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Pág. 171179 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de marzo de 1999 . Dentro del local de la Oficina de Servicios al Contri- buyente de la Oficina Zonal La Victoria, ubicada en la Av. Nicolás Arriola Nºs. 505-507, distrito de La Victoria, provin- cia y departamento de Lima. . La Av. José Pardo Nº 480, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "F" mediante los Informes Nº ASIF "F"-041-99/ OT y Nº ASIF "F"-045-99/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, la Circular SBS Nº CM-184-97; y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la Caja Municipal de Cré- dito Popular de Lima, la apertura de dos oficinas especiales ubicadas en: . Dentro del local de la Oficina de Servicios al Contri- buyente de la Oficina Zonal La Victoria, ubicada en la Av. Nicolás Arriola Nºs. 505-507, distrito de La Victoria, provin- cia y departamento de Lima. . La Av. José Pardo Nº 480, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 3588 Autorizan a instituciones bancarias la apertura de agencias ubicadas en las provincias de Zarumilla y Ayabaca RESOLUCION SBS Nº 0176-99 Lima, 10 de marzo de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Financiero, requi- riendo la autorización de esta Superintendencia para la apertura de una agencia ubicada en la avenida República del Perú Nº 305, distrito de Aguas Verdes, provincia de Zarumi- lla y departamento de Tumbes; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "B" mediante Informe Nº ASIF"B" 032-OT/99; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular Nº B-1996-97; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Financiero, la aper- tura de una agencia ubicada en la avenida República del Perú Nº 305, distrito de Aguas Verdes, provincia de Zaru- milla y departamento de Tumbes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 3582 RESOLUCION SBS Nº 0177-99 Lima, 10 de marzo de 1999EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Financiero, requi- riendo la autorización de esta Superintendencia para la apertura de una agencia ubicada en el local de la Intendencia de Aduana de la Tina, distrito de Suyo, provincia de Ayabaca y departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solici- tada; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "B" mediante Informe Nº ASIF"B" 031-OT/99; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular Nº B-1996-97; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Financiero, la aper- tura de una agencia ubicada en el local de la Intendencia de Aduana de la Tina, distrito de Suyo, provincia de Ayabaca y departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 3583 Disponen uniformizar el tratamiento contable de las operaciones realiza- das en moneda nacional indexadas al tipo de cambio RESOLUCION SBS Nº 0196-99 Lima, 16 de marzo de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, el Artículo 221º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, señala las operaciones que pueden ser realizadas por las empresas del sistema financiero nacional; Que, un registro contable adecuado de dichas opera- ciones permite reflejar la real situación económica y finan- ciera de las empresas supervisadas y promueve la transpa- rencia del sistema financiero; Que, corresponde a esta Superintendencia establecer las normas para un registro contable adecuado de las operacio- nes realizadas por las empresas del sistema financiero, en adelante empresas; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 13 del Artículo 349º de la Ley General, y en virtud de la Resolución SBS Nº 0185-99 del 11 de marzo de 1999; RESUELVE: Artículo Primero.- Uniformizar el tratamiento conta- ble de las operaciones realizadas en moneda nacional indexa- das al tipo de cambio. Artículo Segundo.- Reemplazar el numeral 5 de la parte B del Capítulo I Disposiciones Generales del Plan de Cuentas para Instituciones Financieras, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1256-92 de fecha 23 de octubre de 1992, referido a la utilización del tercer dígito, por el siguiente: "5. Utilización del Tercer Dígito: El sistema de codificación establecido a nivel de cuenta incluye el tercer dígito para ser utilizado como integrador y para diferenciar las operaciones por monedas, reajustables y con ajustes por inflación, teniendo en consideración los códigos siguientes: