Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 1999 (18/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 18 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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13.2 ANEXO Nº 2 Reporte de Servicios Extraordinarios REPORTE DE SERVICIOS EXTRAORDINARIOS Unidad Organica de diligencia: ................................................................ DIA: ITEM 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 ............................................ Personal Autorizado de la Aduana Nota de Recepcion: .................................................................................................................. .................................................................................................................. .................................................................................................................. ............................................ Unidad Organica de Recaudacion o la designada DISTRIBUCION: - Original: Unidad Organica de Recaudacion o la designada. - 1era Copia: interesado. 3614 N° SOLICITUD/A HORA: AL DIA: HORA:

Contando con la visacion de la Direccion Ejecutiva, Oficina General de Asesoria Juridica, la Gerencia de Administracion, y la Subgerencia de Abastecimiento; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Inhabilitar como proveedores del Instituto Nacional de Cultura a las empresas GRAFICA THECNIGRAF e IMPRENTA NUESTRA MORDAZA por las razones expuestas en los considerandos. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional 2975

USUARIO O HORAS OBSERVACIONES DESPACHADOR

INEI
Aprueban Indices Unificados de Precios para las seis areas geograficas correspondientes al mes de febrero de 1999
RESOLUCION JEFATURAL Nº 100-99-INEI MORDAZA, 15 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices Unificados de Precios para la aplicacion de las Formulas Polinomicas de Reajuste Automatico de los elementos que determinen el costo de las obras; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 02-02-99-DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios para las seis (6) Areas Geograficas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de febrero de 1999, y que cuenta con la aprobacion de la Comision Tecnica del INEI; Que, en consecuencia, es necesario aprobar dichos indices, y la publicacion del Boletin Mensual que contiene la informacion oficial de los Indices Unificados de Precios; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios para las seis (6) Areas Geograficas correspondientes al mes de febrero de 1999, que en anexo debidamente autenticado forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los departamentos que comprenden las Areas Geograficas a que se refiere el Art. 1º, son los siguientes: Area 1: Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas y San Martin. Area 2: MORDAZA, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao e Ica. Area 3: MORDAZA, Pasco, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Ucayali. Area 4: MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Area 5: Loreto. Area 6: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de Dios. Articulo 3º.- Los Indices Unificados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construccion, agrupados por elementos similares y/o afines. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fabrica incluyendo los impuestos de ley y sin considerar fletes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Inhabilitan a empresas como proveedores del INC
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 355/INC MORDAZA, 12 de noviembre de 1998 Visto el Informe Nº 011-97-INC/OGCI de la Oficina General de Control Interno; CONSIDERANDO: Que, en la Recomendacion Nº 5 del Informe Nº 011-97INC/OGCI la Oficina General de Control Interno recomienda que por Resolucion Directoral Nacional se inhabilite a los proveedores GRAFICA THECNIGRAF e IMPRENTA NUESTRA MORDAZA por haber cometido irregularidades al pretender cobrar por un servicio no atendido en su totalidad, por querer sorprender con un servicio no requerido y por pertenecer ambos a un mismo propietario; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 74-95-PCM, Art. 1º inciso b), del 4 de enero de 1996, a la primera Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 039-98PCM y el Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura;

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