Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 1999 (15/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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Quinta.- La garantia hipotecaria constituida en la clausula tercera tiene el caracter de indivisible y respaldara, adicionalmente a la deuda tributaria a garantizar o parte de esta, los intereses derivados del aplazamiento y/o fraccionamiento, asi como los intereses moratorios que pudieran devengarse, las costas y los gastos eventuales en caso de remate. Sexta.- Para la verificacion del estado del bien otorgado en garantia, "LA SUNAT", en cualquier momento podra inspeccionar el bien hipotecado, para lo cual "EL DEUDOR TRIBUTARIO" brindara las facilidades requeridas y asumira los gastos que ello origine. Setima.- "EL DEUDOR TRIBUTARIO" estara obligado a comunicar a "LA SUNAT" el deterioro, remate o la perdida del bien otorgado en garantia. En caso que el bien otorgado en hipoteca en virtud del presente contrato, sea rematado, se pierda, o deteriore de modo que resulte insuficiente para cubrir la deuda a garantizar, o parte de esta cuando concurra con otra u otras garantias, "EL DEUDOR TRIBUTARIO" debera otorgar una nueva garantia, de conformidad con lo establecido en el inciso d) del Articulo 19º del reglamento. "EL DEUDOR TRIBUTARIO" debera comunicar los hechos a que se refiere el parrafo anterior en un plazo de 5 dias de ocurridos, debiendo cumplir con la MORDAZA de la documentacion sustentatoria de la nueva garantia a otorgar en los plazos que "LA SUNAT" le senale, considerandose para su formalizacion lo dispuesto en el Articulo 21º del reglamento. En caso contrario, se perdera el aplazamiento y/o fraccionamiento, de conformidad con el inciso d) del Articulo 26º del reglamento, aplicandose lo establecido en el Articulo 27º del reglamento. En caso "LA SUNAT" MORDAZA conocimiento de los hechos a que se refiere el primer parrafo de la presente clausula, y sin que medie la comunicacion mencionada en el parrafo anterior, notificara a "EL DEUDOR TRIBUTARIO" para que cumpla con presentar la documentacion sustentatoria de la nueva garantia a otorgar dentro del plazo fijado, en caso contrario, se perdera el aplazamiento y/o fraccionamiento de conformidad con el inciso d) del Articulo 26º del reglamento, aplicandose lo establecido en el Articulo 27º de la misma norma. Octava.- "LA SUNAT" procedera a la ejecucion inmediata de la hipoteca en los casos de perdida del aplazamiento y/o fraccionamiento, segun lo dispuesto en el Articulo 27º del reglamento, lo pactado en el presente contrato y lo establecido en el numeral 4 del Articulo 116º del Codigo. Para tal efecto se observaran las siguientes reglas: a) La ejecucion de la garantia estara a cargo del Ejecutor Coactivo y su correspondiente Auxiliar Coactivo. b) El valor de la tasacion del inmueble para efectos del remate asciende a la suma de S/. .................... (....... ...... Nuevos Soles), que es aquel presentado por "EL DEUDOR TRIBUTARIO" en cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 2 del inciso b) del Articulo 19º del reglamento. Sin embargo, el Ejecutor Coactivo podra ordenar una nueva tasacion si considera que el valor establecido en el parrafo anterior se encuentra desactualizado. c) MORDAZA de proceder a la ejecucion del bien, el Ejecutor Coactivo notificara a " EL DEUDOR TRIBUTARIO" con la finalidad de que cumpla, dentro de un plazo de tres dias y bajo apercibimiento de iniciarse la ejecucion forzada, con cancelar la deuda pendiente de pago, mas los intereses y gastos en que hubiera incurrido "LA SUNAT". d) Cualquier accion que pudiera iniciar "EL DEUDOR TRIBUTARIO", tendiente a invalidar la ejecucion del bien (incluyendo la accion de contradiccion), no suspendera el MORDAZA de ejecucion, el mismo que continuara, consignandose el producto del remate a la orden del Ejecutor Coactivo hasta la conclusion de la accion iniciada. e) El Ejecutor Coactivo convocara a remate fijando dia, hora y lugar. f) La convocatoria a remate sera MORDAZA por el Ejecutor Coactivo durante cuatro (4) dias calendario, en la primera convocatoria, y dos (2) dias calendario en las siguientes, en el diario encargado de la publicacion de los avisos judiciales del lugar del remate o en uno de mayor circulacion, ya sea local o nacional, asi como mediante la colocacion de carteles en el local del remate (Intendencia u Oficina Zonal) o en el inmueble a rematar. g) Si el saldo de precio del remate no fuere depositado por el adjudicatario dentro del plazo establecido en el numeral 9) del Articulo 26º del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, el Ejecutor Coactivo declarara la nulidad del mismo y convocara a uno nuevo. En este caso, el adjudicatario perdera la suma depositada, la que servira para cubrir los gastos del remate frustrado y sera impedido

