran emitidos y colocados por oferta publica, en concordancia con los plazos, condiciones y modalidades previstos en el contrato de emision y en el prospecto informativo, con sujecion a lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo 2º.- El prospecto informativo a ser utilizado obligatoriamente por el BANCO SUDAMERICANO para la difusion de la oferta publica contiene las caracteristicas de los valores a emitir y debidamente visado sera devuelto al recurrente, conservandose MORDAZA del mismo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV. Articulo 3º.- Los recursos que capte el BANCO SUDAMERICANO por la emision por oferta publica de los bonos que se inscriben en el Registro Publico del MORDAZA de Valores mediante la presente resolucion deberan destinarse exclusivamente al financiamiento de operaciones de arrendamiento financiero del Banco. Articulo 4º.- La publicidad que se realice para promover la mencionada oferta publica debera sujetarse a las condiciones previstas en el contrato de emision, en el prospecto informativo, y a lo establecido en la presente resolucion.

Dictan disposiciones referidas a la aplicacion de restitucion de derechos arancelarios
CIRCULAR Nº 46-09-99-ADUANAS-INTA Callao, 5 de marzo de 1999 Senor Intendente de Aduana Presente.ASUNTO: RESTITUCION DE DERECHOS

Estando a la delegacion de funciones otorgada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 001029 del 18.3.97, sirvase tener presente y hacer de conocimiento al personal de la Intendencia a su cargo, lo siguiente: 1. El inciso a) del Art. 11º del D.S. Nº 104-95-EF, MORDAZA que reglamenta el Procedimiento Simplificado de Restitucion de Derechos Arancelarios, senala que no podran acogerse al sistema de reintegro, las exportaciones de mercancias que tengan incorporados insumos extranjeros ingresados al MORDAZA mediante el uso de mecanismos aduaneros suspensivos o exoneratorios de aranceles o de franquicias aduaneras especiales. 2. Cuando el beneficio devolutivo se sustente en insumos importados con tratamiento tributario normal y cuya Declaracion Unica o Simplificada de Importacion contenga adicionalmente series que correspondan a insumos nacionalizados con franquicias aduaneras especiales y/o exoneraciones o rebajas arancelarias de cualquier MORDAZA, a efecto de poder acceder al Procedimiento Simplificado de Restitucion de Derechos Arancelarios, la empresa productora exportadora debera adjuntar adicionalmente a los documentos indicados en el numeral 3 rubro VII A del Procedimiento Operativo INTA-PG.09 aprobado por RIN Nº 2105 del 22.11.98 una Declaracion Jurada con la siguiente informacion:
DECLARACION DE EXPORTACION ADUANA-ANO-NUMERO SERIE DECLARACION DE IMPORTACION ADUANA-ANO-NUMERO SERIE

El Especialista en Aduanas encargado de la revision documentaria ingresara al SIGAD los datos consignados en el documento MORDAZA mencionado en el rubro Recepcion de Solicitudes / Cuadro I-P / Opcion: Anadir DUIs. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 3208

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