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Pág. 173198 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de mayo de 1999 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban efectuar contratación del servicio de limpieza pública y recolec- ción de basura mediante procedimien- to de adjudicación directa RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 215-99 La Molina, 31 de marzo de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA VISTO: El Informe Nº 010-MDLM-CE/99 del Comité Especial designado para la segunda convocatoria de la Licitación Pública Nº 001-CE-98, en el cual solicitan se apruebe el procedimiento de Adjudicación Directa para la contratación del servicio de limpieza pública y recolección de basura; CONSIDERANDO: Que, realizado el acto público de la segunda convoca- toria de la Licitación Pública Nº 001-CE-98 para la contra- tación del servicio de limpieza pública y recolección de basura y para el suministro de combustibles, se ha declara- do desierta, por segunda vez, la contratación del servicio de limpieza pública y recolección de basura al haberse presen- tado un solo postor; Que, el inciso f) del Artículo 19º de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado señala que están exonera- dos del requisito de Licitación y Concurso Público las adqui- siciones y contrataciones que se realicen cuando se declare desierto un proceso de selección en dos oportunidades; Que, el inciso c) del Artículo 20º de la mencionada ley establece que las adquisiciones o contrataciones señaladas en el artículo precedente se realizarán mediante el procedi- miento de Adjudicación Directa a que se refiere el último párrafo del Artículo 13º de dicha ley, el que será aprobado mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad; Estando al mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades y en la Ley Nº 26850; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR se realice mediante el procedimiento de adjudicación directa la contratación del servicio de limpieza pública y recolección de basura, por las razones expuestas en los considerandos. Artículo Segundo.- EFECTUAR las publicaciones de ley a que se refiere el último párrafo del Artículo 20º de la Ley Nº 26850. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Logís- tica la elaboración de los términos de referencia, los que se constituirán en las bases del presente proceso. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 6295 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Amplían plazo para el Registro de Esta- blecimientos Comerciales, Industria- les y de Servicios dispuesto por el D.A. Nº 002-99-MDLV DECRETO Nº 003-99-MDLV La Victoria, 4 de mayo de 1999EL ALCALDE DISTRITAL DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-99-MDLV, de fecha 28 de enero de 1999, se autorizó a la Dirección de Comercialización y Promoción del Desarrollo Económico, para iniciar el Registro de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios, que realizan actividades en la jurisdicción del distrito; Que, en el citado dispositivo se establece que el Registro de los Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios, debe realizarse obligatoriamente en un plazo no mayor a sesenta (60) días; Que, actualmente se ha visto necesario ampliar el plazo a que se refiere el Decreto de Alcaldía Nº 002-99-MDLV, así mismo se requiere que el registro de establecimientos continúe de manera sectorizada, a fin de actualizar de manera oportuna la base de datos de los locales comerciales, industriales y de servicios que operan en el distrito; Estando a lo expuesto, de conformidad a la Ordenanza Nº 014-99-MDLV y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 23853; SE DECRETA: Artículo Primero.- Prorróguese por 60 días, el plazo del Registro de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios dispuesto por Decreto de Alcaldía Nº 02-99- MDLV, dicho registro se realizará de manera sectorizada de acuerdo a cronograma que establezca la Dirección de Co- mercialización y Promoción del Desarrollo Económico. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Dirección de Comercialización y Pro- moción del Desarrollo Económico. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 6337 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Modifican el Acuerdo Nº 003-99/CM ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-99/CM-MPH-M Matucana, 31 de marzo de 1999 EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUAROCHIRI CONSIDERANDO: Que, por error se consignó 2.25% en el Art. 2º del Acuerdo Nº 003-99/CM, y fue publicado el 31-3-99 en el Diario Oficial El Peruano, en vez de 225% que es lo aprobado; Que, el D.S. Nº 02-94-JUS, establece que toda autoridad del Estado que advierta un error u omisión en el procedi- miento deberá encausarlo de oficio o a pedido de parte; De conformidad con la Ley Nº 23853; la Ley Nº 26889; el D.S. Nº 02-94-JUS, Art. 96º; con dispensa de lectura del Acta y por unanimidad el Concejo Municipal; ACORDO: Artículo Primero.- MODIFIQUESE el Art. 2º del Acuerdo Nº 003-99/CM, en el que deberá decir 225%, publi- cándose en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.- COMPRENDASE para efectos de las dietas de Regidores y remuneración del Alcalde su aplicación desde el 1 de enero de 1999. Regístrese, publíquese y cúmplase. VICTOR PALOMINO CHINCHAY Alcalde 6294