Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 1999 (18/03/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, jueves 18 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 171169

solicito a la Superintendencia de Bienes Nacionales la adjudicacion en venta del terreno de 10 780,00 m2, para ser destinado a un Programa de Vivienda; Que, mediante Oficio Nº 273 H-2/SINGE/10.00, de fecha 17 de junio de 1998, el Servicio de Ingenieria del Ejercito, solicito a la Superintendencia de Bienes Nacionales la afectacion en uso del terreno de 10 780,00 m2, para destinarlo a la construccion de MORDAZA de servicio para el personal militar; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobiliaria fiscal, se aprueban mediante Resolucion Suprema a favor de las reparticiones del Estado, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 67º y siguientes del Decreto Supremo Nº 02578-VC, "Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal", por lo que en el presente caso es procedente atender la correspondiente solicitud; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25554, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 24686, modificado por el Decreto Legislativo Nº 732, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Desafectar el uso del terreno de 10 780,00 m2, ubicado en el distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, afectado a favor del Servicio de Inteligencia Nacional mediante Resolucion Ministerial Nº 337-87-VC-5600, de fecha 21 de MORDAZA de 1987, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Afectar en uso el inmueble del terreno de 10 780,00 m2, ubicado con frente a la Av. Recavarren Nº 1300, altura de la cuadra 7 de la Av. Aramburu, distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, a favor del Ministerio de Defensa, para que sea destinado a la construccion de MORDAZA de servicio para el personal militar, conforme a las normas reglamentarias especiales aprobadas a favor de los Institutos Armados. Articulo 3º.- Declarar improcedente la solicitud de adjudicacion en venta directa del terreno submateria formulada por la Cooperativa de Vivienda Los Jardines de Aramburu Ltda. Articulo 4º.- La presente afectacion en uso queda sujeta a lo dispuesto por el Articulo 72º del Decreto Supremo Nº 02578-VC. Articulo 5º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente resolucion inscribira la desafectacion y afectacion en uso en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y Callao. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RIZO PATRON MORDAZA Ministra de la Presidencia 3655

PESQUERIA
Declaran improcedente solicitud de concesion para desarrollar la actividad de acuicultura
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 009-99-PE/DNA MORDAZA, 15 de marzo de 1999 Visto el escrito con Registros Nºs. CE-280002 y 00328003 de fechas 3 de diciembre de 1998 y 14 de enero de 1999, presentados por MEGA CORPORACION DE COMERCIO EXTERIOR S.A. - MEGAX S.A., mediante el cual solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura. CONSIDERANDO: Que los Articulos 41º, 42º y 44º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y, el Articulo 111º de su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE; establecen que el Ministerio de Pesqueria otorga concesiones a plazo determinado para permitir el desarrollo de la actividad acuicola en terrenos publicos, en fondos o en aguas marinas y continentales; Que por Decreto Supremo Nº 001-98-PE se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, considerandose en el Procedimiento Nº 29 correspondiente a la Direccion Nacional de Acuicultura, el de Concesion para desarrollar la Actividad de Acuicultura, el mismo que ha sido modificado por la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE; Que mediante el expediente del visto, la recurrente solicita se le otorgue concesion para desarrollar la actividad de acuicultura, mediante el cultivo del recurso "concha de abanico" (Argopecten purpuratus), en la MORDAZA denominada MORDAZA MORDAZA, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Estando a lo informado por la Direccion de Maricultura de la Direccion Nacional de Acuicultura, el Oficio Nº 149-99PE/DIREMA de fecha 3 de marzo de 1999 de la Direccion de Medio Ambiente, a traves del cual informa que el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente no ha sido calificado favorablemente y, con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria modificado por la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE del 9 de octubre de 1998, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-98PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de concesion para desarrollar la actividad de acuicultura, mediante el cultivo del recurso "concha de abanico" (Argopecten purpuratus), en la MORDAZA denominada MORDAZA MORDAZA, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de

AVISO

VIERNES 19

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.