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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 1999 (18/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

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Pág. 171174 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de marzo de 1999 Que corresponde a la Presidencia de la Corte, en su calidad de máxima autoridad del Distrito a su cargo, asumir la competencia administrativa y la responsabilidad en el cumplimiento de la mejor organización y funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos que confor- man su Distrito Judicial; Por estas consideraciones, en uso de las facultades contenidas por la Resolución Administrativa Nº 074-CME- PJ de fecha 1 de abril de 1996 y los numerales 3 y 9 del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Primero.- Que el Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Séptimo Juzgados Especializados en lo Laboral remitan al Sexto Juzgado Especializado en la misma materia, debida- mente foliado y previa relación, todos los expedientes regu- lados bajo el Decreto Supremo Nº 03-80-TR que se encuen- tren en trámite (incluye expedientes que se encuentren en la Oficina de Pericias y los que están para sentencias) de acuerdo al siguiente cronograma: 1er. Juzgado Especializado en lo Laboral: El día 19 de marzo. 2do. Juzgado Especializado en lo Laboral: El día 19 de marzo. 3er. Juzgado Especializado en lo Laboral: El día 22 de marzo. 4to. Juzgado Especializado en lo Laboral: El día 22 de marzo. 7mo. Juzgado Especializado en lo Laboral: El día 23 de marzo. Segundo.- El Sexto y Séptimo Juzgados Especializados en lo Laboral remitirán al Quinto Juzgado Especializado toda la carga que se encuentra en estado de ejecución, de acuerdo al siguiente cronograma: 6to. Juzgado Especializado en lo Laboral: El día 22 de marzo. 7mo. Juzgado Especializado en lo Laboral: 23 de marzo. Tercero.- Que el Quinto y Sexto Juzgados reciban en las fechas programadas los expedientes en referencia, au- torizándose a devolver al Juzgado de origen aquéllos que no se encuentren en los referidos estados. Cuarto.- Que la traslación de expedientes igualmente comprende aquellos procesos regulados por el Decreto Su- premo Nº 03-80-TR que a la fecha de esta resolución se encuentren en la Oficina de Pericias; estos expedientes serán remitidos al Quinto o Sexto Juzgados Especializados, según corresponda. Quinto.- El Quinto y Sexto Juzgados Laborales, debe- rán avocarse a agilizar el trámite de los expedientes a su cargo, expidiéndose la correspondiente sentencia así como la ejecución de los mismos, en cumplimiento de sus obliga- ciones, bajo el marco de lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Sexto.- La Presidencia de la Corte será informada semanalmente sobre los avances de la descarga procesal de los juzgados a que se refiere el artículo anterior, a efecto de adoptar las medidas correctivas pertinentes. Esta informa- ción se canalizará a través de la Vocal (p) Superior de la Sala Laboral, doctora Flor Guerrero Roldán, a quien deberá brindársele las facilidades del caso para el cumplimiento de la función asignada, quedando autorizada para ejecutar las medidas complementarias pertinentes. Séptimo.- Disponer que la Oficina de Revisión de Planillas y de Pericias, den prioridad a la atención de los expedientes regulados por el Decreto Supremo Nº 03-80- TR, a efecto de su devolución. Octavo.- Establecer que el Séptimo Juzgado Laboral a partir del 24 de marzo próximo reciba en forma continuada hasta 10 turnos de ingresos de demandas; luego de lo cual nuevamente se volverá a rotar los ingresos de causas, con los demás juzgados que tengan a su cargo el conocimiento de causas reguladas por la Ley Procesal Laboral. Noveno.- Precisar, que conforme a la traslación de expedientes señalados en las consideraciones precedentes, el Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Séptimo Juzgados Especializados en lo Laboral, a partir del 24 de marzo próximo, conocerán las causas reguladas por la Ley Proce- sal Laboral; mientras que el Quinto y Sexto Juzgados Especializados en lo Laboral continuarán avocados al cono- cimiento de las causas reguladas por el Decreto Supremo Nº 03-80-TR. Décimo.- Encargar asimismo a la doctora Flor Guerre- ro Roldán para que en coordinación con la administración de esta Corte, dirija el proceso de redistribución de expe- dientes, e implementación de turnos a que se refieren los artículos precedentes, vigilando que los justiciables tengan permanente información respecto de sus procesos.Décimo Primero.- Poner la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Geren- cia Central de la Reforma, Comisión Distrital de Control de la Magistratura, de la Sala Laboral, de la doctora Flor Guerrero Roldán, Oficina de Administración Distrital, Juzgados Laborales, Juzgados Mixtos y de Paz Letrados del Distrito Judicial, de la Oficina de Pericias y Revisiones de Planillas, Mesa de Partes Unica para Juzgados Labora- les y de la Oficina Distrital de Imagen para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANA MARIA BROMLEY GUERRA Presidenta Corte Superior de Justicia del Callao 3628 Distribuyen carga procesal para el juzgamiento de reos en cárcel entre Salas Penales de la Corte Superior de Justicia del Callao CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 038-99-P-CSJC/PJ Callao, 16 de marzo de 1999 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTO: El Oficio Nº 027-P-99 -2DA. SPC, su fecha 9-3-99, remitido por la Presidencia de la Segunda Sala Penal del Callao; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Administrativa Nº 252-CME- PJ del 12 de noviembre de 1996, la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial facultó a los señores Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país a designar un número de Organos Jurisdiccionales especializados en lo Penal, para que se trasladen a los establecimientos penitenciarios de sus correspondientes Distritos Judiciales; Que mediante Resolución Administrativa Nº 029-97- P-CSJC de fecha 5 de marzo de 1997, se designó a la Segunda Sala Penal, entre los órganos jurisdiccionales que asumirían el conocimiento de los procesos con reos en cárcel, a partir del 12 de marzo y hasta el 11 de julio del indicado año; plazo que se amplió por Resolución Adminis- trativa Nº 80-A-97-P-CSJC/PJ; Que a raíz de la suspensión de actividades del Poder Judicial por vacaciones correspondientes al mes de febrero del año en curso se ha elevado la carga procesal de la Segunda Sala Penal consistente en procesos con reos en cárcel, motivando que las audiencias a realizarse estén programadas hasta el mes de mayo del año en curso; Que siendo preocupación constante de esta Presidencia de Corte, dar pronta solución a los procesos con reos en cárcel, en armonía con la política de reforma judicial im- plantada por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, deben adoptarse las medidas pertinentes para acelerar el juzgamiento de los mismos; Por tales razones y estando a las facultades conferidas en los incisos tres y nueve del Artículo Noventa de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa Nº 074-CME-PJ expedida por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, con fecha 1 de abril de 1996; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Los señores doctores, Carlos Meso- nes Mantilla, William Mallqui Quijano y Elisa Arias Baran- diarán, Vocales Titulares los dos primeros y Vocal Provisional la tercera, integrantes de la Primera Sala Penal del Callao, asumirán hasta su culminación, el juzgamiento de los proce-