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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 1999 (11/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 170921 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de marzo de 1999 Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 3226 RESOLUCION JEFATURAL Nº 061-99-JEF/RENIEC Lima, 5 de marzo de 1999 Visto el Memorándum Nº 104-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 27 de enero de 1999; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ha celebrado Contrato de Locación de Servicios con la empre- sa Special Logistic Service S.A., a fin de que esta última destaque personal idóneo, técnica y moralmente, para el cumplimiento de los servicios y procedimientos administra- tivos que presta la entidad; Que, conforme los informes remitidos por la Oficina Regional del Registro X - Lima, el ciudadano Francisco Maldonado Vidaurre se habría apropiado indebidamente de los recaudos por derecho de trámite y multas por omisión a la votación recepcionados directamente de los usuarios, por concepto de derechos registrales, consignados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil; Que, la Gerencia de Control Interno del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil ha efectuado una acción de control que confirma los hechos expuestos y conforme lo dispuesto en el literal f), del Artículo 16º del Decreto Ley Nº 14207, las acciones de control efectuadas por cualquier órgano del sistema tienen calidad de prueba preconstituida; Que, las consideraciones glosadas conllevan a presumir la existencia de indicios razonables de la comisión de delito de apropiación ilícita en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, razón por la cual resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil para que interponga las acciones legales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para en nombre y representación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones lega- les que correspondan contra Francisco Maldonado Vidaurre y contra quien resulte responsable, por presunto delito de apropiación ilícita en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 3227 RESOLUCION JEFATURAL Nº 062-99-JEF/RENIEC Lima, 5 de marzo de 1999 Visto el Memorándum Nº 015-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 20 de enero de 1999;CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del informe del visto se desprende que persona no identificada que dice llamarse Moisés Vidal Gutiérrez Mamani y/o Moisés Vidal Gutiérrez Márquez, ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo; Que, el hecho antes descrito constituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la función pública y contra la fe pública, en la modalidad de falsedad ideológica, previsto y sancionado en el Artículo 428º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra quien resulte responsable; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quien resulte responsable, por presunto delito contra la función pública y la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 3228 RESOLUCION JEFATURAL Nº 063-99-JEF/RENIEC Lima, 5 de marzo de 1999 Visto el Memorándum Nº 023-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 22 de enero de 1999; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del informe del visto se desprende que persona no identificada que dice llamarse Roger Tanaka Ponce y Roger Ramírez Sánchez, ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo; Que, el hecho antes descrito constituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la función pública y contra la fe pública, en la modalidad de falsedad ideológica, previsto y sancionado en el Artículo 428º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra quien resulte responsable; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quien resulte responsable, por presunto delito contra la función pública y la fe pública,