de participar como postor en otros remates que convoque "LA SUNAT". h) Los gastos derivados de la ejecucion seran reembolsados por "EL DEUDOR TRIBUTARIO" o en su defecto deducidos del producto del remate. i) En todo lo no previsto en el presente contrato, seran de aplicacion las normas contenidas en los Articulos 24º, 25º, 26º, 27º y demas pertinentes del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 016-97/SUNAT; adicionalmente, seran de aplicacion supletoria las normas del Codigo Procesal Civil. j) Si luego de efectuado el remate quedara un saldo deudor, este constituira deuda exigible sujeta al procedimiento de cobranza coactiva. Sin embargo, queda expresamente establecido, que "EL DEUDOR TRIBUTARIO" podra evitar la ejecucion del bien hipotecado, cancelando a "LA SUNAT" el saldo pendiente de pago de la deuda tributaria materia de aplazamiento y/ o fraccionamiento garantizada, incluyendo tanto los intereses correspondientes como los gastos en que hubiera incurrido "LA SUNAT" como consecuencia del incumplimiento por parte de "EL DEUDOR TRIBUTARIO". Novena.- "LA SUNAT" se compromete a otorgar la minuta de levantamiento de hipoteca cuando se MORDAZA cancelado todas las obligaciones derivadas del aplazamiento y/ o fraccionamiento, o luego de haberse efectuado el remate del bien hipotecado. Decima.- Todos los gastos que origine el presente contrato, tales como Escritura Publica y derechos de inscripcion en Registros Publicos son de cargo de "EL DEUDOR TRIBUTARIO". Decima Primera.- En todo aquello que no estuviera expresamente previsto en el presente documento seran de aplicacion, en lo que fuera pertinente, las normas de la Seccion Cuarta del Libro V del Codigo Civil. Decima Segunda.- Para efectos del presente contrato, MORDAZA partes contratantes acuerdan someterse a la jurisdiccion de los Jueces y Tribunales de MORDAZA (o de la sede de la Intendencia u Oficina Zonal correspondiente) en caso se susciten discrepancias entre las mismas. Agregue usted Sr. Notario, las clausulas de ley, los insertos correspondientes y cumpla con remitir los partes correspondientes al Registro de la Propiedad Inmueble para su debida inscripcion. Suscrito en ................., a los .......del mes de.. de 199...... EL DEUDOR TRIBUTARIO ANEXO B CONTRATO DE HIPOTECA DE BIEN DE TERCERO SENOR NOTARIO: Sirvase usted extender en su Registro de Escrituras Publicas, una de Constitucion de Hipoteca que otorga el Sr.(a)... (o la Empresa ... consignar razon social), en ... . adelante, "EL PROPIETARIO", identificado (a) con Libreta Electoral Nº......... (si es persona natural), RUC Nº....... y senalando domicilio en ............, (si es persona juridica consignar datos de inscripcion de la persona juridica y nombre, cargo y datos de inscripcion del poder del representante legal), en favor de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA en adelante "LA SUNAT", debidamente representada por su Intendente...................(o Jefe de Oficina Zonal), Sr. (a) ....................., identificado (a) con Libreta Electoral Nº ..................., con domicilio en ..............., designado mediante Resolucion .......y autorizado por la Resolucion de Superintendencia Nº 062-97/SUNAT, para garantizar la deuda tributaria del Sr.................................en adelante "EL DEUDOR TRIBUTARIO" identificado con Libreta Electoral Nº......... (si es persona natural), RUC Nº .............. y senalando domicilio en ......................., (si es persona juridica consignar datos de inscripcion de la misma y nombre, cargo y datos de inscripcion del poder del representante legal) en los terminos y condiciones establecidos en las clausulas siguientes: Primera.- "EL DEUDOR TRIBUTARIO" mediante Expediente Nº ......., de fecha ........, solicito a "LA SUNAT" un aplazamiento y/o fraccionamiento de deuda tributaria, se LA SUNAT

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